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INFOTEC.2 Nº07

Agosto 2008

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RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR - PARTE I -<br />

Por Dra. Angeles Martinez, Asesora legal del Distrito<br />

En este artículo intentaré esbozar lineamientos<br />

de temas que preocupan en el día a día del profesional<br />

en actividad.<br />

LA RESPONSABILIDAD<br />

La responsabilidad se genera usualmente al<br />

incumplir un acuerdo celebrado, sea por escrito<br />

o verbalmente. Lo ideal es que el profesional<br />

suscriba un contrato con el comitente,<br />

estableciendo con claridad y lo más<br />

detalladamente posible qué obligaciones asume<br />

cada uno.<br />

Originariamente el constructor era una persona<br />

física con conocimientos técnicos que<br />

desarrollaba toda actividad necesaria para la<br />

ejecución de una obra proyectada por un<br />

profesional de la construcción.<br />

Hoy las grandes empresas constructoras<br />

ejecutan diferentes proyectos pero con distintos<br />

constructores independientes que desarrollan la<br />

actividad bajo supervisión del conductor técnico<br />

asumiendo cuota de responsabilidad.<br />

Es decir que podría el constructor:<br />

1. Obligarse a dirigir la obra sin el aporte de<br />

peones ni materiales:<br />

Aquí el profesional:<br />

•Realiza la vigilancia y superintendencia de<br />

trabajos.<br />

•Corrige al personal.<br />

•Ejercita poder de disciplinaria con el personal.<br />

•Exige la provisión de materiales.<br />

•Controla la calidad de los materiales.<br />

•Tiene facultades para pedir la demolición y<br />

reconstrucción de sectores que observara con<br />

defectos.<br />

•Hará cumplir las disposiciones municipales.<br />

2. Obligarse a dirigir la obra con el aporte de peones<br />

y materiales (Empresario de la construcció)<br />

Aquí el profesional:<br />

•Realiza la vigilancia y superintendencia de<br />

trabajos.<br />

•Corrige al personal.<br />

•Ejercita poder de disciplinaria con el personal.<br />

•Provee los materiales en el tiempo acordado. O<br />

de conformidad con los avances de obra.<br />

•Se responsabiliza de la calidad, fiscaliza el<br />

estado y su entrega.<br />

•Tiene facultades para pedir la demolición y<br />

reconstrucción de sectores que observara con<br />

defectos<br />

•Cumplirá las disposiciones municipales.<br />

•Es responsable frente a terceros, futuros dueños<br />

de la obra de los vicios ocultos y aparentes.<br />

•Realizará la provisión de la mano de obra que le<br />

impone la contratación del seguro a su cargo.<br />

•Asumirá la responsabilidad de inscribirse en el<br />

Registro Nacional de la Industria de la<br />

Construcción a fin de cumplimentar el estatuto de<br />

la construcción.<br />

El constructor en la ejecución de la obra es<br />

responsable por el trabajo ejecutado por las<br />

personas que ocupen en la obra, asume la<br />

responsabilidad por los trabajos efectuados por los<br />

diferentes oficios, en cuanto a su ejecución y<br />

proyecto, y también la obligación a vicios<br />

aparentes y/u ocultos.<br />

La responsabilidad de los dependientes en obra<br />

comprende sus salarios y las inscripciones<br />

obligatorias ante la autoridad de aplicación y<br />

debe responder ante eventuales accidentes o<br />

riesgos del trabajo.<br />

En el contrato que celebra el profesional y el<br />

comitente debe establecerse si el profesional<br />

tiene derecho a:<br />

A- LA DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS: Asumiendo las<br />

contrataciones de los diferentes oficios, con<br />

facultad de oponerse a eventuales dignaciones<br />

por parte del comitente que no reúnan las<br />

condiciones de idoneidad a juicio del profesional.<br />

Establecer con claridad si quien los contrata es el<br />

profesional o el comitente.<br />

B- EJERCER LA SUPERINTENDENCIA O VIGILANCIA<br />

DE TRABAJOS: Inspeccionar materiales comprados<br />

por el comitente, rechazar los que no reúnan las<br />

condiciones técnicas necesarias para la<br />

realización de la obra. Si el profesional debe<br />

proveerlos deberá reunir las condiciones exigidas.<br />

Infotec.2 - 5

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