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JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

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Conflictividad y convergencia en el Derecho<br />

La dimensión F (fundamentadora) es portadora de la exigencia más elemental,<br />

más primitiva. Permite descubrir la necesidad de resolver los conflictos<br />

y, de no poder resolverlos, al menos regularlos. Para ella los conflictos<br />

expresan lo irracional y hay que hacerlos desaparecer. Busca fundamentos<br />

para despejar dudas y está orientada a la praxis con una esencial<br />

demanda de armonía que sin embargo es compatible con la comprobación<br />

de que conflictos siempre los habrá 36 . La dimensión K (crítica) implica un<br />

salto cualitativo de la razón, al admitir la conflictividad, advertir que hay estructuras<br />

conflictivas básicas insuprimibles y reconocer la inevitabilidad de<br />

los conflictos. En esa tesitura, plantea dudas para descartar lo que no sea<br />

suficientemente firme 37 . Las operaciones de la razón en una sola dimensión<br />

representan un uso “unilateral” de la misma que, siendo impropio, provoca<br />

graves deformaciones y extremismos.<br />

La conflictividad exhibe una doble estructura: sincrónica y diacrónica. En la<br />

estructura sincrónica la dimensión fundamentadora (F) exhibe el principio<br />

de Universalidad (U)) y dimensión crítica (K) el de individualización (I). En la<br />

diacrónica, la primera el principio de conservación (C) y la segunda el de<br />

realización (R). Dado que la bidimensionalidad de la razón es en si misma<br />

conflictiva, se produce un complejo entramado de oposiciones entre los<br />

principios cardinales de modo que pueden darse no solo entre U-I y C-R<br />

sino también entre U-R, I-C, I-R y U-C. El mundo moral no es por cierto un<br />

oasis, pero existe la posibilidad de una compatibilización convergente de<br />

los principios en pugna 38 .<br />

El reconocimiento de la conflictividad como rasgo esencial del “ethos” induce<br />

a desconocer la posibilidad de fundamentación de la ética. La convergencia<br />

propuesta por el autor intenta, por lo contrario, una fundamentación<br />

“fuerte” que superando el rigorismo kantiano, el intuicionismo hartmanniano<br />

y el monismo de la ética discursiva, reconvenga relativismos y escepticismos<br />

éticos contemporáneos introduciendo la tematización de la conflictividad<br />

39 en la ética discursiva. Y es que conflictividad y fundamentabilidad<br />

también son compatibles.<br />

Lo “malo” puede entenderse como aquello que se opone a un principio<br />

reconocido, pero ocurre que algo malo desde el ángulo de la universalidad<br />

puede ser bueno o neutro desde la individualidad (o viceversa); algo bueno<br />

desde el ángulo de las mutaciones puede ser malo desde la permanencia<br />

36<br />

Volver a la razón, Biblos, págs. 22, 23, 24, 38.<br />

37<br />

Ob. cit., 21.<br />

38<br />

Dilemas y convergencias, 194.<br />

39<br />

Ob. cit., 192/3.<br />

620

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