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Realidad, razón, libertad: las raíces del sentido religioso - Pontificia ...

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spiritualis sensus in omni sententiae Scripturae». Cada texto de <strong>las</strong><br />

Escrituras es, entonces, siempre interpretable a la luz <strong>del</strong> significado<br />

literal, mientras que no parece existir la misma generalidad por lo que se<br />

refiere al sensus spiritualis. Se actuaría, por lo tanto, una diferencia de<br />

grado no indiferente entre <strong>las</strong> dos modalidades exegéticas: cada paso de<br />

la Biblia podrá ser siempre interpretado a la luz <strong>del</strong> significado literal,<br />

mientras que no siempre será posible admitir un correspondiente<br />

significado espiritual. Por lo tanto, concluye Belarmino, «ex solo literali<br />

sensu peti debere argumenta efficacia», y esto porque «eum sensum, qui<br />

ex verbis immediate colligitur, certum est sensum esse Spiritus sancti».<br />

Es cierto, por lo tanto, que el <strong>sentido</strong> literal es dependiente estrictamente<br />

de la revelación <strong>del</strong> Espíritu Santo y viceversa: la exégesis espiritual no<br />

siempre corresponde a la intención y la voluntad reveladora <strong>del</strong> Espíritu<br />

Santo.<br />

Sin embargo, la exégesis literal de los textos bíblicos no está exenta de<br />

riesgos, equivocaciones e imprecisiones, inclusive graves. Por ejemplo,<br />

un error hermenéutico fundamental puede darse, según Belarmino,<br />

cuando se quiere interpretar de modo figurado algo que, de lo contrario,<br />

debe entenderse de modo simple, como en el caso de la frase<br />

pronunciada por Jesús: ‘este es el cuerpo’, que ha sido entendida por los<br />

reformados, y en particular por Zwinglio, en <strong>sentido</strong> figurado. En todo<br />

caso, todos convergen – católicos y reformados – en la idea de que <strong>las</strong><br />

Escrituras deben ser comprendidas en el espíritu en el cual han sido<br />

escritas, es decir, en cuanto revelaciones auténticas <strong>del</strong> Espíritu Santo,<br />

por lo tanto no deben interpretarse según <strong>las</strong> propias capacidades<br />

intelectivas, sino más bien según la inspiración <strong>del</strong> Espíritu Santo.<br />

¿Y quién puede discernir el querer <strong>del</strong> Espíritu? La cuestión es resuelta<br />

por el jesuita en perfecta coherencia con los decretos <strong>del</strong> tridentino,<br />

atribuyendo a la Iglesia el rol de juez último en la interpretación bíblica,<br />

una Iglesia institucional constituida por el “Pontífice unido con el Concilio<br />

de los obispos”. Esta determinación de <strong>las</strong> Escrituras, en cuanto<br />

revelación <strong>del</strong> Espíritu, implica tanto la palabra divina inscrita en la Biblia,<br />

como aquella no escrita, es decir, la tradición de la Iglesia. No parece ser<br />

suficiente una Escritura sin una tradición que la encarne constantemente.<br />

La misma Iglesia Romana, en cuanto autoridad última para otorgar<br />

veracidad a la revelación divina, no ofrece una auténtica interpretación<br />

bíblica sin la garantía de la tradición. Garantía y no auxilio, porque la<br />

Iglesia es representante de la misma tradición cristiana. Esto es para<br />

Belarmino el motivo principal por el cual la Iglesia no incurre en error, ni<br />

siquiera en <strong>las</strong> materias que no se refieren estrictamente a la fe,<br />

representando, de hecho, no una institución fundada por hombres sino<br />

por Dios, una institución querida por Dios.

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