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Haciendo Justicia - Acceso al sistema

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198 • lVETTE ROSSANA VALLEJO REAL<br />

sibles atenuantes y dar plazos para la compensación de los daños. Las autoridades<br />

loc<strong>al</strong>es son consideradas flexibles; ya diferencia de las autoridades<br />

municip<strong>al</strong>es, dirimen los conflictos según lo que se conoce loc<strong>al</strong>mente<br />

sobre el comportamiento de los litigantes en la comunidad.<br />

En la mayoría de las demandas se "arregla" el daño con el pago de la<br />

curación de lesiones, pago o devolución de lo robado, adquisición de compromisos<br />

de respeto y cumplimiento de roles. En otras, los litigantes<br />

olvidan el problema y se termina con un llamado de atención con la condición<br />

de que a futuro no reincidan, ya que la autoridad actuará con mayor<br />

rigor, turnando el caso a la instancia municip<strong>al</strong>.<br />

Una función princip<strong>al</strong> del juez de paz y del agente sub<strong>al</strong>terno es<br />

la de dar consejos que se encaminan hacia la actu<strong>al</strong>ización de las formas<br />

de respeto. En la terminología náhuat la f<strong>al</strong>ta de respeto es denominada<br />

tajtakol, que es a la vez f<strong>al</strong>ta, daño o pecado. En los consejos<br />

que enuncian las autoridades se hace una continua <strong>al</strong>usión a la<br />

importancia del comportamiento respetuoso en los modelos normativos<br />

nahuas. Se habla del respeto entre vecinos y colindantes, de no<br />

ofenderse, ni ocasionar daños. F<strong>al</strong>tar <strong>al</strong> respeto, en cambio, implica<br />

burlarse de los demás y ocasionar perjurios contra personas, terrenos<br />

o bienes.<br />

En el siguiente fragmento se puede visu<strong>al</strong>izar el sentido que se tienen<br />

de las f<strong>al</strong>tas en la perspectiva consuetudinaria indígena nahuas:<br />

F<strong>al</strong>tas de respeto por ejemplo... si yo soy un vecino y llega un<br />

puerquito de otra persona, yo veo que está escarbando una planta,<br />

agarro una piedra y le doy... eso es pecado, una f<strong>al</strong>ta... aunque<br />

me está haciendo un daño, pero no tengo que darle una pedrada,<br />

simplemente lo que tengo que hacer yo... vaya ver <strong>al</strong> dueño y<br />

que evite ese daño... si dos o tres veces no toma en cuenta, va a la<br />

autoridad. Otra es si mi vecino toma o yo tomo y le estoy ofendiendo,<br />

es una f<strong>al</strong>ta de respeto, o le quito <strong>al</strong>guna cosa o le estoy<br />

moviendo los linderos... le estoy molestando... , pues hay muchas cosas<br />

que entre vecinos puede ocasionar problemas, también pues viene<br />

siendo toda f<strong>al</strong>ta de respeto, en cuanto por ejemplo si yo le paso<br />

<strong>al</strong>guna persona sentada o parada <strong>al</strong>lí le hago burla también es una<br />

f<strong>al</strong>ta de respeto."<br />

11 Entrevista a juez de Pinahuista. Fecha: 2 de diciembre de 1998. Lugar: Pinahuista.

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