BIZKAIKO ALDIZKARI OFIZIALA BOLETIN OFICIAL DE BIZKAIA - Fruiz
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BAO. 38. zk. 2009, otsailak 25. Asteazkena — 98 — BOB núm. 38. Miércoles, 25 de febrero de 2009<br />
Contra esta Resolución se podrá interponer Reclamación Previa<br />
ante el órgano que dictó Resolución, en el plazo de 30 días contados<br />
a partir del siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial<br />
de Bizkaia», según lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto<br />
Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto<br />
Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.<br />
En Bilbao, a 10 de febrero de 2009.<br />
(IV-323)<br />
•<br />
EDICTO<br />
Don Jesús María Martínez Fernández, Director Provincial del Instituto<br />
Nacional de la Seguridad Social en Vizcaya.<br />
Hace saber: Que habiendo resultado infructuoso el<br />
intento de notificación de una Resolución sobre prestaciones indebidamente<br />
percibidas por doña Julia Martínez Morales, en cumplimiento<br />
de lo establecido en el artículo 61 de la Ley de Régimen<br />
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo<br />
Común de 26 de noviembre de 1992.<br />
RESUELVE:<br />
Declarar indebidamente percibida una prestación del Sistema<br />
de Seguridad Social, por doña Julia Martínez Morales con N.I.F.<br />
72242753.<br />
Para conocimiento íntegro de la mencionada resolución, los<br />
interesados podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles<br />
(artículo 58,2 Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas<br />
y del Procedimiento Administrativo Común), contados desde<br />
el día siguiente al de esta publicación, en la Dirección Provincial<br />
del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Vizcaya, sita en la<br />
calle Gran Vía, 89 de Bilbao.<br />
Contra esta Resolución se podrá interponer Reclamación Previa<br />
ante el órgano que dictó Resolución, en el plazo de 30 días contados<br />
a partir del siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial<br />
de Bizkaia», según lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto<br />
Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto<br />
Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.<br />
En Bilbao, a 10 de febrero de 2009.<br />
(IV-324)<br />
•<br />
EDICTO<br />
Don Jesús María Martínez Fernández, Director Provincial del Instituto<br />
Nacional de la Seguridad Social en Vizcaya.<br />
Hace saber: Que habiendo resultado infructuoso el<br />
intento de notificación de una Resolución sobre prestaciones indebidamente<br />
percibidas por don Jesús Leal Vidal, en cumplimiento<br />
de lo establecido en el artículo 61 de la Ley de Régimen Jurídico<br />
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo<br />
Común de 26 de noviembre de 1992.<br />
RESUELVE:<br />
Declarar indebidamente percibida una prestación del Sistema<br />
de Seguridad Social, por don Jesús Leal Vidal con N.I.F. 34555808.<br />
Para conocimiento íntegro de la mencionada resolución, los<br />
interesados podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles<br />
(artículo 58,2 Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas<br />
y del Procedimiento Administrativo Común), contados desde<br />
el día siguiente al de esta publicación, en la Dirección Provincial<br />
del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Vizcaya, sita en la<br />
calle Gran Vía, 89 de Bilbao.<br />
Contra esta Resolución se podrá interponer Reclamación Previa<br />
ante el órgano que dictó Resolución, en el plazo de 30 días contados<br />
a partir del siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial<br />
de Bizkaia», según lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto<br />
Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto<br />
Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.<br />
En Bilbao, a 10 de febrero de 2009.<br />
(IV-325)<br />
EDICTO<br />
Don Jesús María Martínez Fernández, Director Provincial del Instituto<br />
Nacional de la Seguridad Social en Vizcaya.<br />
Hace saber: Que habiendo resultado infructuoso el<br />
intento de notificación de una Resolución sobre prestaciones indebidamente<br />
percibidas por doña Celia Lantarón Gutiérrez, en cumplimiento<br />
de lo establecido en el artículo 61 de la Ley de Régimen<br />
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo<br />
Común de 26 de noviembre de 1992.<br />
RESUELVE:<br />
Declarar indebidamente percibida una prestación del Sistema<br />
de Seguridad Social, por doña Celia Lantarón Gutiérrez con N.I.F.<br />
14441959.<br />
Para conocimiento íntegro de la mencionada resolución, los<br />
interesados podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles<br />
(artículo 58,2 Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas<br />
y del Procedimiento Administrativo Común), contados desde<br />
el día siguiente al de esta publicación, en la Dirección Provincial<br />
del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Vizcaya, sita en la<br />
calle Gran Vía, 89 de Bilbao.<br />
Contra esta Resolución se podrá interponer Reclamación Previa<br />
ante el órgano que dictó Resolución, en el plazo de 30 días contados<br />
a partir del siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial<br />
de Bizkaia», según lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto<br />
Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto<br />
Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.<br />
En Bilbao, a 10 de febrero de 2009.<br />
(IV-326)<br />
•<br />
EDICTO<br />
Don Jesús María Martínez Fernández, Director Provincial del Instituto<br />
Nacional de la Seguridad Social en Vizcaya.<br />
Hace saber: Que en esta Dirección Provincial se han<br />
seguido actuaciones según expediente 08/1171 en materia de descuentos<br />
indebidos de Incapacidad, relativas a la empresa «Antakoa<br />
Construcciones, S.L.» con C.C.C. 48/1.090.761/55 en las que<br />
se ha dictado resolución con fecha 14 de noviembre de 2008. Su<br />
encabezamiento y parte dispositiva indica:<br />
Con fecha 21 de agosto de 2008 se le comunicó la existencia<br />
de diferencias existentes entre los importes que han sido objeto<br />
de deducción por compensación en las liquidaciones practicadas<br />
en las cotización y los datos obrantes en este Instituto, correspondientes<br />
al abono en pago delegado de un proceso de incapacidad<br />
temporal (IT) de diciembre de 2007, diferencia que deberá<br />
liquidar a favor de esta Entidad Gestora.<br />
Dado que ha resultado fallido el intento de notificación de la<br />
resolución arriba indicada y para que sirva de tal notificación a la<br />
empresa, con último domicilio conocido en la localidad de Barakaldo<br />
y al amparo del artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre,<br />
de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento<br />
administrativo común, se expide el presente edicto para<br />
su inserción en el Boletín oficial de Vizcaya y del Ayuntamiento de<br />
Barakaldo.<br />
En Bilbao, a 5 de febrero de 2009.<br />
(IV-327)<br />
•<br />
EDICTO<br />
Don Jesús María Martínez Fernández, Director Provincial del Instituto<br />
Nacional de la Seguridad Social en Vizcaya.<br />
Hace saber: Que en esta Dirección Provincial se siguen<br />
actuaciones, en materia de prestaciones del sistema de la Seguridad<br />
Social, relativas a don Francisco Javier Carrasco Lajas.<br />
Que ha resultado infructuoso el intento de notificación de un<br />
acto del procedimiento, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley<br />
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-