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JORNADAS NACIONALES DE ÉTICA 2009 - UCES

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Luis Aníbal Maggio<br />

determinado procedimiento, desempeñando una posición especial, logre<br />

consecuencias?, interroga. Las normas no pueden ser formuladas fuera de<br />

un contexto real pues el poder de juicio moral se basa en la prudencia y es<br />

insuficiente para fijar un catálogo de reglas universales.<br />

La “Teoría de la convergencia”, que propicia, se sostiene en los “tres pilares”<br />

del discurso normativo: los principios de: argumentación, consenso y<br />

falibilidad. Con relación a la verdad, trata de conciliar la teoría del consenso<br />

y la tradicional teoría de la “correspondencia” (“adequatio rei et intellectu”).<br />

Los principios de argumentación y consenso lo llevan al punto de vista procesal<br />

y a no poder separar la verdad de la intersubjetividad, pero haciendo<br />

uso “pro domo sua” del principio de falibidadad (falsación) popperiano, establece<br />

que ningún consenso es definitivo, ya que cada afirmación, cada<br />

conclusión, cada argumento es esencialmente corregible, salvo el principio<br />

mismo del consenso.<br />

Las reglas vacías del discurso nada dicen sobre qué o cómo debemos<br />

proceder; el consenso por el consenso mismo es como el barón de Munchausen<br />

y el método de la falsación, si solo está meramente interesado<br />

en descubrir errores, no puede asegurar que algo sea justo o qué son las<br />

buenas costumbres porque lo que importa y se necesita es fundamentar<br />

lo que sin duda es injusto y decididamente inmoral. El concepto de que<br />

ninguna fundamentación es definitiva es aceptable en la reflexión filosófica,<br />

pero no en el discurso porque impediría toda posibilidad de entendimiento.<br />

Se hace necesario entonces la inducción hasta llegar a una saturación de<br />

argumentos 18 . Por esa vía, muchos sujetos independientes entre sí pueden<br />

alcanzar con relación al mismo asunto “conocimientos convergentes”<br />

(“convergencia de la verdad”), objetivos, un consenso fundamental sobre<br />

valores básicos. El medio más importante para la confirmación de lo objetivo<br />

es el consenso, pero el fundamento no es el consenso obtenido en<br />

forma ideal, sino la convergencia, que no es “acumulación de opiniones<br />

subjetivas, una especie de opinión dominante, sino la ordenación de diversos<br />

conocimientos, procedentes de distintos sujetos e independientes entre<br />

sí, del mismo ente” 19 . Se da así una “falibilidad pragmática” que exige en el<br />

punto de convergencia de las opiniones falibles un “conocimiento objetivo”<br />

(no “sustancial”). “Consenso como fuente del Derecho justo, Derecho justo<br />

como límite del consenso”.<br />

Kaufman interroga si la ética de Apel ofrece algún consejo, llamamiento o<br />

ejemplo ante los problemas éticos actuales como energía nuclear, bioética<br />

o genética; a su entender, otras éticas como las de Hans Jonas y Jean<br />

18<br />

Sobre el concepto de saturación, cfr. Alexy, ob. cit., 338, 389.<br />

19<br />

Ob. cit., pág. 57.<br />

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