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CARTA DEL MUNUNDLA - Munudla

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CAPÍTULO I: <strong>DEL</strong> MUNUDLA<br />

Artículo 1<br />

<strong>CARTA</strong> <strong>DEL</strong> <strong>MUNUNDLA</strong><br />

El MUNUDLA es un espacio en el cual se simulan los principales órganos del Sistema de<br />

Naciones Unidas. Este evento es realizado por la Escuela de Ciencias Políticas y Relaciones<br />

Internacionales y el Club de ONU, Oratoria y Debate de la Universidad de las Américas.<br />

Artículo 2<br />

Los propósitos del MUNUDLA son los siguientes:<br />

1. Proporcionar a cada uno de los participantes las herramientas necesarias para adquirir los<br />

conocimientos fundamentales sobre la realidad internacional y los procesos influyentes en<br />

la toma de decisiones internacionales; así como desarrollar sus destrezas diplomáticas.<br />

2. Establecer un espacio de discusión de temas de coyuntura actual en el ámbito<br />

internacional, impulsando así, el desarrollo de estrategias argumentativas, negociaciones y<br />

principalmente la búsqueda de soluciones a conflictos mediante el procedimiento aplicado<br />

por la ONU.<br />

CAPÍTULO II<br />

DE LOS ÓRGANISMOS CONSTITUYENTES<br />

Artículo 3<br />

De los Órganos principales:<br />

1. Se establecen como órganos principales del MUNUDLA la Asamblea General, el Comité<br />

Económico Social, el Consejo de Seguridad, la Corte Internacional de Justicia y la<br />

Secretaría General.<br />

2. Se podrá establecer cualquier Órgano adicional que el Club de ONU, Oratoria y Debate<br />

de Naciones Unidas de la Universidad de las Américas estime necesario.<br />

1


Artículo 4<br />

De la Secretaría General:<br />

1. La Secretaría General será la última instancia de decisión dentro del Modelo; interpretará<br />

este Reglamento y decidirá sobre los asuntos que no estén previstos en el mismo. Será<br />

también la máxima instancia de apelación.<br />

2. La Secretaría General velará por este Reglamento, el cual cumplirá y hará cumplir.<br />

Impondrá las medidas disciplinarias correspondientes en el caso de incumplimiento de las<br />

normas de comportamiento.<br />

3. Son atribuciones del Secretario General:<br />

a. Declarar oficialmente inaugurado y clausurado el Modelo;<br />

b. Facilitar las negociaciones entre los representantes y colaborar con ellos;<br />

c. Formular declaraciones orales o escritas a los diferentes Órganos en caso de ser<br />

necesario;<br />

d. Informar a los diferentes Órganos sobre las cuestiones que se estuviesen tratando en cada<br />

uno de ellos; y<br />

e. Permitir el ingreso de observadores especiales a las diferentes instancias del<br />

MUNUDLA, bajo la autorización a los miembros de Seguridad y Protocolo.<br />

Artículo 5<br />

De los Órganos principales y subsidiarios:<br />

1. La máxima autoridad de cada Órgano será la Mesa Directiva, la misma estará<br />

conformada por los siguientes miembros:<br />

a. Presidentes; y<br />

b. Asesor(a) -de considerarse necesario-<br />

2. Adicionalmente, serán parte del Órgano:<br />

a. Delegados del Comité Logístico (Protocolo y Seguridad); y<br />

b. Delegados de Prensa<br />

2


3. Son atribuciones de la Presidencia y Presidencia Ad-hoc:<br />

a. Declarar la apertura y clausura de cada sesión;<br />

b. Abrir y cerrar la Lista de Oradores;<br />

c. Revisar y aprobar los Anteproyectos de Resolución previo a su tratamiento;<br />

d. Asegurar el cumplimiento del Reglamento y de las Reglas de Procedimiento;<br />

e. Coordinar el derecho a la palabra de quienes lo soliciten, teniendo en cuenta la diversidad<br />

ideológica y regional de los países, así como el enriquecimiento del debate;<br />

f. Decidir el orden en el que se tratarán los Anteproyectos de Resolución;<br />

g. Decidir la suspensión o prórroga de una sesión;<br />

h. Dirigir la votación de los Anteproyectos de Resolución y Enmiendas;<br />

i. Elaborar un informe del trabajo del Órgano;<br />

j. Limitar el servicio de mensajería cuando lo considere necesario;<br />

k. Limitar el tiempo de palabra de los oradores;<br />

l. Moderar el debate;<br />

m. Otorgar Derechos a Réplica;<br />

n. Penalizar imponiendo sanciones, en casos de incumplimiento de las normas de conducta<br />

y de procedimiento;<br />

o. Realizar preguntas, anunciar decisiones, y colaborar activamente en la realización de los<br />

documentos de las comisiones;<br />

p. Resolver inconvenientes que se presentasen entre Delegaciones;<br />

q. Revisar las Posiciones Oficiales e informar a la sala sobre las mismas en caso de ser<br />

requerido;<br />

r. Suspender total o parcialmente los Puntos y las Mociones de Procedimiento;<br />

s. Facilitar el trabajo de los Delegados del Comité Logístico y Prensa; y<br />

t. En caso de que no existiese un Asesor en el Órgano, la Presidencia asumirá las<br />

atribuciones descritas en el artículo 5 numeral 3.<br />

4. Son atribuciones y funciones del Asesor(a):<br />

a. Efectuar el conteo de votos cuando sea necesario;<br />

b. Controlar el uso adecuado del tiempo por parte de los Delegados;<br />

c. Coordinar la entrega y retiro de las placas de cada Delegación;<br />

d. Leer a la sala el Orden del día;<br />

e. Mantener un registro activo de la Lista de Oradores;<br />

g. Mantener un registro activo de las actividades llevadas a cabo en el Órgano; y<br />

h. Tomar lista a las diferentes Delegaciones participantes.<br />

3


5. Son atribuciones y funciones de los Delegados del Comité Logístico (Protocolo y<br />

Seguridad):<br />

a. Servicio de mensajería;<br />

b. Atención al delegado con la autorización de la Mesa Directiva;<br />

c. Controlar el uso adecuado de los dispositivos electrónicos e Internet;<br />

d. Llamar la atención personalmente a los delegados que la Mesa Directiva crea que están<br />

violando las normas de comportamiento;<br />

e. Informar a Presidencia en caso de que existiese una violación a las normas de<br />

comportamiento;<br />

f. Escoltar las salidas de delegados a sesiones privadas; y<br />

g. Controlar el orden de la sala al momento de efectuarse un caucus simple.<br />

6. Cada Órgano tendrá observadores quienes podrán presenciar las sesiones de trabajo, más<br />

se abstendrán de participar en el debate. Deberán ajustarse a las normas de comportamiento<br />

establecidas para los Delegados y quedarán limitados de estos derechos salvo decisión<br />

expresa de la Mesa Directiva o la Secretaría General del Modelo. Constituirán un<br />

organismo consultivo para el Secretario General y la Mesa Directiva.<br />

Capítulo III<br />

DE LOS PARTICIPANTES Y LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO<br />

Artículo 6<br />

De los delegados y delegaciones:<br />

1. Los delegados que en conjunto representen a un Estado Miembro de la Organización de<br />

Naciones Unidas serán reconocidos como una Delegación. Cada Delegación deberá tener<br />

un representante o Embajador elegido como se considere pertinente, el cual responderá por<br />

la misma.<br />

2. No estará permitido referirse a la Delegación que se representa en primera persona.<br />

Podrá utilizarse indistintamente la denominación “Estado Miembro”, “Representación” o<br />

“Delegación”. Los integrantes de las mismas serán llamados indistintamente “Delegados” ó<br />

“Representantes”.<br />

3. Podrán participar además como Delegaciones, conforme el Club de ONU, Oratoria y<br />

Debate de la Universidad de las Américas y el Secretario General consideren,<br />

representantes de Estados o entidades que no sean miembros plenos de Naciones Unidas.<br />

4


Artículo 7<br />

De las normas de comportamiento:<br />

1. El vestuario para ingresar en los diferentes comités deberá ser formal. Los hombres<br />

usarán traje y/o pantalón de vestir y camisa con mangas largas. Las mujeres llevarán<br />

vestido, falda o pantalón de vestir.<br />

2. Será decisión del Comité Organizador del MUNUDLA el denegar el ingreso de un<br />

delegado a una sesión de trabajo por considerar su vestuario inadecuado.<br />

3. Todos los participantes deberán portar permanentemente su credencial en un lugar<br />

visible.<br />

4. Durante el desarrollo de las actividades del Modelo el trato de los Delegados entre sí, con<br />

los miembros de la Secretaría General y con la Mesa Directiva será estrictamente formal y<br />

respetuoso. Los observadores u otros invitados también deberán respetar la formalidad en el<br />

diálogo con las autoridades del Modelo.<br />

5. Quedará prohibida la comunicación directa entre las distintas Delegaciones durante las<br />

sesiones formales. Podrán entregarse mensajes escritos a través de los Delegados de<br />

Protocolo, mientras la Mesa Directiva lo permita.<br />

6. Los Delegados no abandonarán las instalaciones durante las sesiones de trabajo. En caso<br />

de necesidad, el Delegado podrá retirarse momentáneamente informando el motivo de su<br />

salida a la Mesa Directiva. Al abandonar la sala el delegado deberá dejar su placa bajo la<br />

custodia de uno de los Presidentes o Asesor(a), quien lo devolverá a su regreso.<br />

7. Los horarios establecidos en el cronograma del MUNUDLA deberán respetarse<br />

estrictamente.<br />

8. El uso de computadoras portátiles está permitido como herramienta de investigación y de<br />

almacenamiento de información. Quedará estrictamente prohibido el uso de teléfonos<br />

celulares durante el trabajo de las sesiones. De ninguna manera se podrá considerar al<br />

teléfono celular como herramienta de trabajo.<br />

9. Se encuentra prohibido ingresar cualquier tipo de alimento a las sesiones de trabajo. Se<br />

permitirá el ingreso de bebidas no alcohólicas en caso que la Mesa Directiva lo autorice.<br />

10. El uso del Internet estará permitido con objeto investigativo únicamente.<br />

11. No estará permitido el contacto entre los observadores u otros invitados con los<br />

Delegados durante el desarrollo activo de las sesiones previstas para cada Comité. Los<br />

observadores podrán comunicarse únicamente con la Mesa Directiva mediante el servicio<br />

de mensajería.<br />

12. Se prohíbe deteriorar los materiales, implementos e instalaciones que el Modelo<br />

dispone para sus Delegados.<br />

5


13. Los delegados deberán mantener un trato diplomático y ceñido a las posiciones oficiales<br />

enviadas y a los principios del Derecho Internacional.<br />

Artículo 8<br />

De las Sanciones:<br />

1. Las sanciones estarán determinadas por la Mesa Directiva quienes deberán informar a la<br />

sala cuando las mismas se realicen. Las sanciones en el MUNUDLA podrán ser:<br />

a. Amonestación;<br />

b. Abandono de Sesión; y<br />

c. Expulsión del Modelo.<br />

2. El Delegado será amonestado en caso de que:<br />

a. Exista una violación a esta Carta y<br />

b. El Secretario General o la Mesa Directiva consideren pertinente.<br />

3. El Delegado deberá abandonar la Sesión en caso de que:<br />

a. Reincida con su mal comportamiento. El Delegado no podrá reingresar hasta la<br />

siguiente sesión.<br />

4. El Delegado será expulsado del Modelo en caso de que:<br />

Capítulo IV<br />

a. La Mesa Directiva confirme que ha existido un comportamiento extremadamente<br />

grave. Posteriormente, la Mesa Directiva deberá notificar a la Secretaría General y,<br />

si esta considera pertinente, se procederá a dicha expulsión.<br />

DE LOS MIEMBROS<br />

Artículo 9<br />

Un miembro será aquel representante oficialmente reconocido por la Mesa Directiva y<br />

acreditado como tal.<br />

Artículo 10<br />

Del Quórum:<br />

6


1. La Mesa Directiva podrá declarar abierta la sesión en cada Órgano cuando estén<br />

presentes al menos dos tercios de los representantes de dicho Órgano.<br />

2. Para el Consejo de Seguridad específicamente, la Mesa Directiva podrá iniciar la sesión<br />

solamente si cuenta con la presencia de nueve Delegaciones, incluyendo a los cinco<br />

Miembros permanentes.<br />

Artículo 11<br />

De la Posición Oficial:<br />

La Posición Oficial es un documento mediante el cual cada Delegación expresa la posición<br />

de su país con relación a los temas a discutirse. Este informe constará de tres partes: una<br />

introductoria con información general del país al que se representa, otra con la<br />

argumentación de la postura gubernamental respecto a cada tema y una sección de<br />

referencias donde se incluyan las fuentes de investigación utilizadas para su elaboración.<br />

Todo Delegado participante deberá enviar al correo electrónico de su respectivo comité una<br />

Posición Oficial por escrito, incluyendo cada uno de los temas a tratarse. La Posición<br />

Oficial debe ser enviada en formato Word o PDF. El mecanismo a utilizarse para la citar es<br />

APA.<br />

El plazo máximo para el envío de las Posiciones Oficiales será informado a través del<br />

Comité de Logística del Club de ONU y Debate de la Universidad de las Américas<br />

oportunamente.<br />

Capítulo V<br />

<strong>DEL</strong> PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO<br />

Artículo 12<br />

De las Mociones:<br />

Una Moción es una petición presentada por un Delegado ante la sala levantando su placa y,<br />

una vez que se le haya concedido la palabra, manifestándola públicamente. Todo Delegado<br />

podrá hacer uso de las Mociones establecidas para el efectivo funcionamiento de los<br />

debates dentro de los Órganos. Una Moción no puede interrumpir al orador ni a la Mesa<br />

Directiva cuando se encuentre en uso de la palabra.<br />

7


Cualquier Delegado podrá hacer uso de una Moción para poner a consideración cualquier<br />

tipo de propuesta amparada en este Reglamento durante el desarrollo de una sesión formal.<br />

Existen las siguientes mociones:<br />

1. Moción de Procedimiento: La Moción de Procedimiento podrá utilizarse para proponer<br />

una opción al curso normal del debate. La Mesa Directiva podrá denegar, aceptar o someter<br />

a votación la propuesta. Se necesita de una mayoría simple para que pase.<br />

2. Deberán ser propuestas a través de Mociones de Procedimiento:<br />

a. El establecimiento de la Agenda;<br />

b. El establecimiento de Sesiones Extraordinarias de Preguntas;<br />

c. La solicitud de Caucus Moderados y Simples.<br />

3. Moción para Adoptar sin Voto: Esta moción sirve para aprobar un Proyecto de<br />

Resolución o una Enmienda sin tener que debatirla o pasar por un proceso de votación. La<br />

misma se puede realizar cuando el texto que se tratará se haya leído, pero antes de que el<br />

debate empiece. Para que la moción sea aceptada, la misma debe contar con el apoyo<br />

unánime de la sala.<br />

4. Moción para pasar a Proceso de Votación: Es una petición que se realiza para pasar<br />

directamente a proceso de votación de un Proyecto de Resolución o una Enmienda. El<br />

mismo está fuera de orden si el tiempo del debate no ha expirado y existen delegados que<br />

soliciten la palabra. De ser aceptada, la Moción debe pasar a un proceso de votación y<br />

requiere de una mayoría simple de la sala para aprobar la Moción.<br />

5. Moción para Votar por Cláusulas: Esta moción es aplicable únicamente a los Proyectos<br />

de Resolución y enmiendas a los mismos. En ella, las cláusulas operativas de los mismos<br />

pasan a ser votados por separado. Para que esta Moción sea aceptada, debe contar con una<br />

aceptación de una mayoría absoluta de la sala posterior al proceso de votación respectivo.<br />

Artículo 13<br />

De los Puntos:<br />

Un Punto es aquel que se utiliza para llevar a cabo un reclamo o una pregunta, por lo que se<br />

los puede observar como una suerte de herramienta con la que cuentan los Delegados para<br />

hacer respetar sus derechos frente a la Mesa Directiva y frente al resto de la sala. Con los<br />

mismos puede afrontar todo tipo de situaciones en el desarrollo de una sesión formal, de<br />

manera diplomática. Los delegados deben tomar en cuenta que los distintos puntos válidos<br />

8


son un soporte para el debate, y que nunca pueden utilizar los mismos de manera<br />

inoportuna o peor aún sin conocer su verdadera función.<br />

Existen los siguientes Puntos:<br />

1. Punto de Privilegio Personal: Este punto se utiliza para proteger los derechos de los<br />

delegados, solicitándolo exclusivamente cuando un participante desee señalar una conducta<br />

inapropiada por parte de algún Delegado o miembro de la Mesa, o en caso que el Delegado<br />

considere no escuchar al orador o sentirse incómodo por alguna cuestión ajena al debate. Se<br />

entiende como conducta inapropiada cuando el Delegado utiliza términos hostiles, posee<br />

información incorrecta o inexacta y en caso de existir algún gesto o postura inoportuna para<br />

con la sala. El Punto de Privilegio Personal podrá interrumpir tanto a los delegados como a<br />

la Presidencia cuando se encuentren en uso de la palabra, pero deberá ser usado con la<br />

mayor discreción. En caso de que el Punto sea utilizado incorrectamente en repetidas<br />

ocasiones, la Delegación que la presenta será sometida a una amonestación bajo la<br />

consideración de la Mesa Directiva.<br />

2. Punto de Orden: El Punto de Orden se utiliza cuando un Delegado considera que se ha<br />

cometido un error con respecto a los procedimientos y desea hacerlo notar con el debido<br />

respeto. El Punto de Orden no podrá interrumpir a los Delegados, ni a la Mesa Directiva<br />

cuando se encuentren en uso de la palabra. El Presidente puede considerar fuera de orden<br />

estos puntos, si considera que los mismos fueron utilizados de forma incorrecta y dicha<br />

decisión es inapelable. En caso de ser necesario, debido a la violación constante y bajo<br />

advertencia de esta regla, la Mesa Directiva podrá quitarle el derecho a estos Puntos a<br />

cualquier Delegación y someterla a una amonestación.<br />

3. Punto de Información a la Presidencia: El Punto de Información a la Presidencia es un<br />

pedido de clarificación del procedimiento o del desenvolvimiento del debate. El Presidente<br />

podrá denegar el Punto. Este punto no podrá interrumpir al orador.<br />

Capítulo VI<br />

<strong>DEL</strong> DEBATE<br />

Artículo 14<br />

Del establecimiento de la Agenda:<br />

Cualquier Delegado podrá utilizar una Moción para Establecer la Agenda para definirla de<br />

acuerdo a como considere pertinente. El Delegado deberá proponer el orden de tratamiento<br />

de cada uno de los temas según su consideración. Esta Moción es debatible; el Delegado<br />

que propuso la Moción deberá exponer las razones por las que se encuentra a favor,<br />

9


igualmente, otro Delegado deberá exponer las razones en contra. De no existir oposición, se<br />

iniciará el debate con la Agenda inicialmente propuesta. En caso de que la Moción no<br />

pasará con una mayoría simple, se establecerá la Agenda opuesta automáticamente.<br />

Artículo 15<br />

De la lista de oradores:<br />

Una vez definida la Agenda, una Lista de Oradores será establecida para el desarrollo del<br />

Debate. Esta Lista de Oradores permanecerá abierta durante toda la sesión de trabajo y<br />

deberá ser respetada durante todo el Debate; excepto cuando se propongan Mociones de<br />

Procedimiento o cuando se introduzca el Proyecto de Resolución correspondiente. La Lista<br />

de Oradores permanecerá siempre visible a la Mesa y al resto del Comité. Si un país no<br />

estuviese en la Lista de Oradores y desease incluirse o retirarse de la misma, podrá enviar<br />

una solicitud escrita a la Mesa Directiva mediante el servicio de mensajería. La Lista de<br />

Oradores para el siguiente tema sólo podrá ser abierta una vez que la Mesa Directiva<br />

considere que se ha concluido con el tema anterior.<br />

Artículo 16<br />

Del tiempo de las intervenciones:<br />

La Mesa Directiva puede proponer al inicio del debate el límite de tiempo de las<br />

intervenciones en lista de oradores, y podrá limitar el de cada orador si considera necesario.<br />

El tiempo mínimo permitido es de 30 segundos y el máximo de tres minutos. Cuando el<br />

Delegado exceda su tiempo, será llamado inmediatamente para que regrese a su asiento.<br />

Artículo 17<br />

Del Derecho a Réplica:<br />

El Derecho a Réplica es una herramienta que un Delegado puede utilizar en caso de que su<br />

integridad personas o nacional haya sido infringida. La solicitud del Derecho a Réplica<br />

debe enviarse por escrito a la Mesa Directiva, quienes considerarán pertinente otorgarlo o<br />

no. La duración del Derecho a Réplica será de máximo un minuto. El Derecho de Réplica<br />

reconoce la ofensa y argumenta su posición en contra, mas no es una licencia para<br />

responder provocativamente. Un Derecho de Réplica sobre otro Derecho de Réplica está<br />

considerado fuera de orden.<br />

Artículo 18<br />

De la Sesión Extraordinaria de Preguntas:<br />

10


Cualquier delegado podrá solicitar mediante una Moción de Procedimiento, una Sesión<br />

Extraordinaria de Preguntas al Delegado que concluyó su intervención en la Lista de<br />

Oradores o mientras se trate un anteproyecto de resolución.<br />

El Delegado que mociona deberá establecer el número de preguntas que quiere que<br />

contenga la Sesión, con un mínimo de dos, las cuales no tienen tiempo límite para<br />

responderse. Una Moción para Sesión Extraordinaria de Preguntas debe ser aceptada por el<br />

orador y se necesitará una mayoría simple para que pase.<br />

El Delegado que será interpelado tiene la facultad de negarse a la Sesión Extraordinaria de<br />

Preguntas; en caso de aceptar, deberá responder todas las que le sean formuladas. Aquellas<br />

Delegaciones que secunden la Moción tendrán derecho automáticamente a realizar las<br />

siguientes preguntas, según el orden en que la Mesa las haya reconocido y dentro del límite<br />

del número de preguntas solicitadas al momento de presentada la Moción.<br />

Artículo 19<br />

Del derecho a Pregunta Subsecuente:<br />

Luego de escuchada la respuesta de la Delegación interrogada en una Sesión Extraordinaria<br />

de Preguntas, el mismo delegado podrá reclamar a la Mesa establecer una Pregunta<br />

Subsecuente. La Mesa decidirá si dicho derecho procede.<br />

Artículo 20<br />

Del Caucus Simple:<br />

El Caucus Simple es una reunión informal entre Delegados donde se permite el debate<br />

abierto. Una Moción de Procedimiento para establecer un Caucus Simple estará en orden en<br />

cualquier momento de la sesión en tanto no interrumpa al orador en curso. El Delegado<br />

debe explicar brevemente el propósito del Caucus Simple y especificar el tiempo de<br />

duración, el cual será de no menos de cinco minutos, sin exceder los 20. El Presidente<br />

puede considerar esta Moción fuera de orden y su decisión es inapelable. Si la Presidencia<br />

la considera en orden, la Moción debe ser inmediatamente puesta a votación, requiriéndose<br />

una mayoría simple para su aprobación. Se podrá extender el Caucus Simple mediante una<br />

Moción de Procedimiento. La extensión sobre extensión del Caucus Simple se considera<br />

fuera de orden. Presidencia tiene la potestad de llamar la atención a Delegados que usen el<br />

Caucus Simple de manera inapropiada.<br />

Al término del Caucus Simple, la Delegación que solicitó el mismo previamente deberá<br />

rendir un informe sobre las actividades que se realizaron en el mismo.<br />

11


Artículo 21<br />

Del Caucus Moderado:<br />

El propósito del Caucus Moderado es facilitar debates substanciales en momentos críticos<br />

para la toma de decisiones. Por consiguiente, la Lista de Oradores se suspende. El Delegado<br />

que solicita el Caucus Moderado tiene la responsabilidad de moderarlo, acompañado de dos<br />

Delegaciones más como máximo. Una Moción de Procedimiento para establecer un Caucus<br />

Moderado estará en orden en cualquier momento de la sesión en tanto no interrumpa al<br />

orador en curso. El Delegado debe explicar brevemente el propósito del Caucus Moderado<br />

y especificar el tiempo de duración, el cual será de no menos de cinco minutos, sin exceder<br />

los 20. El Presidente puede considerar esta Moción fuera de orden y su decisión es<br />

inapelable. Si la Presidencia la considera en orden, la Moción debe ser inmediatamente<br />

puesta a votación, requiriéndose una mayoría simple para su aprobación. Se podrá extender<br />

el Caucus Moderado mediante una Moción de Procedimiento. La extensión sobre extensión<br />

del Caucus Moderado se considera fuera de orden.<br />

Artículo 22<br />

De las sesiones privadas:<br />

En caso de ser necesario, al no llegar a un consenso mediante la mensajería, los Delegados<br />

podrán solicitar sesiones privadas fuera de la sala de sesión. La solicitud será enviada a la<br />

Mesa Directiva mediante un Delegado de Protocolo. Dentro de aquella solicitud, el<br />

Delegado deberá informar a la Mesa Directiva la cantidad de Delegaciones con las que<br />

quisiera sesionar, habiendo como máximo tres Delegaciones.<br />

La Mesa Directiva será la única encargada de aprobar o denegar la solicitud y deberá<br />

notificarlo al Órgano. En caso de ser aprobada la sesión privada, la misma necesariamente<br />

deberá estar acompañada de un Delegado de Protocolo.<br />

Artículo 23<br />

Estados y entidades no miembros plenos:<br />

Los representantes de los Estados o entidades no miembros de Naciones Unidas podrán<br />

hacer uso de la palabra, debiendo solicitarlo previamente a la Mesa Directiva mediante su<br />

placa. Podrán hacer uso de todos los derechos estipulados en el reglamento, salvo ejercer su<br />

voto por los anteproyectos de resolución.<br />

12


Artículo 24<br />

De los comentarios:<br />

En cualquier momento de la sesión, en caso de que la Mesa Directiva considere que un<br />

Delegado mantiene una actitud indiferente hacia el debate, la Mesa Directiva podrá<br />

solicitarle un comentario relativo a la temática que se esté abordando.<br />

Artículo 25<br />

Del cierre de la sesión:<br />

Cuando la Mesa Directiva considere adecuado en base al cronograma del MUNUDLA y/o<br />

según ordenes de Secretaría General, procederá al cierre de la sesión.<br />

CAPÍTULO VII<br />

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN<br />

Artículo 26<br />

De los anteproyectos de resolución:<br />

Un Anteproyecto de Resolución consiste en una declaración de propuestas que determinada<br />

Delegación busca que sea aprobada, con el fin de ser adoptada por los países integrantes del<br />

Órgano. Puede incluir Declaraciones, Convenciones y anexar Tratados. Con su aprobación,<br />

se convierte en un Proyecto de Resolución.<br />

Si una Delegación presenta un Anteproyecto de Resolución al Órgano que representa, será<br />

considerado el País Sumitidor del mismo, siendo el único que puede hacerlo. Debe,<br />

además, contar con el apoyo de dos Países Co-Submitidores para que su propuesta sea<br />

revisada.<br />

Artículo 27<br />

De la estructura de los Anteproyectos de Resolución:<br />

El Anteproyecto de Resolución debe estar dividido en dos partes:<br />

1. Parte introductoria: La parte introductoria justificará las acciones a tomar y<br />

deberá hacer referencia a la Carta de Naciones Unidas u otros Tratados<br />

internacionales, resoluciones aprobadas anteriormente, así como a los propósitos del<br />

texto.<br />

13


Artículo 28<br />

2. Parte operativa: La parte operativa manifestará las acciones que se llevarán a<br />

cabo, y en ella deberá comenzar cada oración con un verbo.<br />

De los submitidores y co-submitidores<br />

Los países submitidores y co-submitidores son conscientes de que la Ronda de<br />

Negociaciones a realizarse el primer día del Modelo servirá para poner en común sus<br />

propuestas, de manera que puedan convertirse en Anteproyectos de Resolución. Durante los<br />

días siguientes del Modelo, los submitidores y co-submitidores se encargarán de obtener el<br />

apoyo necesario con la finalidad de que el anteproyecto pase.<br />

Artículo 29<br />

De la elección del anteproyecto a debatir:<br />

De ser varios los anteproyectos presentados, la Mesa Directiva deberá revisarlos en su<br />

totalidad; evaluando la calidad, la amplitud de debate que podría generar y la influencia del<br />

anteproyecto dentro del debate anterior a su tratamiento. Los anteproyectos pasarán a ser<br />

tratados dentro del debate en el orden en que la Mesa Directiva lo establezca.<br />

La Presidencia podrá introducir modificaciones de forma, pero solamente sugerir<br />

modificaciones de contenido en los anteproyectos resolución, previo a su tratamiento. Tales<br />

modificaciones deberán ser comunicadas a los Delegados submitidores y co-submitidores<br />

para su revisión.<br />

El anteproyecto de resolución seleccionado por la Mesa Directiva deberá ser divulgado a<br />

cada uno de los Delegados representados en el Comité para ser debatido, enmendado y<br />

votado.<br />

Artículo 30<br />

De la presentación del Proyecto de Resolución:<br />

Una vez introducido un Proyecto de Resolución a la sesión, éste permanecerá en el foro y<br />

deberá ser debatido hasta que sea rechazado o aceptado.<br />

Presidencia convocará a las Delegaciones del país submitidor y los países co-submitidores<br />

al pódium para que presenten a discusión el Proyecto de Resolución. En primer lugar, la<br />

Delegación submitidora dará lectura al Proyecto; inmediatamente, se podrá realizar una<br />

Moción para adoptar sin voto, y en caso de que esta no se efectúe o no pase, se<br />

comenzaráenseguida con el debate del Proyecto de Resolución.<br />

14


Artículo 31<br />

Del debate del Proyecto de Resolución:<br />

Se realizará un Debate en Lista de Oradores A FAVOR y EN CONTRA procurando ser<br />

equitativo en el debate del anteproyecto de resolución. La elección de la cantidad de<br />

oradores a favor y en contra quedará a discreción de la Mesa Directiva dependiendo del<br />

tiempo que se disponga, existiendo como máximo cinco oradores a favor y cinco en contra.<br />

En este caso, los Delegados dispondrán de 5 minutos para realizar su intervención.<br />

Mientras se dé el tiempo a favor, la Mesa Directiva receptará propuestas de enmienda al<br />

anteproyecto, las cuales podrán ser enviadas mediante servicio de mensajería. La<br />

Delegación que realice una intervención a favor o en contra del Anteproyecto de<br />

Resolución, podrá ceder su tiempo restante a una Delegación adicional o a la Mesa<br />

Directiva.<br />

Artículo 32<br />

De las enmiendas:<br />

La enmienda agrega, borra o modifica partes de un anteproyecto de Resolución. Una<br />

enmienda no podrá cambiar la esencia original del mismo. Las enmiendas propuestas<br />

deberán ser remitidas con anterioridad a la Mesa Directiva. Quedará a su consideración el<br />

determinar a una enmienda como válida; en caso de serlo el Delegado que la ha propuesto<br />

deberá leerla ante el foro para ponerla a discusión.<br />

Una vez leída la Enmienda, el Delegado proponente contará con un minuto para explicar la<br />

enmienda. Cuando el tiempo haya terminado, una Delegación tendrá derecho a hablar a<br />

favor y una en contra, a criterio de la Mesa Directiva. El tiempo de estas intervenciones<br />

será de tres minutos cada una y estará en orden ceder el tiempo a otra Delegación.<br />

Se requerirá una mayoría absoluta a favor para que la Enmienda sea oficialmente aprobada,<br />

de ser así será incluida en el anteproyecto de resolución.<br />

Artículo 33<br />

Del fin del debate del anteproyecto de resolución:<br />

Cuando concluya el tiempo de debate del anteproyecto de resolución, la Mesa Directiva<br />

procederá a cerrar la Lista de Oradores a favor y en contra y se pasará a la votación formal<br />

del mismo.<br />

Artículo 34<br />

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Del voto por cláusulas:<br />

Después de que el debate sobre un Proyecto de Resolución o Enmienda ha concluido, un<br />

Delegado podrá mocionar para pasar a proceso de votaciones de las diferentes partes de la<br />

propuesta (anteproyecto o enmienda) por separado. Para que esta Moción sea aceptada,<br />

deberá ser secundada y aprobada por una mayoría absoluta. Si la Moción pasa se iniciará la<br />

votación por cláusula, siendo necesaria una mayoría absoluta para que cada una de ellas sea<br />

aprobada o rechazada.<br />

En el caso de anteproyectos de resolución, las partes substanciales de la propuesta que han<br />

sido aceptadas deberán entonces integrarse nuevamente en el Proyecto de Resolución y ser<br />

sujetas a votarse como un todo. Si todas las partes substanciales de la propuesta son<br />

rechazadas, el Proyecto de Resolución será considerado rechazado en su totalidad.<br />

CAPÍTULO VII<br />

DE LA VOTACIÓN<br />

Artículo 35<br />

Del Voto:<br />

Cada país contará con un voto dentro del Órgano. Cada voto podrá ser a favor, en contra o<br />

abstención. Todos los asuntos deben ser votados por medio de las placas, excepto cuando la<br />

votación sea a través de una votación por lista.<br />

La abstención no es permitida en asuntos de procedimiento y enmiendas.<br />

Ningún Punto o Moción de Procedimiento podrán interrumpir una votación.<br />

Artículo 36<br />

Del Voto por Lista:<br />

Después de que el debate sobre un anteproyecto de Resolución ha culminado, corresponde<br />

realizar una Votación por Lista. En esta votación, la Mesa tomará lista en orden alfabético y<br />

continuará el procedimiento a través de las dos rondas:<br />

1. En la primera ronda, los Delegados pueden votar a favor, en contra, abstenerse o<br />

pasar;<br />

2. Los Delegados que en su votación han “pasado” durante la primera ronda,<br />

deberán votar a favor, en contra o abstenerse en la segunda;<br />

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Artículo 37<br />

3. Los Delegados pueden pedir Derecho a Explicación del Voto durante la primera<br />

ronda. El Derecho de Explicación de todas las Delegaciones que lo han solicitado se<br />

llevará a cabo después de finalizada la primera ronda de votación;<br />

4. En la segunda ronda las delegaciones darán su voto definitivo. La Mesa Directiva<br />

procederá entonces a anunciar los resultados de la votación.<br />

De las mayorías:<br />

Existen dos tipos de mayorías utilizadas durante el Modelo en su Procedimiento<br />

Parlamentario:<br />

Artículo 38<br />

1. Mayoría absoluta: Representa el voto de los dos tercios de los miembros<br />

presentes y votando;<br />

2. Mayoría simple: Representa el voto del 50 por ciento más 1 de los miembros<br />

presentes y votando.<br />

Regla de Unanimidad en el Consejo de Seguridad:<br />

Para que un Proyecto de Resolución tenga éxito en el Consejo de Seguridad, los cinco<br />

miembros permanentes (Estados Unidos de América, Reino Unido de Gran Bretaña e<br />

Irlanda del Norte, Federación de Rusia, República de Francia y la República Popular de<br />

China) deben votar a favor o abstenerse, según el Principio de Unanimidad aplicado para<br />

estos Miembros.<br />

Cualquier representante de una de estas cinco Delegaciones tiene el poder de invalidar los<br />

Proyectos de Resolución votando en CONTRA de los mismos; las abstenciones no son<br />

consideradas como voto en contra.<br />

CAPÍTULO VIII<br />

<strong>DEL</strong> RECONOCIMIENTO A LAS MEJORES <strong>DEL</strong>EGACIONES<br />

Artículo 39<br />

Reconocimiento a la Mejor Delegación:<br />

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El MUNUDLA 2014 reconocerá a la Delegación que en su conjunto se ha desempeñado de<br />

la mejor manera frente a las otras Delegaciones participantes en el evento de clausura.<br />

Artículo 40<br />

Reconocimiento al Mejor Delegado/Equipo del Órgano y el Mejor Delegado del<br />

MUNUDLA:<br />

El MUNUDLA 2014 reconocerá al mejor Delegado/Equipo de cada uno de los Órganos<br />

que forman parte del Modelo. Adicionalmente, reconocerá a los Delegados más destacados,<br />

otorgando dos Menciones de Honor y dos Menciones Verbales que serán distribuidas entre<br />

los mismos.<br />

Para la elección del Mejor Delegado del MUNUDLA 2014 se procederá con la realización<br />

de un evento meritorio distinto, que será informado oportunamente por las autoridades del<br />

Modelo, entre los Mejores Delegados de cada Órgano.<br />

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