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84 estudios públicos ción política sobre aquellos que no comparten tal doctrina y, por ende, no puede formar parte de la razón pública. Como tal, ese camino no es consistente con el liberalismo político. La segunda es intentar entender qué especificidades poseen los temas del aborto o la sustentabilidad medioambiental que podrían imponer restricciones a la aplicación del principio de autonomía. En esta segunda línea, es mi impresión que las limitaciones se derivan de la definición misma del concepto. Autonomía o autogobierno o autodeterminación es un estado constatable pero no determinable. Es decir, al parecer, no existe un momento tal en el desarrollo de un ser humano que pueda identificarse con claridad para decir que antes de ese instante el individuo no es un ser autónomo y después de él sí lo es. Las dificultades que esta ambigüedad genera son evidentes: bajo el principio de autonomía, una acción que puede ser éticamente aceptable (acabar con la vida de un ser no-autónomo) puede dejar de serlo un instante después. Como consecuencia, el mero paso del tiempo adquiere valor moral. En consecuencia, el concepto de autonomía se enfrenta a sus propios límites cuando se torna forzoso poseer una definición clara sobre su inicio. ¿Por qué sucede esto? Cuando, por ejemplo, Kant y sus contemporáneos reflexionaban sobre estas materias y el filósofo en su Metafísica de las Costumbres expresa el principio de la autonomía con claridad, el tipo de problemas que inquietaba no incluía el escenario en el que un ser no autónomo puede evolucionar hasta llegar a serlo. Las preocupaciones de la autonomía versus la heteronomía versaban todas sobre temas de la vida en común entre adultos cuya autonomía no estaba en discusión. Lo que se estaba gestando eran los principios éticos del autogobierno de los pueblos y la justificación ética de los derechos individuales. En esas circunstancias, sólo el rechazo del poderoso podía explicar que se privara a una persona de seguir su propia legislación interna. En esos casos, la argumentación sobre la base de la autonomía es impecable. El sometimiento a la ley creada por otros sólo puede justificarse si se funda en imperativos éticos que emergen del respeto de la voluntad individual. No obstante, en ninguna de las circunstancias que les inquietaba a los pensadores de la época, la existencia de la autonomía de los involucrados podía ponerse en duda. El individuo sometido al yugo de otro, el esclavo por ejemplo, no está libre, pero es un ser autónomo. Su condición de ser autónomo no está puesta en duda. www.cepchile.cl
jorge fábrega 85 En los tiempos presentes, donde surgen otras preocupaciones que eran impensadas antaño, existe la tentación de creer que, debido a que la argumentación desde la autonomía es válida en muchos contextos, debe ser usada en este contexto sin necesidad de justificación. No obstante, la pretensión de que estamos ante un argumento de mayor grado de validez simplemente porque el argumento es poderoso y ampliamente aceptado en múltiples asuntos tiene ribetes dogmáticos. A nada controversial (es decir, a ningún dilema ético) nos enfrenta el concepto “autonomía” cuando las personas pueden consensuar escenarios donde se aplica. Pero allí donde no hay consenso, todas las limitaciones del concepto se revelan y su capacidad orientadora del juicio moral queda entre paréntesis. Al reflexionarse en torno al aborto y al infanticidio se torna necesario delimitar con claridad desde cuándo opera el concepto de autonomía, pero el intento de proveer tal claridad parece ser poco prometedor. Sólo si cometemos la falacia de la composición podríamos ignorar que es perfectamente posible que el criterio de la autonomía sea simultáneamente válido en una dimensión y tener problemas para iluminarnos en otra. A partir de las reflexiones anteriores cabe preguntarse si es posible asumir la primacía de la autonomía como concepto para hablar del aborto. A mi juicio, la respuesta es que ello sólo puede hacerse aceptando las implicancias (contemporáneamente indeseables) que justifican éticamente el infanticidio y, por ende (contra los tiempos) abriendo espacio a la justificación ética del uso instrumental de la vida de todo humano cuya condición de autonomía no sea verificable. Enfrentados a tal posibilidad parece razonable concluir que los propios individuos autónomos justificarán la imposición de límites en pos de proteger la vida del recién nacido. Tal decisión sólo puede fundamentarse en fuentes de valor distintas al principio de autonomía. Ello no significa que el principio normativo de la autonomía pierda importancia, sino que su valor debe ser sopesado con otras posibles fuentes de criterios éticos. Para quienes nos sentimos inclinados a pensar acerca de lo justo en diversas materias sobre la base del principio de autonomía, las dificultades que aquí se retratan radican en la indeterminación que existe sobre aquel momento en el que el ser vivo que no es sujeto de derecho (porque no es autónomo) pasa a ser sujeto de dere- www.cepchile.cl
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84 estudios públicos<br />
ción política sobre aquellos que no comparten tal doctrina y, por en<strong>de</strong>,<br />
no pue<strong>de</strong> formar parte <strong>de</strong> la razón pública. Como tal, ese camino no es<br />
consistente con el liberalismo político.<br />
La segunda es intentar enten<strong>de</strong>r qué especificida<strong>de</strong>s poseen los<br />
temas <strong>de</strong>l aborto o la sustentabilidad medioambiental que podrían imponer<br />
restricciones a la aplicación <strong>de</strong>l principio <strong>de</strong> autonomía. En esta<br />
segunda línea, es mi impresión que las limitaciones se <strong>de</strong>rivan <strong>de</strong> la<br />
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es un estado constatable pero no <strong>de</strong>terminable. Es <strong>de</strong>cir,<br />
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<strong>de</strong>spués. Como consecuencia, el mero paso <strong>de</strong>l tiempo adquiere valor<br />
moral. En consecuencia, el concepto <strong>de</strong> autonomía se enfrenta a sus<br />
propios límites cuando se torna forzoso poseer una <strong>de</strong>finición clara sobre<br />
su inicio. ¿Por qué suce<strong>de</strong> esto? Cuando, por ejemplo, Kant y sus<br />
contemporáneos reflexionaban sobre estas materias y el filósofo en su<br />
Metafísica <strong>de</strong> las Costumbres expresa el principio <strong>de</strong> la autonomía con<br />
claridad, el tipo <strong>de</strong> problemas que inquietaba no incluía el escenario en<br />
el que un ser no autónomo pue<strong>de</strong> evolucionar hasta llegar a serlo. Las<br />
preocupaciones <strong>de</strong> la autonomía versus la heteronomía versaban todas<br />
sobre temas <strong>de</strong> la vida en común entre adultos cuya autonomía no estaba<br />
en discusión. Lo que se estaba gestando eran los principios éticos<br />
<strong>de</strong>l autogobierno <strong>de</strong> los pueblos y la justificación ética <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos<br />
individuales. En esas circunstancias, sólo el rechazo <strong>de</strong>l po<strong>de</strong>roso podía<br />
explicar que se privara a una persona <strong>de</strong> seguir su propia legislación<br />
interna. En esos casos, la argumentación sobre la base <strong>de</strong> la autonomía<br />
es impecable. El sometimiento a la ley creada por otros sólo pue<strong>de</strong> justificarse<br />
si se funda en imperativos éticos que emergen <strong>de</strong>l respeto <strong>de</strong> la<br />
voluntad individual. No obstante, en ninguna <strong>de</strong> las circunstancias que<br />
les inquietaba a los pensadores <strong>de</strong> la época, la existencia <strong>de</strong> la autonomía<br />
<strong>de</strong> los involucrados podía ponerse en duda. El individuo sometido<br />
al yugo <strong>de</strong> otro, el esclavo por ejemplo, no está libre, pero es un ser autónomo.<br />
Su condición <strong>de</strong> ser autónomo no está puesta en duda.<br />
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