VI - Revista Actualidad Empresarial
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<strong>VI</strong><br />
Informe Especial<br />
• Inmediata si la anualidad es pagada desde<br />
el período inicial de la operación;<br />
• Diferida si la anualidad es pagada después<br />
de una cantidad n de años.<br />
Cálculo de las Reservas de Pensiones de<br />
Titulares y Distintos Beneficiarios:<br />
• Titular soltero(a), sin sobrevivientes<br />
o con sobrevivientes sin derecho a<br />
pensión.<br />
El titular recibe pensión.<br />
• Titular cónyuge con derecho a pensión,<br />
sin hijos o con hijos sin derecho a pensión<br />
de orfandad.<br />
El titular recibe pensión vitalicia y se extiende<br />
al cónyuge (que tendrá derecho a<br />
pensión de viudez si es mujer ú hombre<br />
sin renta afecta) en forma vitalicia a partir<br />
de la fecha de muerte del titular.<br />
• Titular con hijo(a) con derecho a pensión<br />
de orfandad, sin cónyuge o con cónyuge<br />
sin derecho a pensión.<br />
El titular recibe pensión vitalicia extendiéndose<br />
a los hijos en caso de muerte<br />
del titular. En este caso,<br />
- El hijo(a) tiene derecho a pensión<br />
de orfandad temporal hasta cumplir<br />
la mayoría de edad (o hasta<br />
los 21 años en el caso de que sea<br />
estudiante).<br />
- El hijo(a) tiene derecho a pensión<br />
de orfandad vitalicia en caso de ser<br />
inválido(a).<br />
• Titular con cónyuge con derecho a pensión<br />
y con hijos con derecho a pensión<br />
de orfandad.<br />
El titular recibe pensión vitalicia prolongándose<br />
para el cónyuge e hijos desde<br />
la muerte del titular. En este caso,<br />
- El cónyuge recibe la pensión vitalicia.<br />
- El hijo(a) tiene derecho a pensión<br />
de orfandad temporal hasta cumplir<br />
la mayoría de edad (o hasta<br />
los 21 años en el caso de que sea<br />
estudiante).<br />
- El hijo(a) tiene derecho a pensión<br />
de orfandad vitalicia en caso de ser<br />
inválido(a).<br />
• Viudez.<br />
La viuda tiene pensión vitalicia equivalente<br />
al 50% de la pensión del causante.<br />
• Orfandades con derecho a pensión.<br />
El hijo(a) tiene pensión equivalente al<br />
20% de la pensión del causante si es<br />
inválido(a) y en caso contrario tiene pensión<br />
temporal hasta cumplir la mayoría<br />
de edad (o hasta los 21 años en el caso<br />
de que sea estudiante).<br />
• Ascendientes.<br />
El ascendiente tiene pensión vitalicia<br />
equivalente al 20% de la pensión del<br />
causante.<br />
7. ¿Qué es la Reserva Actuarial?<br />
Es el valor a una fecha determinada de las<br />
obligaciones previsionales (pensión pensionable),<br />
resultantes del cálculo actuarial<br />
que se efectúe para un régimen previsional<br />
específico (D. L. Nº 19990 y D. L. Nº 20530) y<br />
comprende las:<br />
• Las presentaciones económicas pensionarias<br />
(rva. pensionaria).<br />
• Las prestaciones económicas no pensionables.<br />
• Los gastos administrativos.<br />
• Las contingencias judiciales.<br />
Hasta la total extinción de las respectivas<br />
obligaciones (D. S. Nº 272-2001-ED), por<br />
otro lado, podemos afirmar también que<br />
la reserva actuarial, es el capital requerido<br />
por un monto estimado para cumplir con<br />
el pago de pensiones de todos los beneficiarios<br />
directos e indirectos comprendidos<br />
en la población cubierta (D. L. Nº 19990 y D.<br />
L. Nº 20530) el monto estimado resulta del<br />
cálculo matemático y financiero llamado<br />
actuarial.<br />
8. ¿En qué consiste la Reserva<br />
Previsional o Reserva Pensionaria?<br />
En la parte de la reserva actuarial referida<br />
al valor, a una fecha determinada de los<br />
prestaciones económicas pensionarias<br />
dentro de un régimen previsional específico<br />
(D. L. Nº 19990 y D. L. Nº 20530) (D. S.<br />
Nº 272-2001-ED).<br />
9. Precisiones Adicionales<br />
El importe total de las obligaciones previsionales<br />
registrado en cuentas de orden,<br />
se ajustará por los montos obtenidos en<br />
futuros cálculos actuariales con relación<br />
al cálculo actuarial anterior, en éste caso,<br />
la variación se aplicará directamente a la<br />
cuenta 689 otras provisiones del ejercicio<br />
con abono a la cuenta 472 provisión de obligaciones<br />
previsionales, igual procedimiento<br />
se seguirá cuando el monto de la planilla<br />
exceda a la provisión tal como sucedió en<br />
el ejemplo expuesto.<br />
La información sobre provisión de obligaciones<br />
previsionales se incluye y muestran en el<br />
anexo AF-5, en cambio, la información sobre<br />
las obligaciones previsionales registradas<br />
en cuentas de orden incluyendo el cálculo<br />
actuarial serán mostrados en el anexo XO<br />
OA-1.<br />
CASO PRÁCTICO Nº 1<br />
Registro y Control de las Obligaciones<br />
Previsionales<br />
Comprende a todas las entidades que<br />
cuenten con pensionistas comprendidas<br />
en el régimen de pensiones del decreto<br />
Ley Nº 20530<br />
Las obligaciones previsionales del régimen<br />
de pensiones del Decreto<br />
Ley Nº 19990 lo registrará la Oficina de<br />
Normalización Previsional - ONP<br />
Datos:<br />
13,449,669.00 2.995 ,281,758.66<br />
152,049.00 2.995 55,386.76<br />
Saldos en cuentas de orden al 31.12.2007<br />
09.02 Rég. de Pens. DL.Nº 20530 40,281,758.66 40,379,418.78<br />
09.02.01 Pensionistas<br />
97,660.12<br />
09.02.02 Trabajadores Activos<br />
00.02 Cont. Rég. de Pens. DL.Nº 20530<br />
40,379,418.78<br />
00.02.01<br />
00.02.02<br />
Pensionistas<br />
Trabajadores Activos<br />
40,281,758.66<br />
97,660.12<br />
Saldos en cuentas del Pasivo al 31.12.2007<br />
472.02<br />
472.02.01<br />
472.02.02<br />
Rég. de Pens. DL.Nº 20530<br />
Pensionistas<br />
Trabajadores Activos<br />
Pago a pensionistas en el ejerc. 2008 :<br />
Tipo de Cambio del ejercicio<br />
Tipo de Cambio del ejercicio anterior<br />
357,726.64<br />
0.00<br />
357,726.64<br />
2,673,073.47<br />
3.137<br />
2.995<br />
Reserva Actuarial (según ONP) desde el 01.01.2009<br />
Tipo Importe Período<br />
Pensionista 39,679,724.78 23 ( 1 ) 2,648,940.00 3.137 39,679,724.78<br />
Trabajadores Activos 293,742.41 3 ( 2 ) 93,638.00 3.137 293,742.41<br />
Total 39,973,467.19<br />
( 1 ) Período medio ( 2 ) Período de servicio activo<br />
Res. Act. registrado en ctas. de orden al 31.12.2007<br />
Tipo Importe Período Medio Alícuota<br />
Pensionista 40,281,758.66 19 2,120,092.56 2,120,092.56<br />
Trabajadores Activos 455,386.76 0 0.00 -<br />
Total 40,737,145.42 2,120,092.56<br />
Comunicado Nº 004- 2008-EF/93.01 del 05.03.2008<br />
1. …reconociéndose el monto de las nuevas alícuotas como gasto<br />
a partir del ejercicio 2008<br />
<strong>VI</strong> 2 <strong>Actualidad</strong> Gubernamental N° 6 - Abril 2009<br />
Nota: La Reserva Actuarial remitida por la ONP en dílares, se multiplica por el tipo de cambio<br />
que indica la ONP y se divide entre el período medio indicado para los pensionistas y entre el<br />
período de servicio activo para los trabajadores activos, dando como resultado la alícuota que<br />
se va a contabilizar linealmente en los ejercicios sucesivos.