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PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL ZINACANTEPEC

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Ayuntamiento Constitucional de Zinacantepec<br />

Plan de Desarrollo Municipal 2009-2012<br />

MARCO JURÍCO<br />

Las bases jurídicas que legislan la planeación municipal y dan lugar a la<br />

elaboración del Plan de Desarrollo Municipal de Zinacantepec 2009-2012 se<br />

enmarcan en las premisas del Sistema Nacional de Planeación Democrática que<br />

plantea la coordinación y correspondencia de los tres niveles de gobierno en<br />

cuanto a los instrumentos que deben garantizar el desarrollo armónico de los<br />

ámbitos federal, estatal y municipal; con una visión a largo plazo y una<br />

consecución de esfuerzos compartidos; donde los distintos sectores sean actores<br />

en la construcción de nuestra sociedad.<br />

En este contexto el Plan de Desarrollo Municipal de Zinacantepec se elabora con<br />

fundamento en la siguiente legislación:<br />

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que se consagra<br />

en el artículo 25, que “corresponde al Estado, La Rectoría del Desarrollo Nacional,<br />

para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de<br />

la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento<br />

económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza,<br />

permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y<br />

clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución” . El artículo 26<br />

establece que “El Estado organizará un sistema de planeación democrática del<br />

desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al<br />

crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política,<br />

social y cultural de la Nación… La planeación será democrática. Mediante la<br />

participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y<br />

demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo”<br />

Además en su artículo 134, establece que, “Los recursos económicos de que<br />

dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los<br />

órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se<br />

administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para<br />

satisfacer los objetivos a los que estén destinados.<br />

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que en su<br />

artículo 139 establece que “El Sistema Estatal de Planeación Democrática se<br />

integrará por los planes y programas que formulan las autoridades estatales y<br />

municipales, con la participación de la sociedad, para el desarrollo de la Entidad”.<br />

Además dispone que, “Los planes, programas y acciones que formulen y ejecuten<br />

los ayuntamientos en las materias de su competencia, se sujetarán a las<br />

disposiciones legales aplicables y serán congruentes con los planes y programas<br />

federales, estatales, regionales y metropolitanos, en su caso”.<br />

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