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JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

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Conflictos de valores y de intereses. Dos límites de la ética del discurso<br />

Eichmann no eran enteramente insinceras, ni meras expresiones de cinismo<br />

cuando declaró, citando a Kant, que en sus contribuciones decisivas al<br />

genocidio judío había actuado “solamente por deber, y no por inclinación”,<br />

y que para cumplir con su deber de funcionario de la nación alemana debió<br />

reprimir sus propios sentimientos morales de simpatía por las víctimas 18 .<br />

Este es el tipo de conflictos morales que quisiera dejar planteados, para los<br />

cuales no hay reglas, porque no son las situaciones normales y no puede<br />

haber normas para los casos excepcionales. No obstante, en el caso de<br />

Eichmann, como en el de la obediencia debida invocada por los criminales<br />

de la dictadura militar en Argentina, es claro que se trata de pseudodilemas<br />

morales que pueden ser y han sido desenmascarados. Pero en el caso de<br />

auténticos conflictos de valores morales el discurso se tiene que limitar a<br />

sopesar las razones en pro y en contra, para callar luego finalmente y dejar<br />

lugar a la reflexión moral de la conciencia personal de quien ha de tomar<br />

el riesgo de la decisión y cargar sobre sus espaldas la responsabilidad de<br />

la acción. En otro lugar, refiriéndome al juicio de los jueces (la sentencia),<br />

escribía lo siguiente:<br />

“La exigencia hermenéutica de la comprensión diálogo de las tradiciones, y<br />

la teoría intersubjetiva de la justificación racional mediante procedimientos<br />

discursivos de argumentación racional, no pueden eliminar sin embargo (ni<br />

lo pretenden) el momento personalísimo de recogimiento y de soledad de<br />

la decisión del sujeto responsable. Después de haber escuchado y confrontado<br />

todos los argumentos en pro y en contra de un determinado curso<br />

de acción, puede ser que subsistan desacuerdos más o menos amplios y<br />

profundos, y sin embargo no se puede prolongar el debate y hay que tomar<br />

la decisión en condiciones de incertidumbre. La teoría de las decisiones<br />

racionales ofrece modelos matemáticos para el cálculo de posibilidades<br />

de la decisión más correcta, pero no obstante la enorme simplificación del<br />

concepto de racionalidad con el que trabaja esta teoría, no logra eliminar la<br />

incertidumbre. En algunos casos la democracia prevé el recurso al principio<br />

de la mayoría. Pero en las decisiones del poder ejecutivo y de los jueces<br />

(así como en tantos otros casos de la vida cotidiana) el responsable tiene<br />

que decidir finalmente “en solitario”... En el momento final de la sentencia,<br />

después que se han escuchado todos los argumentos jurídicos de los abogados<br />

de y de la fiscalía, cuando todo el proceso está terminado, queda el<br />

espacio de la reflexión personal del juez, y en este lugar el derecho mismo<br />

también enmudece. En los casos difíciles puede haber buenas razones de<br />

ambas partes (toda una biblioteca jurídica a cada lado, como suele decirse)…<br />

En ese momento culminante, después que se han agotado la discusión<br />

y el consejo, toda persona que tiene que tomar decisiones importantes<br />

y difíciles que afectan a otros, queda sola con su conciencia, y no puede<br />

18<br />

Arendt, H.: Eichmann en Jerusalén, Barcelona, 1999, p. 206-209.<br />

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