PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL ZINACANTEPEC
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Ayuntamiento Constitucional de Zinacantepec<br />
Plan de Desarrollo Municipal 2009-2012<br />
MARCO JURÍCO<br />
Las bases jurídicas que legislan la planeación municipal y dan lugar a la<br />
elaboración del Plan de Desarrollo Municipal de Zinacantepec 2009-2012 se<br />
enmarcan en las premisas del Sistema Nacional de Planeación Democrática que<br />
plantea la coordinación y correspondencia de los tres niveles de gobierno en<br />
cuanto a los instrumentos que deben garantizar el desarrollo armónico de los<br />
ámbitos federal, estatal y municipal; con una visión a largo plazo y una<br />
consecución de esfuerzos compartidos; donde los distintos sectores sean actores<br />
en la construcción de nuestra sociedad.<br />
En este contexto el Plan de Desarrollo Municipal de Zinacantepec se elabora con<br />
fundamento en la siguiente legislación:<br />
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que se consagra<br />
en el artículo 25, que “corresponde al Estado, La Rectoría del Desarrollo Nacional,<br />
para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de<br />
la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento<br />
económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza,<br />
permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y<br />
clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución” . El artículo 26<br />
establece que “El Estado organizará un sistema de planeación democrática del<br />
desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al<br />
crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política,<br />
social y cultural de la Nación… La planeación será democrática. Mediante la<br />
participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y<br />
demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo”<br />
Además en su artículo 134, establece que, “Los recursos económicos de que<br />
dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los<br />
órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se<br />
administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para<br />
satisfacer los objetivos a los que estén destinados.<br />
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que en su<br />
artículo 139 establece que “El Sistema Estatal de Planeación Democrática se<br />
integrará por los planes y programas que formulan las autoridades estatales y<br />
municipales, con la participación de la sociedad, para el desarrollo de la Entidad”.<br />
Además dispone que, “Los planes, programas y acciones que formulen y ejecuten<br />
los ayuntamientos en las materias de su competencia, se sujetarán a las<br />
disposiciones legales aplicables y serán congruentes con los planes y programas<br />
federales, estatales, regionales y metropolitanos, en su caso”.<br />
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