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JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

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Multimedia y conflictividad<br />

como modo de ejercer la libertad de expresión para quienes tienen vedados<br />

los medios de comunicación y como último recurso para salir de situaciones<br />

de injusticia legal, para ejercer y reivindicar derechos fundamentales.<br />

De este modo se puede ejercer influencia sobre el sistema político para<br />

que atienda sus reclamos, fundándose en derechos fundamentales y en<br />

principios de justicia 27 .<br />

Justamente, el modo en que los movimientos sociales de trabajadores desocupados<br />

accedieron en nuestro país a la libertad de expresión fue a través<br />

de diferentes manifestaciones de protesta, al extremo de tener que ejercer<br />

la desobediencia civil mediante la realización de cortes de rutas. Fue esa<br />

metodología la que les permitió, a quienes fueron privados de ejercer la<br />

póiesis a través del empleo asalariado, ejercer la praxis accediendo a un<br />

espacio público en el cual su presencia estaba vedada. De esta manera,<br />

al mismo tiempo, ampliaron el espacio público, limitado cada vez más a la<br />

agenda que fijaran los medios de comunicación al servicio de los grupos<br />

concentrados de la economía. Diferentes sectores de la población “excedente”,<br />

superfluizada por la ideología del mercado autorregulado, lograron<br />

erigirse en nuevos sujetos sociales con capacidad política para interpelar a<br />

sus conciudadanos y reclamar a los gobiernos 28 .<br />

Y fue precisamente la presentación judicial que realizara Miguel Julio Rodríguez<br />

Villafañe, representante letrado de la radio comunitaria La Ranchada,<br />

organización civil emergente de esos movimientos sociales la que logró que<br />

la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo del año 2003, declarara<br />

inconstitucional el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión que impedía<br />

tener licencias de radiodifusión a las organizaciones sociales sin fines de<br />

lucro 29 . En el año 2006 el Congreso de la Nación sancionó la ley correspondiente<br />

(Ley 26.053), pero en un contexto de asimetría flagrante, prolongada<br />

incomprensiblemente por el mismo gobierno democrático que estaba recuperando<br />

la capacidad del Estado para revertir las políticas del Consenso de<br />

Washington, en alianza con movimientos sociales.<br />

Efectivamente, en el año 2005 Néstor Kirchner y su gabinete sancionaron<br />

el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº527, de dudosa constitucionalidad.<br />

Nos interesa llamar la atención porque ese decreto pretexta la excepcionalidad<br />

para prorrogar por diez años más (además de los 15, más los 10<br />

27<br />

Cf. Facticidad y validez, p. 464.<br />

28<br />

Al respecto nos referimos en “Sobre la violencia estructural, John Rawls y la desobediencia<br />

no-violenta”. En: Revista Marplatense de Filosofía Agora Philosophica, Año IV, Nº 8, 2003.<br />

29<br />

Miguel Julio Rodríguez Villafañe es Presidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho<br />

de la Información y de la Comunicación (AIDIC). Ex juez federal, renunció a la magistratura en<br />

el momento de indultarse al genocida Luciano Benjamín Menéndez.<br />

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