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JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

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Alberto Damiani<br />

5. Normas morales y principios éticos<br />

El examen del caso propuesto por Constant nos permitió advertir más arriba<br />

que el conflicto entre obligaciones morales concretas solo surge bajo ciertas<br />

circunstancias fácticas y es, por lo tanto, a posteriori. Como es sabido,<br />

la ética convergente formulada por Ricardo Maliandi afirma una conflictividad<br />

a priori entre principios éticos. Su propuesta, por tanto, no se refiere al<br />

tercer nivel de conflictividad entre obligaciones concretas, entre las normas<br />

situacionales o las máximas materiales, sino a lo que hemos denominado<br />

cuarto nivel de conflictividad. El recurso utilizado por Maliandi para sostener<br />

el carácter a priori del conflicto ético, consiste en ubicarlo en el plano<br />

de los principios, esto es los principios cardinales formulados por la ética<br />

convergente: universalidad/individualidad, conservación/realización. Podría<br />

pensarse que este recurso salva a la ética convergente de la inconsistencia<br />

de afirmar, por un lado, “el a priori de la conflictividad” en el plano de los<br />

principios y de reconocer, por el otro, que los conflictos entre obligaciones<br />

morales concretas dependen de las circunstancias, esto es que son a<br />

posteriori. Mediante este recurso al conflicto entre principios podría comprenderse<br />

que el conflicto normativo del que habla la ética convergente no<br />

es un conflicto entre obligaciones morales concretas, como la obligación<br />

de sinceridad y la de salvar la vida del prójimo, sino entre principios éticos,<br />

tales como los principios de universalización y de individualización, de conservación<br />

y de realización. De esa manera, quedaría claro que aunque el<br />

conflicto entre máximas morales es a posteriori, el conflicto entre principios<br />

éticos sería a priori.<br />

Ya hemos examinado más arriba el conflicto entre ley e inclinación y el conflicto<br />

entre normas morales concretas. Detengámonos ahora en la idea un<br />

conflicto entre principios éticos y consideremos la mencionada tesis de Maliandi,<br />

según la cual este conflicto es a priori. Una observación que quisiera<br />

hacer sobre esta tesis consiste en advertir que la misma parece ubicar el<br />

conflicto normativo en un nivel de abstracción difícil de asir. Los principios<br />

de universalización e individualización serían algo así como modos de una<br />

obligatoriedad abstracta. Sin embargo en cuanto la ética convergente se<br />

considera como un “paradigma de aplicabilidad” superador de otros, parece<br />

que tiene que ocuparse del conflicto entre obligaciones morales con un<br />

contenido determinado. Quienes intentan aplicar normas morales para solucionar<br />

problemas concretos tratan directamente con obligaciones morales,<br />

normas situacionales o máximas. En este punto se muestran las dificultades<br />

de la postulada distinción entre el conflicto a posteriori de las obligaciones<br />

morales y el presunto conflicto a priori de los principios. Esas dificultades<br />

se advierten tan pronto como se intenta responder las siguientes preguntas:<br />

¿Pueden, acaso, los “principios”, postulados por la ética convergente,<br />

estar en conflicto sin que entren en conflicto obligaciones morales? ¿Para<br />

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