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LA DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS EN EL PERU (1980 ...

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La Desaparición Forzada de personas en el Perú<br />

Hacia agosto de <strong>1980</strong>, el gobierno del Arquitecto Fernando Belaúnde envió<br />

a Ayacucho más de un millar de efectivos policiales denominados “Sinchis”<br />

que establecieron allí su Cuartel General. La escasa preparación, el<br />

desconocimiento de la operatividad del enemigo a combatir, la expansión<br />

que esta experimentaba, así como la complejidad de la geografía, produjo<br />

bajas en el personal policial que impulsó la implementación de una<br />

estrategia que exigió la instauración del Estado de Emergencia.<br />

b) La instauración de los Estados de Emergencia<br />

El aumento cualitativo y cuantitativo de las acciones subversivas durante<br />

1981, y la ineficacia de las primeras respuestas, provocaron una creciente<br />

preocupación en las altas esferas gubernamentales y en la opinión pública<br />

que llevaron a tomar la decisión de declarar, por primera vez, el Estado de<br />

Emergencia72 en las provincias de Huanta, La Mar, Huamanga, Cangallo y<br />

Víctor Fajardo del departamento de Ayacucho, por un período de 60 días,<br />

suspendiéndose las garantías constitucionales relativas a la libertad y<br />

seguridad individual, inviolabilidad de domicilio y libertad de reunión y<br />

tránsito; y disponiendo que las Fuerzas Policiales asumieran el control del<br />

orden interno.<br />

Esta declaratoria sería la primera de varias prórrogas sistemáticas –salvo<br />

algunas excepciones- de esta figura y una ampliación de su ámbito<br />

territorial a diversas zonas del país73. Así, hacia 1982 los departamentos de<br />

Ayacucho, Lima, Pasco y algunas provincias de Apurímac, Huancavelica,<br />

Cajamarca y Junín estuvieron bajo estado de emergencia. Posteriormente<br />

entre 1983 y 1984 dicha declaratoria se expandió a toda la República por<br />

períodos de casi tres meses74.<br />

c) La creación e implementación de los Comandos Político Militares<br />

72 El 12 de Octubre de 1981, mediante el Decreto Supremo 026-81–IN.<br />

73 Una exhaustiva enumeración de los Decretos Supremos que desde 1981 a 1995 declararon los<br />

estados de Emergencia en: Landa César y otros, “Base de datos sobre los Estados de Emergencia<br />

en el Perú”, mimeo; Lima, 1995.<br />

74 Textualmente el artículo 231 inciso a de la Constitución Política de 1979 decía que: “El Presidente<br />

de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, decreta, por plazo determinado, en todo o<br />

parte del territorio y dando cuenta la Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de<br />

excepción que en este articulo se contemplan:<br />

a) Estado de emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves<br />

circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede suspender las<br />

garantías constitucionales relativas a la libertad de reunión y de inviolabilidad del domicilio, la<br />

libertad de reunión y de tránsito en el territorio, que se contemplan en los incisos 7, 9 y 10 del<br />

articulo 2 y en el inciso 20-g del mismo articulo”.<br />

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