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Haciendo Justicia - Acceso al sistema

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216 • !VETTE ROSSANA VALLEJO REAL<br />

Pese a los cambios socioeconómicos que han generado mayor acceso<br />

<strong>al</strong> manejo y administración de recursos por parte de las mujeres,<br />

subsisten relaciones de poder jerarquizadas que regulan su comportamiento<br />

sexu<strong>al</strong>-reproductivo, que limitan su participación dentro de<br />

ámbitos organizativos a través de c<strong>al</strong>umnias y chismes y limitan roles<br />

de mayor movilidad como el acceso a la participación y toma de decisiones<br />

en espacios públicos, u ocupar cargos, entre otras cosas.<br />

Las normatividades de género según se observa, regulan comportamientos,<br />

destinan espacios de competencia, roles y son reproducidas<br />

tanto en los grupos domésticos, como en el <strong>sistema</strong> de cargos, en la organización<br />

comunitaria y en la impartición de justicia a nivel loc<strong>al</strong>. En<br />

este último aspecto, las demandas revelan conflictos genéricos, los argumentos<br />

vertidos en careos hacen <strong>al</strong>usión a la estructura de las diferencias<br />

de género y en la intervención de los mediadores se enuncian<br />

preceptos y normas cultur<strong>al</strong>es que la reproducen.<br />

REFERENTES RECURRENTES EN TORNO<br />

AL SISTEMA SEXO-GÉNERO EN LA<br />

JURISDICCIÓN INDÍGENA LOCAL<br />

En las demandas planteadas sobre las mujeres, donde ellas no son sujeto<br />

activo sino que intervienen como involucradas o <strong>al</strong>udidas, se observa<br />

que se ejerce control hacia ellas por parte de sus grupos domésticos<br />

de origen. Así, es en el caso de demandas en torno a <strong>al</strong>ianzas matrimoni<strong>al</strong>es,<br />

como aquellas en las que se denuncia rapto o fuga y aquellas demandas<br />

de ruptura de <strong>al</strong>ianzas matrimoni<strong>al</strong>es donde el intercambio<br />

de la mujer entre dos grupos domésticos se ubica en el centro de litigio.<br />

Los litigantes en estos casos acuden a la instancia loc<strong>al</strong>, pero también<br />

hacen uso de la instancia municip<strong>al</strong>; es decir, que el recurso de la ínterleg<strong>al</strong>idad<br />

en estos casos es visible.<br />

La fuga de la mujer entre los nahuas, su unión libre sin mediar compromisos<br />

entre los dos grupos familiares significa para ella quedar en m<strong>al</strong><br />

crédito soci<strong>al</strong>. En estos casos son los padres o familiares de la novia quienes<br />

formulan la demanda, mientras la mujer en cuestión sólo interviene<br />

para responder preguntas.<br />

En demandas de adulterio donde la mujer es demandada, ella es vista<br />

como transgresora. En estos casos los hombres trasladan conflictos<br />

del ámbito privado a espacios públicos como el Juzgado de Paz y la pre-

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