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Seguridad vial Seguridad vial - Revista Profesiones

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economía<br />

1. Los honorarios fijos, máximos o mínimos,<br />

cuando son de obligado seguimiento,<br />

constituyen la reglamentación<br />

más perjudicial para la<br />

competencia.<br />

2. La Comisión afirma que: “Los honorarios<br />

orientativos como los honorarios<br />

fijos, pueden tener un efecto<br />

significativo en la competencia” (v.<br />

punto 37). La institución comunitaria<br />

rechaza el argumento de que las tarifas<br />

de honorarios sean el instrumento<br />

adecuado para informar a los clientes<br />

sobre el contenido del servicio<br />

que se les ofrece. Considera que hay<br />

otras fórmulas menos restrictivas de<br />

la competencia, con las que pueden<br />

alcanzarse los mismos objetivos:<br />

“Por ejemplo, la publicación de información<br />

por entidades independientes…”.<br />

3. Según la “teoría económica” la publicidad<br />

facilita la competencia y en particular<br />

la publicidad comparativa.<br />

Es muy interesante<br />

comprobar que<br />

la Comisión incluye la<br />

palabra “calidad” en<br />

una Comunicación sobre<br />

Competencia<br />

4. La Comisión acepta que la formación,<br />

los exámenes y la experiencia<br />

profesional, todo ello combinado con<br />

normas que reserven ciertos derechos<br />

de ejercicio profesional, podrían<br />

suponer: “…una importante contribución<br />

que asegure la calidad de los<br />

servicios profesionales” (v. punto 49).<br />

Es muy interesante comprobar que<br />

la Comisión incluye la palabra “calidad”<br />

en una Comunicación sobre<br />

Competencia. No obstante la institución<br />

comunitaria advierte que hay<br />

estudios que demuestran que un<br />

exceso de requisitos de entrada al<br />

ejercicio profesional puede perjudicar<br />

la calidad de los servicios profesionales.<br />

5. Una regulación sobre sociedades profesionales<br />

demasiado restrictiva sobre<br />

propiedad del capital o sobre conflicto<br />

de intereses, podría desmotivar<br />

gravemente a los profesionales que<br />

quieran aumentar su volumen de<br />

servicios o acceder a nuevos lugares<br />

de implantación de sus despachos o<br />

estudios.<br />

La Comisión termina por concluir<br />

que durante 2004 y 2005 los Estados<br />

miembros y las organizaciones profesionales<br />

debemos tomar medidas voluntarias<br />

para analizar y en su caso suprimir<br />

las regulaciones innecesarias. Sí,<br />

todos debemos hacerlo, en defensa del<br />

interés general, pero ponderando todos<br />

los intereses en juego y no sólo la competencia.<br />

P<br />

“Lo que obliga a los participantes en el debate práctico es la fuerza vinculante de un tipo de razones que se supone deben convencer igualmente<br />

a todos los demás. No sólo razones que reflejan preferencias mías o de otras personas, sino razones a la luz de las cuales todos los participantes<br />

podrían descubrir conjuntamente, frente a cualquier cuestión que necesitara regulación, qué tipo de práctica responde igualmente<br />

a los intereses de todos.”<br />

(Jürgen Habermas)<br />

Ha firmado el Convenio de Colaboración con<br />

el CONSEJO GRAL. DE DIPLOMADOS DE<br />

TRABAJO SOCIAL Y ASISTENTES SOCIALES<br />

Ha firmado el Convenio<br />

de Colaboración con el CONSEJO<br />

DE COLEGIOS DE AGENTES<br />

COMERCIALES DE CATALUÑA. Firmaron<br />

el convenio D. Josep A. Monllaó i Viña,<br />

Presidente del Consejo, y por parte del<br />

Banco, Dª Mercedes Peláez, Responsable<br />

de Colectivos de la Territorial de<br />

Cataluña.

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