Educación y políticas sociales Sinergias para la inclusion
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Introducción<br />
se trataba del último gobierno del Partido Revolucionario Institucional<br />
(PRI). Fue seguramente su re<strong>la</strong>tiva simpleza, esa decisión de<br />
hacer algo, <strong>la</strong> que convocó enorme entusiasmo en un contexto en<br />
el que faltaban otras iniciativas. Posteriormente fue el apoyo irrestricto<br />
que estos programas recibieron de parte de los organismos<br />
multi<strong>la</strong>terales de crédito el que multiplicó <strong>la</strong>s experiencias y suscitó<br />
opiniones controversiales. Sin lugar a dudas, su gran plus fue el<br />
hecho de que aun en el marco del mejoramiento de los indicadores<br />
agregados permitiera focalizar acercando soluciones a los impactos<br />
resultantes de <strong>la</strong> pobreza y sus corre<strong>la</strong>tos en materia de exclusión<br />
social y de acceso a derechos. Como seña<strong>la</strong> S. Cecchini (Cecchini,<br />
2013), su posterior extensión a prácticamente toda <strong>la</strong> región muestra<br />
<strong>la</strong> cara más convincente de su éxito. También es parte de su<br />
extensión <strong>la</strong> aplicación del modelo a otros grupos <strong>sociales</strong>, como<br />
los adolescentes y jóvenes en Argentina, por ejemplo, habilitados a<br />
recibir transferencias en el marco del nuevo programa PROGRESAR<br />
cuya condicionalidad consiste en <strong>la</strong> terminalidad de los niveles educativos<br />
y/o de <strong>la</strong> inserción en programas de capacitación <strong>la</strong>boral.<br />
El marco conceptual en el que se colocan los programas es el<br />
del acceso al derecho a <strong>la</strong> educación. Se supone que cada niño y/o<br />
familia beneficiada por <strong>la</strong>s transferencias es un sujeto de derecho<br />
y que esos fondos contribuyen a <strong>la</strong> concreción del mismo. Como<br />
seña<strong>la</strong> R. Cuenca, en su presentación en el Seminario internacional,<br />
“con el reconocimiento de que <strong>la</strong> educación es un derecho humano<br />
y fundamental, y que los derechos de <strong>la</strong> niñez son derechos superiores,<br />
el derecho a <strong>la</strong> educación abandonó el nivel de derecho de<br />
tercera generación, logrando que <strong>la</strong> exigencia de su cumplimiento<br />
sea inmediata”. Es decir, que –tal como seña<strong>la</strong> el autor– después<br />
del desarrollo del esquema de K. Tomasevski de <strong>la</strong>s “4-A” <strong>la</strong> calificación<br />
de una política como camino correcto hacia <strong>la</strong> puesta en<br />
marcha de <strong>la</strong> educación como un derecho humano debe responder<br />
al cumplimiento de los requisitos de asequibilidad, accesibilidad,<br />
aceptabilidad y adaptabilidad.<br />
Otro de sus aportes es <strong>la</strong> noción de ampliación del acceso a <strong>la</strong><br />
ciudadanía, especialmente una ciudadanía social de acceso a derechos<br />
cuyo resultante es fortalecer <strong>la</strong> democracia. Se considera que<br />
su funcionamiento es una herramienta eficaz de erradicación de <strong>la</strong><br />
EDUCACIÓN Y POLÍTICAS SOCIALES<br />
SINERGIAS PARA LA INCLUSIÓN<br />
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