08.11.2014 Views

JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Julio De Zan<br />

todos los seres humanos (por ejemplo normas en conexión con el aborto, la<br />

eutanasia, la pornografía, etc.). Los conflictos se plantean si, por ejemplo,<br />

“lo que una parte juzga ser un asunto moral, otra parte lo considerar como<br />

meramente pragmático, como una cuestión de valores abierta a la elección;<br />

también puede acontecer que los oponentes estén de acuerdo acerca de<br />

la naturaleza del asunto, pero disientan con respecto a la respuesta moralmente<br />

correcta... Estos tipos de desacuerdos se derivan por lo común de<br />

diferentes ‘concepciones generales y comprensivas de lo moral’ para tomar<br />

prestada una expresión de Rawls 30 . Por ejemplo los miembros de diferentes<br />

comunidades religiosas pueden tener concepciones del significado y el valor<br />

de la vida humana que difieren de los de alguna otra y de las concepciones<br />

de las comunidades interpretativas secularizadas… Es razonable pensar que<br />

los desacuerdos de este tipo serán un rasgo permanente de la vida pública<br />

democrática” (p. 67). Pero es evidente que, dado su carácter moral, los desacuerdos<br />

de este otro tipo ya no se pueden resolver, y ni siquiera plantear en<br />

términos de negociación, o de compromisos estratégicos. Es decir que en<br />

estos casos ya no nos puede ayudar el discurso en ninguna de sus formas.<br />

Tenemos que contar por lo tanto con que estos desacuerdos morales dividirán<br />

de manera permanente a la sociedad, pero no obstante, en el marco<br />

del estado democrático de derecho, tampoco los desacuerdos insolubles de<br />

este tipo deberían llevar a la confrontación violenta porque, en la medida<br />

en que las decisiones colectivas apoyadas por la mayoría se han tomado<br />

conforme a los procedimientos democráticos, se deberían considerar como<br />

legítimas, aunque no estemos de acuerdo con las mismas y, llegado el caso,<br />

podemos interponer una objeción de conciencia para negarles obediencia.<br />

Ninguna de estas consideraciones representa una novedad en la teoría<br />

política. Se considera necesario tenerlas en cuenta aquí solamente para<br />

mostrar que, si consideramos a la concepción habermasiana del discurso<br />

práctico como demasiado restrictiva para servir como un modelo, incluso<br />

como un modelo ideal de la formación racional de la voluntad común y de<br />

la toma de decisiones colectivas en la esfera pública democrática, y tenemos<br />

que abandonar este modelo, esto no abre las puertas a la violencia,<br />

abierta o encubierta, porque hay otras alternativas a la coerción, que han<br />

sido experimentadas como viables, más allá las nociones de compromiso<br />

negociado y de consenso racional. Son formas de acuerdo razonado entre<br />

personas libres e iguales, que están motivadas por buenas razones, pero<br />

siguen vías diferentes de la concepción fuerte de la argumentación que<br />

sostiene Habermas. La convivencia pacífica en el contexto de este tipo de<br />

desacuerdos morales presupone sin embargo el abandono del dogmatismo<br />

y la conciencia falibilista frente a las propias convicciones.<br />

30<br />

Rawls, John: “The Idea of Overlapping Consensus”, Journal of Legal Studies, 7, Oxford,<br />

1987, pp. 1-25.<br />

559

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!