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JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

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Julio De Zan<br />

lucha por el reconocimiento no solo contribuye a la reproducción del elemento<br />

espiritual [o moral] de la sociedad civil, sino que también actúa en el<br />

sentido de un empuje normativo innovador, hacia el desarrollo del derecho<br />

en su conformación interna” 8 , es decir: hacia el reconocimiento de nuevos<br />

derechos, o de nuevos y más exigentes reclamos de justicia. Por eso las<br />

luchas sociales por el reconocimiento siguen siendo un motor irremplazable<br />

del progreso moral y de la regeneración de las instituciones.<br />

2. Conflictos de valores<br />

La cuestión de los límites con los que se encuentra la ED en la aplicación<br />

de su procedimiento de fundamentación de las normas morales vinculantes<br />

ha sido expresamente tratada por los creadores de esta teoría ética, especialmente<br />

por K.-O. Apel, y ha llevado a este autor a enunciar un nuevo<br />

principio moral que es el principio de responsabilidad, el cual se ha de tener<br />

en cuenta especialmente en las situaciones en las que no es posible actuar<br />

comunicativamente sin poner en riesgo los legítimos intereses de las comunidades,<br />

grupos sociales o políticos a los que nos debemos, o los sistemas<br />

de autoafirmación de los que somos responsables. No diré nada más sobre<br />

este planteamiento importante y bien conocido de Apel, sino que me quiero<br />

referir a otras situaciones en las que se puede presuponer la voluntad de<br />

los interlocutores de resolver discursivamente sus diferencias y conflictos,<br />

pero nos encontramos sin embargo con que la naturaleza misma de las diferencias<br />

hacen muy difícil o imposible el éxito de este procedimiento moral,<br />

como ocurre en los conflictos de valores y de intereses.<br />

La ED entiende los valores como constituyentes del ethos histórico de una<br />

cultura, o de una forma de vida particular. A diferencia de los principios<br />

morales, los valores éticos, así comprendidos, no plantean una pretensión<br />

de validez universal, y en este plano de la eticidad concreta, o simplemente<br />

de la “ética”, en cuanto diferente de la moral, no es posible un discurso en<br />

sentido estricto porque los enunciados valorativos se apoyan en un trasfondo<br />

de creencias y actitudes que no se pueden objetivar mediante enunciados<br />

y argumentos racionales. Es posible sin embargo todavía un cierto<br />

tipo de discurso en el interior de las comunidades o grupos sociales que se<br />

identifican con un ethos y una comprensión común de los valores, pero la<br />

pretensión de validez de estos discursos sobre la interpretación y la validez<br />

de ciertos valores, por ej., o sobre el juicio moral que merecen determinadas<br />

formas de obrar, etc. queda limitada al ámbito de los miembros de esa<br />

comunidad. En esta situación el discurso se encuentra con un límite para<br />

contribuir a la solución de uno de los problemas centrales de las sociedades<br />

actuales, que está dado por el pluralismo de los valores y la diferencia de<br />

las formas de vida de diferentes culturas y grupos humanos que conviven<br />

8<br />

Axel Honneth, ob. cit., p. 66.<br />

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