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Haciendo Justicia - Acceso al sistema

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INTERLEGALIDAD. JUSTICL~ y DERECHOS' 167<br />

que revela un aspecto centr<strong>al</strong> de la hegemonía del orden jurídico estat<strong>al</strong>.<br />

También terminan en esos niveles demandas judici<strong>al</strong>es que los litigantes<br />

están decididos a llevar adelante, aun sin tener la garantía de que<br />

se aplique la ley. Muchos otros casos se quedan a nivel del municipio,<br />

una cantidad importante si consideramos la diversidad de actividades<br />

que se dirimen en las instancias municip<strong>al</strong>es. Asimismo, terminan en<br />

las instancias municip<strong>al</strong>es muchos otros asuntos que no tuvieron resolución<br />

a nivel loc<strong>al</strong>, en las comunidades. Puede afirmarse que prev<strong>al</strong>ece<br />

un continum en los pleitos que los indígenas dirimen ante las diferentes<br />

autoridades definido por la gravedad del caso, por la posibilidad de<br />

integrar los elementos para exigir su formulación leg<strong>al</strong>, pero también<br />

por el interés y los recursos que tengan los usuarios de acceder o no a<br />

las instancias judici<strong>al</strong>es estat<strong>al</strong>es. No obstante las instancias de la justicia<br />

indígena siguen siendo las más recurridas por los vecinos de las comunidades<br />

según lo muestran los registros revisados en los distintos<br />

juzgados. La interleg<strong>al</strong>idad se construye en torno a los asuntos que se<br />

disputan y será mayor o menor el peso de la ley o la costumbre involucrada<br />

en su resolución, según el nivel leg<strong>al</strong> donde los casos son atendidos.<br />

Encontramos una dimensión más que revela la interleg<strong>al</strong>idad en el<br />

espacio mismo de las jurisdicciones indígenas, referida a la mutua constitución<br />

de leg<strong>al</strong>idades cuando el lenguaje leg<strong>al</strong> entra a formar parte del<br />

repertorio jurídico de las comunidades y los términos son incorporados<br />

a los referentes cultur<strong>al</strong>es de negociación, incidiendo en las costumbres<br />

e introduciendo nuevos significados que pueden implicar su modificación<br />

o redefinición. En este sentido identificamos cinco mod<strong>al</strong>idades a<br />

través de las cu<strong>al</strong>es se expresa la interleg<strong>al</strong>idad en el espacio mismo de<br />

las comunidades, las cu<strong>al</strong>es hemos reconstruido en comunidades nahuas<br />

de Huauchinango (Sierra, ms.) y que se adecuan también a la re<strong>al</strong>idad<br />

de otras regiones indígenas como es el caso de las comunidades<br />

nahuas de la región de Zacapoaxtla y Cuetz<strong>al</strong>an: La ley como referente<br />

simbólico, la ley como amenaza, la ley como resistencia, la resistencia a la<br />

ley, y la imposición de la ley. Corresponden efectivamente a mod<strong>al</strong>idades<br />

de la leg<strong>al</strong>idad a partir de las cu<strong>al</strong>es observar los procesos de mutua<br />

constitución entre la ley y las costumbres.<br />

1. La ley como amenaza: la referencia a la ley como amenaza de llevar<br />

los casos a las instancias del Estado, fuera de la jurisdicción loc<strong>al</strong>, resulta<br />

ser un mecanismo eficaz utilizado por las autoridades y los mismos vecinos<br />

de los pueblos para presionar a una solución negociada de los conflic-

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