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JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

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Las condiciones fácticas del conflicto normativo<br />

allí donde el cumplimiento de una obligación no implica el incumplimiento<br />

de otra. Esta relevancia del conflicto entre ley e inclinación puede pensarse<br />

en dos planos. En primer lugar, el plano de la relevancia práctica que tiene<br />

la norma para el agente, esto es, para quien considera la norma como moralmente<br />

obligatoria y, en segundo lugar, el plano de la relevancia filosófica<br />

que la norma tiene para quien acomete la tarea de intentar fundamentar<br />

racionalmente su validez.<br />

Quisiera sostener entonces que pueden distinguirse dos tipos de conflictos<br />

morales. El primero se refiere a un conflicto entre normas morales bajo ciertas<br />

circunstancias, el segundo al conflicto entre una norma moral y un interés<br />

egoísta. Para retomar el ejemplo ofrecido por Constant, hay muchas situaciones<br />

en las que la obligación de ser sinceros no entra en conflicto con<br />

ninguna otra obligación moral. La pregunta es entonces si la fuerza normativa<br />

de esa obligación se conserva aún en esas situaciones. Para plantear<br />

claramente esta pregunta e intentar responderla creo que es conveniente<br />

hacer abstracción de los casos excepcionales del mentiroso compulsivo y<br />

del que miente sin motivo, y concentrarse en situaciones no excepcionales<br />

en las que la obligación de sinceridad no entra en conflicto con ninguna<br />

otra. Para concentrarnos en estos casos parece necesario limitarnos al segundo<br />

nivel de conflictividad que hemos distinguido más arriba. Además de<br />

conflictos de intereses y conflictos entre normas morales, existen conflictos<br />

entre intereses y normas morales. De hecho este último tipo de conflictos<br />

parece ser el más común tanto para el agente que debe cumplir sus obligaciones<br />

contra sus intereses, como para el filósofo que intenta justificar<br />

racionalmente la obligatoriedad de ese deber moral.<br />

Es cierto que importantes propuestas de ética normativa se han concentrado<br />

exclusivamente en el conflicto entre ley moral e inclinación y han negado<br />

la posibilidad de un conflicto entre obligaciones morales. Pensemos, por<br />

ejemplo en el caso del rigorismo kantiano. La atención a los conflictos entre<br />

normas morales permite iluminar aspectos del fenómeno moral que han<br />

sido descuidados por ese tipo de propuestas. Sin embargo, cabe destacar<br />

que hay casos éticamente relevantes en los cuales la obligación de decir<br />

la verdad no se encuentra en conflicto con ninguna otra, casos en que la<br />

ocurrencia de mentir se encuentra motivada no ya por el cumplimiento de<br />

otra norma moral, sino por un interés egoísta. Aun en aquellos casos en que<br />

no hay conflicto entre obligaciones morales, puede haber un conflicto entre<br />

la obligación de sinceridad y la conveniencia de mentir, en términos kantianos:<br />

entre la obligación moral y la inclinación. Estos casos son relevantes<br />

tanto para el agente que se debate entre la ley y la inclinación, como para<br />

el filósofo que se propone encontrar las razones que justifican el carácter<br />

vinculante de la ley para ese agente.<br />

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