Haciendo Justicia - Acceso al sistema
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132 • MARÍA TERESA SIERRA dígenas para cumplir con lo que se les pide, el discurso oficial constituye una referencia que va dejando huella en el discurso de los representantes indígenas. De ahí que jueces y agentes subalternos suelan tener cuidado de cumplir con formalidades legales al enviar oficios o pases a las autoridades judiciales superiores, recurran a discursos basados en la ley para fundamentar decisiones, o simplemente decidan pasar los asuntos a las autoridades superiores para evitar cuestionamientos a sus decisiones, lo que obviamente va en detrimento de su autoridad. Es de notar un fuerte tejido de relaciones entre las instancias judiciales así como la hegemonía de la ley que se impone como el referente de los asuntos que llegan a las instancias estatales. El modelo hegemónico de la legalidad estatal, las normas, la oficialidad, exigencia de escritos, certificaciones, y pruebas han calado de manera profunda en las dinámicas jurídicas de las comunidades, dando cuenta de una de las modalidades en que toma cuerpo la interlegalidad en la región. No obstante, dicho modelo no ha impedido la reproducción de otros referentes de legalidad, basados más en procedimientos y normatividades indígenas. De tal manera aunque las comunidades nahuas se encuentran insertas en el campo jurídico del estado, generan a su vez sus propios campos legales, donde construyen y dinamizan los asuntos jurídicos poniendo en juego sus modelos culturales al mismo tiempo que procesan desde ellos la legalidad estatal; se trata en efecto de campos legales semiautónomos, de acuerdo con la definición de Moore (1973) cuyos límites son definidos desde las matricesjurídicas del Estado, a las cuales se encuentran subordinadas, sin diluirse en ellas. Se construyen de esta manera espacios de subalternidad en donde los nahuas de las comunidades generan y construyen sus propias estrategias jurídicas y formas de mediación, incorporando en ellas referentes normativos diferenciados que remiten a la ley como a las costumbres. En estos espacios semiautónomos cobran vida los sistemas normativos y las jurisdicciones indígenas. ASUNTOS y COMPETENCIAS EN LAS DISTINTAS INSTANCIAS JURÍDICAS Para ofrecer una visión de conjunto de la justicia que afrontan los nahuas de Cuetzalan, realizamos una revisión detallada de expedientes y procesos judiciales en los distintos niveles legales de la región (distrital, municipal, comunitario), así como un seguimiento de casos en pro-
INTERLEGALIDAD, JUSTICIA YDERECHOS' 133 fundidad. Conseguimos estar presentes en diferentes momentos del proceso judicial y atender el desarrollo de careos y conciliaciones. Contamos, asimismo, con observaciones etnográficas en los diferentes espacios y con entrevistas realizadas a los actores involucrados en los procesos y disputas. Nos interesó destacar en estas revisiones la recurrencia de los asuntos que involucran a miembros de las comunidades, los conflictos y relaciones sociales involucradas en las disputas, así como aspectos que pudieran ilustrarnos sobre el conflicto cultural y legal presente en las diligencias judiciales. Un aspecto clave de nuestras indagaciones fueron los casos que implicaban a mujeres indígenas en los distintos niveles legales. Una revisión general de los datos permite constatar que los nahuas de la Sierra se ven continuamente involucrados en asuntos con implicaciones judiciales, muchos de los cuales salen de las jurisdicciones indígenas y terminan ante las autoridades judiciales del Estado, incluso en sus niveles superiores, en los tribunales de circuito, sujetos por tanto a la legalidad positiva oficial. Acceder a la justicia estatal no garantiza la aplicación de la ley ni necesariamente la solución de las controversias, más bien se confirma la serie de obstáculos que confrontan los indígenas en su paso por la ley, sobre todo en los niveles superiores del Distrito Judicial. Dominan aquí formas autoritarias, discriminatorias y verticales de ejercer la justicia justificadas en una visión monolítica y de aparente neutralidad de la ley, a la que deben someterse los nahuas de la Sierra, en su calidad de simples ciudadanos desprovistos de recursos, apoyos y competencias legales mínimas y con un dominio limitado del español (Sierra, 1999).20 Además de su condición de clase, su condición étnica los sitúa en una desventaja estructural lo que agudiza que se vea a las instancias legales como un laberinto inexpugnable e incomprensible. A pesar de todo sorprende el número importante de casos que cada día se tramitan desde las comunidades, lo que significa que aun bajo dichas condiciones la ley abre ciertas opciones para disputar derechos o al menos para obtener ciertos beneficios. Con el fin de dar cuenta de constantes y particularidades de los asuntos que llegan a las distintas instancias regionales y locales, presento a continuación una sistematización de casos judiciales de acuerdo con los tres principales niveles legales investigados. 20 Hunt y Hunt (1969) han descrito situaciones similares de discriminación que sufren indígenas zapotecos en Oaxaca.
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a las autoridades superiores para evitar cuestionamientos a sus decisiones,<br />
lo que obviamente va en detrimento de su autoridad.<br />
Es de notar un fuerte tejido de relaciones entre las instancias judici<strong>al</strong>es<br />
así como la hegemonía de la ley que se impone como el referente de<br />
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que toma cuerpo la interleg<strong>al</strong>idad en la región. No obstante, dicho modelo<br />
no ha impedido la reproducción de otros referentes de leg<strong>al</strong>idad, basados<br />
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construyen y dinamizan los asuntos jurídicos poniendo en juego sus<br />
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diluirse en ellas. Se construyen de esta manera espacios de sub<strong>al</strong>ternidad<br />
en donde los nahuas de las comunidades generan y construyen sus propias<br />
estrategias jurídicas y formas de mediación, incorporando en ellas<br />
referentes normativos diferenciados que remiten a la ley como a las costumbres.<br />
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