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Informe Aldo González.pdf - Concurso Publico TDLC

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Efectos Competitivos del Aumento en la Concentración en el<br />

Mercado de la Venta de Alimentos al Detalle.<br />

Un Análisis Conceptual<br />

<strong>Aldo</strong> <strong>González</strong> 1<br />

1 Departamento de Economía, Universidad de Chile. Email: agonzalez@econ.uchile.cl.<br />

Este informe fue preparado a solicitud de la Fiscalía Nacional Económica<br />

1


1. Introducción<br />

El presente informe tiene como propósito realizar un análisis de los efectos competitivos<br />

que los incrementos en la concentración de la industria supermercadista, por la vía de las<br />

compras y fusiones pueden tener en dicho mercado. El trabajo se enfoca en el impacto que<br />

dichas fusiones tendrían en los consumidores, por esta razón las relaciones verticales entre<br />

productores y cadenas distribuidoras no son abordadas directamente, salvo en aquellos<br />

ámbitos donde tengan incidencia en el bienestar del consumidor. Como punto de partida de<br />

este trabajo, se ha empleado el requerimiento realizado por la Fiscalía Nacional Económica<br />

en contra de D&S y Cencosud por restricciones a la competencia.<br />

El informe se estructura de la siguiente forma: luego de la introducción, en la sección 2 se<br />

realiza una síntesis de la importancia de controlar las fusiones, en particular en el mercado<br />

de la venta al detalle. La sección 3 realiza una descripción de los principales cambios<br />

ocurridos en esta industria en nuestro país. La sección 4 presenta los principales criterios<br />

empleados, a nivel internacional, para determinar el mercado relevante, que es donde se<br />

debieran medir los efectos de una fusión. La sección 5 presenta una discusión sobre las<br />

potenciales ganancias de eficiencia que se derivarían de una fusión y su plausibilidad de<br />

ocurrencia e impacto en el bienestar de los consumidores. En la sección 6 se realiza un<br />

análisis de las barreras de entrada de la industria, y finalmente en la sección 7 se entregan<br />

las conclusiones principales. El informe, incluye un anexo en donde se presentan algunos<br />

casos de fusiones examinadas a nivel internacional por las respectivas autoridades de<br />

competencia.<br />

Según se desprende del análisis de la industria realizado en este estudio, la competencia<br />

entre supermercados es fundamentalmente local, a pesar de la existencia de cadenas<br />

nacionales e incluso internacionales. Lo que confiere un cierto grado de poder de mercado a<br />

estos establecimientos es su ubicación geográfica y el consecuente hecho de tener una<br />

población cercana que preferentemente frecuentará sus locales. El que los supermercados<br />

compitan diferenciada o imperfectamente, no constituye por sí mismo un acto<br />

anticompetitivo, ya que es un hecho intrínseco de este mercado y probablemente de muchos<br />

2


otros. Sin embargo, por esa misma razón, existen presunciones fundadas, respaldadas por la<br />

teoría y la evidencia disponible, que un incremento notable en la concentración pueda<br />

conducir a un aumento en los precios percibidos por los consumidores finales. 2 Por otro<br />

lado, la existencia de grandes cadenas, revela que existen beneficios desde el punto de vista<br />

de los costos y de la competencia de operar en gran escala. De este modo, no es esperable<br />

que cualquier abuso anticompetitivo pueda ser oportunamente corregido por la entrada de<br />

una nueva firma en el mercado.<br />

Para la preparación de este informe se ha empleado principalmente literatura internacional<br />

sobre fusiones en la industria de los supermercados, la cual se ha complementado con<br />

publicaciones de carácter académico, relacionadas con el tema en cuestión. En cuanto a<br />

información específica de la industria en Chile, solo hemos contado oportunamente con<br />

material puesto a disposición por la Fiscalía Nacional Económica, con los escritos<br />

realizados por representantes legales de las empresas Cencosud y D&S, con estadísticas<br />

públicas del INE y con información obtenida de la prensa. Lamentablemente, no fue<br />

posible obtener información más detallada y útil respecto a las operaciones mismas de las<br />

empresas, por lo que a falta de ella, se han empleando referencias de carácter internacional.<br />

En paralelo al presente informe, se ha desarrollado un análisis empírico de los efectos que<br />

el incremento en la concentración ha tenido en los precios. Dicho análisis, realizado junto a<br />

Andrés Gómez-Lobo, debe considerarse complementario a este documento.<br />

2 La mayoría de los modelos de competencia oligopolística o imperfecta predice que -a otras cosas iguales- el<br />

precio aumenta al disminuir el número de firmas independientes en competencia.<br />

3


2. Análisis de Fusiones y Riesgos Competitivos<br />

Uno de los hechos más relevantes que se ha observado a nivel internacional y por cierto en<br />

nuestro país, en el negocio de los supermercados 3 , es un persistente aumento de la<br />

concentración en la oferta. Esta tendencia puede tener múltiples causas que van desde el<br />

levantamiento de las barreras para la inversión extranjera, lo que ha permitido a muchas<br />

cadenas consolidadas expandirse a otros mercados, hasta los cambios en la tecnología de<br />

operación del negocio y en los hábitos de consumo de los clientes.<br />

Las autoridades de competencia no han reaccionado pasivamente ante este cambio que ha<br />

experimentando la industria. Tanto en Europa como en Estados Unidos las operaciones de<br />

toma de control de cadenas han estado sujetas al escrutinio normal que imponen las<br />

normativas antimonopolios, cuyo objeto es preservar la competitividad de los mercados.<br />

Como consecuencia, no han sido raros lo casos en que fusiones propuestas han sido<br />

rechazadas o bien aprobadas bajo condiciones de venta de locales en áreas donde se<br />

considera que las fusiones debilitan la competencia.<br />

El control preventivo realizado a las fusiones, tanto en el mercado del retail como en<br />

cualquier otro, tiene por fin verificar que el aumento en la concentración no atenúe<br />

significativamente la competencia entre los actores del respectivo mercado. La práctica<br />

antimonopolios clasifica los riesgos competitivos derivados del aumento en la<br />

concentración en dos: efectos unilaterales y efectos coordinados. El primer efecto<br />

corresponde a aquel que induce a la nueva firma fusionada a subir sus precios debido a la<br />

existencia de menos competidores en el mercado. Esto supone que la fusión logró<br />

deshacerse de un competidor muy agresivo o bien, que al haber menos empresas en el<br />

mercado, cada una de ellas, por interés propio, tiene menos incentivos a recortar sus<br />

precios. Bajo el segundo efecto, la disminución en el número de competidores hace más<br />

probable un comportamiento comercial cooperativo, ya sea tácito o explícito entre<br />

empresas. Ambos efectos se fundamentan conceptualmente en los modelos de competencia<br />

3 Este tipo de establecimiento comprende la venta de alimentos principalmente, pero también incluye otros<br />

productos como artículos de aseo, perfumería, etc.<br />

4


imperfecta ampliamente conocidos en la literatura de economía industrial. 4 La ocurrencia<br />

de cualquiera de estos efectos se considera perjudicial para los consumidores pues reduce<br />

sus posibilidades de elección y los hace enfrentar precios finales de venta más altos.<br />

Para concluir que una fusión es anticompetitiva y por lo tanto no recomendar su<br />

aprobación, se debe primero realizar una cuidadosa revisión de diversos factores<br />

relacionados con el mercado en cuestión. Dentro de éstos se incluye la forma en que se<br />

desenvuelve la competencia entre las empresas, la existencia de barreras de entrada y las<br />

posibles sinergias que se logran con la fusión.<br />

La revisión se justifica aún más cuando los mercados presentan ya un alto nivel de<br />

concentración, o cuando los cambios en la concentración misma derivados de una fusión<br />

son significativos. Esto se desprende de un análisis costo-beneficio en donde se evalúan los<br />

riesgos potenciales de permitir una fusión sin una revisión preliminar. Tal concepto de<br />

evaluación ex-ante de riesgos probables se recoge en las normativas y documentos sobre<br />

control de procesos de concentración tanto en Estados Unidos como en Europa y ahora<br />

último en nuestro país, 5 donde se hace uso de los indicadores de concentración para<br />

diferenciar los casos críticos que ameritan revisión respecto a los casos que no revisten<br />

peligro competitivo. A juicio nuestro, y según se muestra en la siguiente sección, existen en<br />

nuestro país mercados a nivel local en donde los valores de concentración están muy por<br />

sobre los umbrales que se consideran de bajo riesgo competitivo, al momento de evaluar<br />

una fusión.<br />

3. Descripción y evolución reciente del mercado en Chile.<br />

El mercado de venta al detalle de alimentos y artículos domésticos ha presentado cambios<br />

en los últimos 10 años. A nivel de la oferta, ha existido un proceso de concentración en el<br />

cual dos grandes cadenas, D&S y Cencosud tiendan a consolidarse como las principales<br />

4 Un buen compendio de dichos modelos se encuentra en Tirole (1988).<br />

5 Ver guía de Operaciones de concentración. Fiscalía Nacional Económica<br />

5


operadoras a nivel nacional. Dicha consolidación ha ocurrido mediante apertura de nuevos<br />

locales y compra de empresas existentes a lo largo del país.<br />

A nivel regional o local el panorama presenta algunos matices. A diferencia de la zona<br />

Central (Santiago, Valparaíso y Viña del Mar), existen empresas con participaciones de<br />

mercado altas en el ámbito local, ya sea a través a nivel de ciudades o de región. Así el<br />

proceso de cambio afecta en forma desigual a las distintas zonas del país, ya que las<br />

compras de cadenas locales por parte de las nacionales si bien altera marginalmente la<br />

estructura del mercado a nivel nacional, sí la pueden afectar a nivel local, que es el ámbito<br />

donde se perciben los efectos de la menor competencia.<br />

Cuadro 1. Fusiones en el negocio de supermercados 1998 – 2006<br />

Fecha Adquiriente Adquirido Impacto Geográfico<br />

Julio 2003 Cencosud Santa Isabel Nacional<br />

Diciembre 2003 D S Carrefour Región Metrop.<br />

Enero 2004 Cencosud Las Brisas Nacional<br />

Marzo 2004 Deca-Rendic Atacama y otros III Region<br />

Agosto 2004 Cencosud Montecarlo Región Metrop<br />

Mayo 2006 Cencosud Infante II Región<br />

Otra característica relevante de la evolución de la industria, es la coexistencia de distintos<br />

formatos de venta al detalle. La irrupción de los hipermercados puede considerarse como<br />

una respuesta a la demanda por espacios de venta con una gran variedad de productos y<br />

múltiples gama de servicios, que permite a los clientes satisfacer en un solo lugar físico<br />

muchas de sus necesidades de consumo. Al mismo tiempo operan supermercados de<br />

tamaño mediano y pequeño, los cuales presentan ventajas en términos de proximidad y<br />

rapidez en la venta. Luego, es posible observar un esquema de competencia diferenciada,<br />

6


entre distintas cadenas las cuales a su vez ofrecen sus productos en formatos diferentes:<br />

hipermercados, supermercados medianos y pequeños. 6<br />

Sobre el nivel de precios, en el cuadro 2 se presenta la evolución de tres indicadores<br />

relevantes; el índice de precios generales de la economía (IPC), el índice de precios de<br />

alimentos calculado por el INE (IPC Alimentos) y el índice específico de precios de los<br />

supermercados preparado por AC Nielsen en sus dos modalidades. El primer índice de<br />

supermercados (IPS-1) contiene los precios de una misma canasta a lo largo del tiempo,<br />

tomado en supermercados de distintas ciudades del país. El segundo índice (IPS-2) emplea<br />

una canasta variable, la cual depende del consumo observado en cada período.<br />

Los índices son graficados desde Marzo del 2003, fecha a partir de la cual AC Nielsen<br />

proporcionó información sobre su indicador. El período representado cubre también las<br />

principales compras y fusiones observadas en la industria en los últimos años. A modo de<br />

realizar una comparación preliminar, se han normalizado todos los indicadores al valor de<br />

100 en Marzo del 2003.<br />

Los precios de alimentos y de supermercados, muestran un comportamiento similar hasta<br />

Noviembre del 2004. A partir de entonces ambos indicadores presentan un comportamiento<br />

divergente, lo cual se acentúa al hacer la comparación empleando el nuevo índice de<br />

Nielsen (IPS-2). Tal disparidad entre indicadores podría señalarnos que los supermercados<br />

y el resto de los establecimientos que venden alimentos, no pertenecen al mismo mercado.<br />

Cabe hacer notar que el IPC de alimentos es obtenido a partir de muestras tanto de<br />

supermercados como de almacenes y ferias. Por su parte, el índice de AC Nielsen, no<br />

considera únicamente alimentos en su muestra sino también otros ítemes usualmente<br />

ofrecidos en supermercados tales como artículos de aseo, perfumería, etc.<br />

6 La Cadena Cencosud emplea la marca Jumbo para Hipermercados y Santa Isabel en el caso de<br />

supermercados de mediana envergadura. D&S emplea las denominaciones de Líder Hipermercado, Líder<br />

Vecino y Líder Express respectivamente según el formato de venta.<br />

7


Cuadro 2. Indices de Precios 2003-2006<br />

109,00<br />

108,00<br />

107,00<br />

106,00<br />

105,00<br />

IPS-1<br />

IPC<br />

IPC ALIMENTOS<br />

IPS-2<br />

104,00<br />

103,00<br />

102,00<br />

101,00<br />

100,00<br />

99,00<br />

98,00<br />

97,00<br />

Mar-03<br />

May-03<br />

Jul-03<br />

Sep-03<br />

Nov-03<br />

Ene-04<br />

Mar-04<br />

May-04<br />

Jul-04<br />

Sep-04<br />

Nov-04<br />

Ene-05<br />

Mar-05<br />

May-05<br />

Jul-05<br />

Sep-05<br />

Nov-05<br />

Ene-06<br />

Mar-06<br />

May-06<br />

Jul-06<br />

Sep-06<br />

Respecto a la evolución del precio de los alimentos en relación al nivel de precios generales<br />

de la economía, efectivamente se produce una caída del primero a partir de Septiembre del<br />

2003. Tal tendencia divergente dura hasta mediados del 2004, donde nuevamente el IPC de<br />

alimentos sigue en general la tendencia del IPC.<br />

En términos de estrategias de competencia entre supermercados se puede mencionar, a<br />

modo descriptivo, que la empresa D&S propietaria de los establecimientos Líder lanzó una<br />

campaña denominada “precios bajos siempre”, la que según reporta la prensa especializada,<br />

comenzó en Agosto del 2003 y terminó o fue modificada en el último trimestre del 2004. 7<br />

El hecho que tanto el IPC de alimentos con el de supermercados presente una caída<br />

significativa durante ese mismo período podría reflejar que las otras cadenas reaccionaron<br />

ante la estrategia agresiva de precios planteada por DyS, bajando también sus precios. La<br />

alta volatilidad de los precios de alimentos observada en tal período podría explicarse por la<br />

acomodación de las firmas al nuevo escenario competitivo, donde las empresas buscan<br />

7 Fuente: el Diario Financiero Marzo 24 del 2005. “D&S apuesta por plan interno y toma palco en guerra del<br />

retail” ver sección Auge y Caída de los Precios Bajos Siempre.<br />

8


Jul-03<br />

ampliar su cuota de mercado ya sea por la vía de adquirir otras empresas como mediante la<br />

implementación de campañas agresivas de precios.<br />

La concentración agregada a nivel nacional ha experimentado un aumento, debido<br />

principalmente a los procesos de adquisición por parte de las cadenas principales a partir de<br />

mediados del 2003. El hecho que en paralelo, los precios de alimentos en promedio hayan<br />

subido menos que el IPC en cierto periodo y que por otro, la concentración haya<br />

aumentado, no constituye evidencia directa de que la mayor concentración del mercado, no<br />

afecte o incluso sea positiva desde el punto de vista competitivo. Para validar debidamente<br />

dicha hipótesis, se deben considerar otros factores que pueden estar afectando la estructura<br />

de mercado y los precios. Además es preciso realizar el análisis a nivel de mercados<br />

locales, los cuales pueden presentar patrones divergentes respecto a precios y<br />

concentraciones que el promedio nacional.<br />

Cuadro 3. Evolución de la concentración a nivel nacional. Período 2003-2006<br />

1600<br />

1400<br />

1200<br />

1000<br />

HHI<br />

800<br />

600<br />

400<br />

200<br />

0<br />

Ene-03<br />

Abr-03<br />

Jul-04<br />

Abr-04<br />

Ene-04<br />

Oct-03<br />

Oct-04<br />

Ene-05<br />

Abr-05<br />

Jul-05<br />

Oct-05<br />

Ene-06<br />

Abr-06<br />

Fuente: Elaboración propia en base al número de cajas, considerando en la muestra establecimientos con más<br />

de tres cajas.<br />

Mes<br />

9


Para evaluar el actual nivel de concentración de los diferentes mercados locales, se han<br />

obtenido los índices de Herfindhal Hirschman (IHH) para distintas ciudades a Marzo del<br />

2006. A falta de información sobre el volumen de ventas por empresa y por ciudad, se ha<br />

empleado como variable proxy el número agregado de cajas por empresa en cada ciudad. 8<br />

Cuadro 4. Indice de Concentración para Algunas Ciudades. Marzo 2006<br />

5000<br />

4000<br />

3000<br />

IHH<br />

2000<br />

1000<br />

0<br />

VALPARAISO<br />

COPIAPO<br />

LINARES<br />

LA SERENA<br />

IQUIQUE<br />

ANTOFAGASTA<br />

PUERTO MONTT<br />

RANCAGUA<br />

SANTIAGO<br />

TEMUCO<br />

CONCEPCION<br />

PAIS<br />

Como es posible observar, existen ciudades que presentan niveles de concentración<br />

significativamente más altos que el promedio nacional. Esto se explica por la cobertura<br />

desigual a nivel geográfico que tienen las distintas cadenas de supermercado. Si bien<br />

existen 2 empresas con presencia nacional, hay otras empresas con importante presencia a<br />

nivel regional o de ciudades. Este el caso por ejemplo de la II Región con la cadena<br />

Korlaet, de la III y IV con Deca- Rendic y de la VII con El Pilar. En cuanto a los niveles de<br />

concentración, todas las ciudades presentan valores que se hallan por sobre los umbrales<br />

considerados como riesgosos y por lo tanto cualquier fusión que ocurra en alguno de ellos<br />

amerita una revisión. La guía de fusiones de la Fiscalía Nacional Económica considera un<br />

mercado como altamente concentrado si el IHH correspondiente sobrepasa los 1800. En tal<br />

8 Como se demuestra en el documento empírico de Gómez-Lobo y <strong>González</strong>, el volumen de ventas de un<br />

establecimiento está fuertemente correlacionado con el número de cajas que posee.<br />

10


caso, solo descarta una revisión, si la fusión produce un incremento en el indicador en 50<br />

puntos. En consecuencia, en el evento que una de las cadenas nacionales desee comprar una<br />

de las empresas locales, dicha operación amerita ser analizada.<br />

4. Delineación de Mercado<br />

Al momento de evaluar los efectos de una fusión, se debe en primer lugar definir el<br />

mercado sobre el cual se medirán las consecuencias de la misma. Esta definición es de gran<br />

importancia, pues dependiendo de la amplitud del mercado que se determine como<br />

relevante, los niveles de concentración anteriores y posteriores a la fusión, así como los<br />

probables efectos en la competitividad del mercado derivados de los cambios en la<br />

concentración pueden diferir.<br />

Para delinear el mercado, se deben considerar los sustitutos más cercanos solamente, es<br />

decir aquellos que pueden disciplinar y evitar que la firma fusionada pueda incrementar los<br />

precios. El método más común para delinear el mercado es el test conocido como SSNIP. 9<br />

Dicho test define como mercado relevante al mínimo grupo de oferentes, que si fueran<br />

propiedad de una sola firma, les sería conveniente incrementar su precio en al menos un 5%.<br />

No siempre es posible implementar un test como el recientemente descrito, debido a la falta<br />

de información sobre precios y volúmenes de venta tanto de las firmas a fusionarse como<br />

de su entorno competitivo más inmediato. En ausencia de dicha información, se pueden<br />

emplear recomendaciones y criterios utilizados normalmente en el análisis de fusiones para<br />

la industria en cuestión. En lo que sigue se exponen los criterios que la práctica<br />

internacional recomienda para el negocio de la venta al detalle en supermercados.<br />

Existen dos dimensiones a tener presente en la definición del mercado relevante: el formato<br />

de venta o mercado del producto y la localización o mercado geográfico<br />

9 SSNIP, es la sigla de “Small but Significant Non transitory Increase in Price”<br />

11


Mercado del producto<br />

Si bien muchos de los artículos ofrecidos por los supermercados son ofrecidos también en<br />

otro tipo de establecimientos, como almacenes de barrio y tiendas de conveniencia, no<br />

todos ellos pueden considerarse sustitutos cercanos de los supermercados de gran<br />

superficie. Este último tipo de formato presenta características que los primeros no poseen,<br />

siendo la más importante la variedad y mix de productos, lo que permite que los<br />

consumidores puedan realizar sus compras en un solo lugar, ahorrando tiempo en<br />

desplazamientos. Por otro lado las tiendas de conveniencia, se especializan en compras de<br />

menor envergadura cuya ventaja es la proximidad y el menor tiempo que le requiere al<br />

cliente su compra.<br />

El reporte sobre la industria de los supermercados de la Comision de Competencia del<br />

Reino Unido 10 recomienda emplear un límite de 1400 metros cuadrados para diferenciar los<br />

supermercados del resto de los formatos de venta de productos. Según se argumenta en<br />

dicho informe, una tienda de menor magnitud no es capaz de ofrecer la variedad de<br />

productos que busca un consumidor al realizar su compra semanal o mensual en una sola<br />

visita al establecimiento.<br />

En Estados Unidos, la FTC ha adoptado criterios similares para delinear el de mercado en<br />

los casos de fusiones de supermercados. Así, desde 1979, dicha agencia ha considerado<br />

como mercado relevante del producto los supermercados, definidos como facilidades con<br />

áreas de venta por sobre los 1000 metros cuadrados. 11 Por su parte, la Comisión Europea en<br />

la fusión de las cadenas Kesko y Tuko en Finlandia diferenció el mercado entre<br />

supermercados y otras tiendas, correspondiendo la primera categoría a aquella en que los<br />

consumidores encuentran una amplia selección de productos que les permite realizar sus<br />

compras en una sola parada (one stop shop) con facilidades como estacionamientos y otros<br />

servicios anexos.<br />

10 Supermarkets: “A report on the supply of groceries from multiple stores in the United Kingdom”.<br />

Competition Commission (2000)<br />

11 Ver Balto (1999) y Coterril (2005)<br />

12


La diferenciación por tamaño de establecimiento que aplican las agencias de competencia<br />

arriba mencionadas tiene asidero en las declaraciones y documentos internos presentados<br />

por las propias empresas al momento de fusionarse. Según el informe de la Comisión de<br />

Competencia del Reino Unido, los ejecutivos de los supermercados consideran como sus<br />

rivales directos a establecimientos equivalentes y no de tiendas de menor tamaño o de otros<br />

formatos de venta. Similar conclusión es a la que llega la FTC en sus procesos de<br />

investigación de fusiones en cuanto a la competencia enfrentada por lo supermercados. 12<br />

Con mayor nivel de formalidad y sofisticación, la FTC de Estados Unidos logró probar,<br />

aplicando el test de delineación SSNIP, que existía una diferenciación según el tipo de<br />

tienda en que se expenden los artículos de oficina. La evidencia econométrica demostró que<br />

existía una baja elasticidad precio cruzada entre almacenes de gran superficie y tiendas de<br />

menor tamaño 13 . De este modo el mercado relevante fue definido como el de las grandes<br />

tiendas, por lo que la fusión propuesta reduciría de tres a dos el número de competidores en<br />

dicho formato de venta en la mayoría de las localidades de la costa noreste de los Estados<br />

Unidos.<br />

Mercado geográfico.<br />

En cuanto a la dimensión geográfica o espacial, los expertos señalan que la competencia en<br />

el negocio del retail es estrictamente local, a pesar de la existencia de cadenas de<br />

supermercados a nivel nacional y regional. 14 Dada la existencia de costos de búsqueda<br />

como de desplazamiento, los consumidores tenderán a realizar sus compras en sus<br />

ambientes más cercanos y por lo tanto considerarán como oferentes relevantes aquellos que<br />

están dentro de una cierta distancia de su residencia o lugar de trabajo.<br />

12 Ver Balto (1999)<br />

13 El estudio demostró que si un monopolista hipotético poseía las tres tiendas de venta de gran superficie en<br />

la costa este, le convendría subir el precio en un 8,5 %. Al estar dicho valor por sobre el límite del 5%, se<br />

consideró que dicho conjunto de tiendas constituía el mercado relevante.<br />

14 Ver Coterill (2005), Dobson y Waterson (1999)<br />

13


La práctica antimonopolios, tanto en EEUU como en Europa ha validado tal enfoque. De<br />

este modo, el mercado geográfico relevante es definido en términos de un radio de<br />

influencia (ya sea en distancia o tiempo de desplazamiento en vehículo). A modo de<br />

ejemplo, en la fusión Kesko-Tuko, la CE consideró como mercado geográfico relevante a<br />

todos los supermercados que se encontraban en un área de 20 minutos de tiempo de<br />

manejo. La comisión de competencia del Reino Unido, en su reporte de sobre la industria<br />

del retail concluye que los clientes realizan sus compran dentro de una distancias de 10<br />

minutos en zonas urbanas y 15 minutos en zonas rurales. Tal especificación de radio de<br />

influencia fue el que empleó la agencia del Reino Unido en el análisis de la fusión<br />

Safeway. 15<br />

Esta forma de definir el mercado geográfico en base a radios de influencia, tiene soporte en<br />

los procesos de planificación de las empresas al momento de evaluar la apertura de nuevas<br />

sucursales. A modo de ilustración, en la fusión Safeway, las empresas potencialmente<br />

adquirientes reportaron que entre el 70 y el 90 % de sus ventas provenían de clientes que se<br />

desplazaban menos de 10 minutos en automóvil, y entre el 80 y el 94 % de clientes que<br />

ubicaban a menos de 15 minutos de sus locales.<br />

El carácter local de la competencia y el hecho que los consumidores consideren tanto el<br />

precio como el tiempo de desplazamiento al momento de elegir donde comprar, hace que<br />

los establecimientos obtengan rentas debido a su localización privilegiada. 16 Por esta<br />

misma razón, es esperable que los precios a nivel local, presenten una correlación positiva<br />

con el nivel de concentración existente, lo cual es corroborado por la mayoría de los<br />

estudios realizados en la industria a nivel internacional. 17<br />

El informe sobre supermercados elaborado por la autoridad de competencia del Reino<br />

Unido, entrega evidencia relevante respecto al alcance tanto del mercado del producto<br />

como del mercado geográfico. En una encuesta a dueños de hogar, sobre cual es el factor<br />

15 Safeway plc and: Asda Group, Wm Morrison Supermarkets plc, Sansbury plc and Tesco plc. “A report on<br />

the mergers in contemplation”. Competition Commission , United Kingdom (2003)<br />

16 Estas rentas pueden considerarse también cuasi-rentas, si con ellas se logra cubrir el costo fijo de entrada.<br />

17 En Gómez-Lobo y <strong>González</strong> (2007) se presenta una recopilación de los resultados de estudios precioconcentración<br />

en el negocio de los supermercados.<br />

14


principal que determina la elección del lugar de compra, los resultados fueron los<br />

siguientes: 18 Realizar compras en un solo lugar: 43%<br />

Precio 18%<br />

Cercanía al hogar 16%<br />

Variedad de productos 6%<br />

Estacionamiento 6%<br />

Los resultados nos indican dos cosas, primero que el formato de venta es relevante en la<br />

elección, dado que el 43% señala que el poder realizar las compras en un solo lugar es el<br />

principal factor a tomar en cuenta y que el 6% responde que es la variedad. Ambos factores<br />

están relacionados al tamaño del establecimiento. Lo segundo es que el precio, pesa tanto<br />

como la cercanía en la elección. Según este resultado, la competencia no es exclusivamente<br />

en precio y la localización tendría importancia.<br />

Otro resultado interesante del estudio de la CC y que apunta en similar dirección, es la<br />

medición de elasticidades-precio cruzadas entre establecimientos. Los valores obtenidos<br />

para este parámetro decrecen según la lejanía con el competidor, lo cual sería indicativo de<br />

que a mayor distancia, menos intensa es la rivalidad entre establecimientos. 19<br />

En Chile, en el escrito en representación de D&S se cita un estudio de Adimark encargado<br />

por la misma D&S, donde se reportan resultados de una encuesta sobre factores<br />

determinantes de elección de lugar de compra 20 . Los resultados indican que los atributos<br />

distintos al precio tienen más importancia en la decisión cuando se trata de compras más<br />

frecuentes pero de menor magnitud.<br />

Acerca del radio de influencia que determina el mercado geográfico relevante de un<br />

supermercado, no conocemos para el caso de Chile estudios públicamente disponibles que<br />

nos permitan establecer un valor aproximado de este parámetro. No obstante, a nuestro<br />

18 Ver Apéndice 4.2 “Consumer Survey” Figura 6.<br />

19 Ver Apéndice 7.8 “Local Competition and Consumer Choice”, Tabla 16. El estudio mide elasticidades<br />

cruzadas en un rango de distancia entre locales que va desde menos de 5 Kilómetros hasta 35 Km.<br />

20 Ver Ostalé Cambiaso en representación de D&S, página 18.<br />

15


juicio, es correcta la metodología empleada universalmente de definir un área cercana al<br />

establecimiento cuyos residentes o personas que allí laboren, frecuenten en forma<br />

preferente tal punto de compra. Sobre los valores empleados por otros países, en cuanto al<br />

tiempo de viaje que define tal área de influencia, debe tenerse presente dos aspectos. Por un<br />

lado, el valor del tiempo que presentan los países Europeos y Estados Unidos pueden ser<br />

mayores que los representativos de Chile, pero por otro, nuestro país tiene bajas tasas de<br />

motorización lo que, a otras cosas iguales, puede hacer reducir el radio de influencia.<br />

5. Ganancias de Eficiencia<br />

En el control de fusiones se admite que tales operaciones pueden producir beneficios<br />

productivos y ahorros de costos, los cuales si son debidamente probados, debieran tener una<br />

consideración positiva al momento de evaluar una fusión. La literatura reconoce que en la<br />

industria del retail existen dos posibles fuentes de ganancias de eficiencia producto de una<br />

fusión: las economías de escala y el aumento de poder negociador en relación con los<br />

proveedores.<br />

Los beneficios de operar a mayor escala se deben al mejor aprovechamiento que las<br />

grandes cadenas pueden hacer de insumos que poseen una importante componente fija.<br />

Actividades tales como la logística, transporte y almacenaje así como los sistemas de<br />

información de ventas y control de inventarios caen dentro de tal categoría. 21 Los gastos en<br />

publicidad obtienen también mejores rendimientos cuando una empresa posee un mayor<br />

número de puntos de venta. Otra eficiencia productiva que puede derivarse del mayor<br />

tamaño es la generación de marcas propias. Para que sea rentable producir marcas propias,<br />

se debe contar con una mínima escala de venta. El beneficio de la aparición de dichas<br />

marcas es que incrementan la variedad hacia el consumidor y generalmente tienen precios<br />

menores que los productos de marcas tradicionales.<br />

21 Ver Dobson y Waterson (1999)<br />

16


El poder negociador de los grandes compradores, también conocido como “countervailling<br />

power” fue introducido por primera vez como concepto por el economista J.K. Galbraith. 22<br />

Dicho autor señaló que las grandes cadenas de venta, dado su tamaño, poseen una habilidad<br />

negociadora superior, lo que les permite obtener precios más bajos de sus proveedores. De<br />

este modo, el mayor poder de mercado que podrían adquirir las cadenas minoristas al<br />

fusionarse, podría verse contrarrestado por los menores costos derivados de los precios<br />

mayoristas más bajos que éstas obtendrían.<br />

Este último argumento establece la posibilidad que los precios minoristas incluso<br />

disminuyan producto de una fusión entre tiendas minoristas. Si el aumento en el poder<br />

negociador presiona el precio mayorista en forma significativa a la baja y estos ahorros son<br />

eventualmente traducidos en menores precios, entonces la fusión podría considerarse<br />

socialmente beneficiosa.<br />

Si bien es plausible que un mayor tamaño de una firma implique un mayor poder<br />

negociador y por consiguiente una posibilidad de lograr menores precios de los<br />

proveedores, su eventual traspaso a los consumidores no es del todo evidente. Para que ello<br />

ocurra se deben cumplir dos condiciones: (i) Que efectivamente los distribuidores tengan<br />

incentivos a traspasar estos menores precios mayoristas a los consumidores y (ii) que el<br />

traspaso sea de suficiente magnitud que efectivamente anule el efecto negativo de la menor<br />

cantidad de firmas operando en el negocio de la distribución.<br />

La ocurrencia de la primera condición fue puesta en duda por Stigler (1954) quien señaló<br />

que la negociación es más por transferencias fijas que por precios mayoristas unitarios. Al<br />

disminuir los precios unitarios hasta el costo marginal se elimina el problema de la doble<br />

marginalización, lo cual favorece a ambas partes, ya que aumenta el excedente total a<br />

repartir entre mayorista y minorista. Sin embargo, la distribución de tal excedente va a<br />

depender del poder de negociación de cada parte. Si una fusión aumenta el poder<br />

negociador de una cadena de supermercados, ésta obtendrá una mayor parte de la renta en<br />

disputa lo cual no se reflejará en menores precios minoristas, ya que éstos últimos<br />

22 American Capitalism: The Concept of Countervailling Power. (1952 ) Boston: Houghton Mifflin<br />

17


dependen del precio unitario y no de la magnitud de las transferencias fijas. 23 De éste<br />

modo, el mayor poder negociador logrado por el supermercado tendría relevancia solo en<br />

términos distributivos (productor-distribuidor) sin ninguna incidencia en el bienestar final<br />

del consumidor. Es importante mencionar que los contratos entre proveedores y<br />

supermercados en general toman la forma de tarifas en dos partes. Además de los precios<br />

unitarios que se acuerdan, las partes usualmente negocian acerca de pagos por espacios de<br />

venta, publicidad, promociones, etc.<br />

La segunda condición exige que las ganancias de eficiencia, en caso de que efectivamente<br />

se traspasen a los consumidores, deben anular el efecto negativo en la competencia debido<br />

a la caída en el número de oferentes luego de una fusión. Así como un distribuidor más<br />

poderoso obtiene mejores términos de negociación con sus proveedores, también dicho<br />

poder le hace conveniente subir los precios a los clientes finales. 24<br />

Dobson y Waterson (1997) modelan la situación que nos interesa asumiendo el caso<br />

extremo de un proveedor monopolista que vende su producto a múltiples distribuidores,<br />

quienes compiten en forma diferenciada por los clientes finales. Sus resultados indican que<br />

el aumento en la concentración de los distribuidores puede disminuir el precio minorista, si<br />

y solo si los distribuidores son considerados como sustitutos muy cercanos por los<br />

consumidores. A medida que la concentración aumenta en el mercado minorista, más<br />

exigente es la sustitución requerida para hacer que el precio final no aumente producto de<br />

una fusión. En el caso extremo de pasar de tres a dos firmas, se lograría un menor precio<br />

solo si los distribuidores son considerados como sustitutos perfectos. Es decir que a los<br />

consumidores la única variable que les importe para la elección de su lugar de compra sea<br />

el precio del producto. En base a las predicciones arrojadas por su modelo, los autores<br />

concluyen que existe limitado alcance para considerar la hipótesis del poder negociador<br />

como un mecanismo de auto control que evite que los precios se incrementen luego de una<br />

fusión.<br />

23 La ausencia de incentivos para no traspasar esta mayor parte de beneficios que obtiene el distribuidor es<br />

válida tanto para el caso que éste último sea monopolista o haya competencia entre diversos minoristas.<br />

24 Esta es una ilustración del trade-off entre ganancias de eficiencia y poder de mercado de las fusiones<br />

descrito por Williamson.<br />

18


Chen (2003) por su lado, obtiene resultados que respaldan la hipótesis del “countervailling<br />

power,” asumiendo un mercado distribuidor compuesto por una firma dominante y varias<br />

firmas de menor tamaño, las que actúan como tomadoras de precio. El autor introduce el<br />

poder negociador del distribuidor en relación a un proveedor único, como un parámetro<br />

exógeno que representa el porcentaje de los beneficios conjuntos que van a parar al<br />

primero. Se demuestra que el precio minorista puede disminuir ante un aumento exógeno<br />

del poder negociador del distribuidor, debido a que el proveedor reaccionará vendiendo<br />

más al resto de las firmas para extraer una mayor parte de beneficios por dicho canal de<br />

distribución.<br />

A diferencia del artículo de Dobson y Waterson, el poder negociador cambia exógenamente<br />

y no mediante una disminución en la estructura del mercado distribuidor, es decir no trabaja<br />

bajo un escenario donde se pueda medir el efecto de una fusión entre dos firmas de venta al<br />

detalle. Chen (2003) resalta en sus conclusiones la importancia de la competencia en el<br />

segmento de distribución para que el efecto del poder negociador de compra favorezca a los<br />

consumidores. Sus resultados indican que mientras mayor sea el número de firmas no<br />

dominantes a la cual el proveedor pueda derivar sus productos, más significativo será el<br />

efecto benéfico del aumento en el poder negociador. El autor concluye señalando que el<br />

denominado “countervailling power” no puede considerarse como un sustituto de la<br />

competencia.<br />

Adicionalmente, según establecen las normativas sobre control de fusiones, las sinergias o<br />

ganancias de eficiencias supuestamente derivadas de una fusión deben ser específicas. Esto<br />

quiere decir que sean sólo realizables si la operación de concentración es consumada. Si el<br />

mayor poder comprador y su supuesto efecto beneficioso sobre los consumidores depende<br />

del tamaño de la cadena, entonces uno debiera preguntarse si es posible aumentar de<br />

tamaño por otros medios alternativos. En Chile, las grandes cadenas han empleado dos<br />

estrategias de crecimiento, la apertura de nuevos locales y la compra de supermercados<br />

existentes. En ambos casos el efecto de mayor poder de compra debiera materializarse,<br />

dado el mayor tamaño que logra la cadena. Sin embargo, desde el punto de vista<br />

19


competitivo ambas estrategias no son equivalentes, siendo el primer caso más probable que<br />

las potenciales ganancias de eficiencia se traspasen a los consumidores que en el segundo.<br />

El análisis aquí presentado muestra que existen poderosas razones para ser escépticos a priori<br />

acerca de la plausibilidad de la hipótesis de que el mayor poder comprador —generado a través<br />

de la compra de competidores— termine beneficiando a los consumidores finales. La mejora en<br />

el poder negociador y su incidencia en el precio final, al igual que cualquier otro tipo de<br />

ganancia de eficiencia que pueda derivarse de una fusión, debe ser probada debidamente por<br />

las partes. No es suficiente con sólo enunciar la posibilidad teórica de la ocurrencia de<br />

dichas ganancias de eficiencia.<br />

Las normativas sobre fusiones, tanto en los Estados Unidos como en la Unión Europea<br />

establecen que las sinergias y ahorros de costos producto de las fusiones deben ser<br />

debidamente demostradas por las partes interesadas. 25 En EE.UU, los lineamientos sobre<br />

concentraciones señalan explícitamente que las firmas a fusionarse deben fundamentar las<br />

ganancias de eficiencias de modo que éstas puedan ser verificadas por medios razonables<br />

tanto en su magnitud como probabilidad de ocurrencia. El mismo documento señala que las<br />

ganancias de eficiencias no serán consideradas por la agencia antimonopolios si éstas son<br />

vagas o especulativas.<br />

6. Barreras de Entrada<br />

Podemos clasificar lar barreras de entrada en el negocio de los supermercados en dos tipos:<br />

las propias de la actividad de la industria y las estratégicas. Estas últimas pueden generarse<br />

a partir del poder de mercado que adquieren las empresas en caso que el mercado se<br />

concentre en demasía.<br />

25 La recientemente emitida Guía de Operaciones de Concentración de la Fiscalía Nacional Económica,<br />

también recoge las exigencias de verificabilidad y especificidad de las ganancias de eficiencia de una fusión.<br />

20


Dentro de las primeras se encuentran todos aquellos activos necesarios para competir en<br />

forma eficiente en este mercado. Tal como se mencionó en la sección de ganancias de<br />

eficiencia, existen de ventajas al operar a gran escala, es decir poseer varios locales de la<br />

misma marca en diferentes mercados geográficos. 26<br />

El aumento en el poder comprador que se traduce en que las grandes cadenas puedan<br />

obtener un mayor excedente a su favor de la relación proveedor-distribuidor, se traduce en<br />

un diferencial de costos que favorece a los operadores de mayor escala. Estos últimos<br />

tendrían un menor costo fijo de instalación de una nueva sucursal, de modo que si se<br />

produce una oportunidad de negocio en algún lugar, es más probable que este sea satisfecho<br />

por una gran cadena que por una de menor tamaño.<br />

Las empresas de venta al detalle también han desarrollado estrategias para fidelizar<br />

clientes, como premios por compras repetidas y sistemas de crédito, propios o integrados<br />

con otros tipos de establecimientos de venta al detalle como son las multi-tiendas. Otra<br />

forma de barrera de entrada lo constituye la inversión publicitaria, la cual generalmente se<br />

rentabiliza cuando la presencia geográfica de la marca es amplia a nivel del país. Las<br />

mismas empresas reconocen que este ítem es un componente importante de sus estrategias<br />

de competencia. 27<br />

Las barreras denominadas estratégicas corresponden a todas aquellas acciones factibles de<br />

llevarse a cabo por firmas con significativo poder de mercado, que buscan dificultar la<br />

entrada de nuevos operadores al sector. Las firmas al adquirir un tamaño tal y convertirse<br />

en operadores dominantes, pueden creíblemente obstruir la entrada de potenciales<br />

competidores. En el negocio de la venta al detalle, la experiencia ha demostrado que dichas<br />

barreras estratégicas o peligros de acción anticompetitiva han tomado forma de abuso de<br />

poder comprador y compra estratégica de terrenos.<br />

26 A modo de ejemplo, diversas cadenas reportaron que para el Reino Unido, la cantidad mínima eficiente de<br />

locales de venta variaba entre 24 y 50. Ver “A report on the supply of groceries from multiple stores in the<br />

United Kingdom” Competition Commission (2000).<br />

27 Ver informe de Irarrázabal y Vega en representación de Cencosud S.A., página 8, Nº26.<br />

21


Ejemplo del primer tipo de acción son las exigencias discriminatorias exigidas a los<br />

proveedores que persiguen tratos favorables para la firma dominante en desmedro de<br />

competidores o potenciales entrantes. Si hubiera multiplicidad de oferentes en el segmento<br />

de los proveedores y éstos ofrecieran productos homogéneos entonces el riesgo<br />

anticompetitivo se disipa ya que es poco probable que los supermercados dominantes<br />

abarquen todo el mercado proveedor en su estrategia obstructiva. Sin embargo, si existen<br />

marcas reconocidas, indispensables para que un supermercado compita en forma<br />

equivalente con el resto, entonces si es factible que tal exclusión pueda ocurrir. 28<br />

Diversos estudios mencionan la escasez de terrenos de buena localización como un<br />

importante obstáculo al establecimiento de nuevos puntos de venta. La existencia de<br />

regulaciones urbanísticas en países de Europa y en los Estados Unidos, aparece como una<br />

importante causa de tal escasez. Si bien en Chile, las restricciones de este tipo no son tan<br />

exigentes como en otros países, no tenemos información que nos permita hacer un juicio<br />

más acabado sobre la importancia de las barreras administrativas ligadas a la instalación de<br />

un nuevo supermercado. 29<br />

La escasez de terrenos, debiera reflejarse en un incremento en el precio de la tierra, lo cual<br />

afecta a todas las actividades que compiten por el uso de la tierra, y también a todos los<br />

supermercados, es decir a aquellos ya instalados, como a los que desean entrar. En tal<br />

situación, la escasez eleva los costos de entrada, pero también eleva el costo alternativo de<br />

quien está operando, por lo que no existiría el efecto diferencial entre incumbente y<br />

entrante que caracteriza a las barreras de entrada. No obstante, la escasez puede tener<br />

relevancia competitiva si un supermercado posee poder de mercado. El local ya establecido<br />

tendrá incentivos a acaparar terrenos, incluso soportando su costo de oportunidad, para así<br />

evitar la entrada de un competidor en su área cercana. La pérdida de poder de mercado que<br />

presupone la competencia, implica que el establecido tenga una disposición a pagar por el<br />

28 Los artículos de Comannor y Rey (1995) y Rasmusen, Ramseyer y Wiley (1991) desarrollan modelos que<br />

explican por qué tales abusos anticompetitivos pueden existir. El caso más representativo de este tipo de<br />

acción lo constituye “Toys r Us” en Estados Unidos en 1998. La tienda de venta de juguetes al detalle, logró<br />

imponer ciertas condiciones de exclusividad a los productores de dichos artículos en desmedro del resto de los<br />

establecimientos.<br />

29 Solamente contamos con la declaración de los representantes de las firmas, quienes declaran que la<br />

instalación de un nuevo supermercado no es una “tarea titánica”. Ver Irarrázabal y Vega Nº79.<br />

22


insumo (terreno) más alta que el entrante. 30 Según se desprende de nuestro análisis de la<br />

industria, los supermercados poseen un grado de poder de mercado, que hace plausible que<br />

las empresas establecidas adquieran terrenos con fines de obstaculización de entrada. El uso<br />

de cláusulas de exclusividad radial, aplicadas por los administradores de grandes centros<br />

comerciales en nuestro país, es una muestra de la existencia de poder de mercado local en<br />

el negocio de la venta al detalle y persiguen el mismo objetivo que la compra obstructiva de<br />

terrenos.<br />

A nivel internacional, prácticas de este tipo en la industria han sido reportadas en estudios<br />

de Coterrill (2002) para el caso de la cadena Royal-Ahold propietaria de la marca Stop and<br />

Shop en la costa noreste de los Estados Unidos. En Canadá, la autoridad de competencia<br />

prohibió a la cadena Safeway la apertura de nuevos locales o la fusión con otras compañías,<br />

luego de una agresiva campaña de compra de terrenos por parte de esa empresa. 31<br />

La teoría también concibe la posibilidad de que el acto de fusión misma sea una<br />

manifestación de bloqueo a la entrada. 32 Una cadena pueda adquirir otra de menor tamaño,<br />

si con ello dificulta la entrada de un competidor, cuya posibilidad de entrada es<br />

precisamente mediante la adquisición de una empresa establecida que posee el<br />

conocimiento del mercado local. Esta estrategia de entrada mediante adquisición ha sido<br />

empleada en Estados Unidos por el grupo internacional Ahold. En Chile, el grupo Falabella<br />

ha incursionado en el negocio de los supermercados mediante la compra de San Francisco.<br />

En cuanto al control de fusiones, la Comisión Europea ha invocado el razonamiento de la<br />

“obstrucción de entrada” al rechazar la fusión Kesko-Tuko en Finlandia (ver Anexo 1)<br />

En conclusión, podemos afirmar que el primer tipo de barreras de entrada no<br />

necesariamente reviste un carácter negativo per-se, ya que corresponde a una característica<br />

propia de la industria y de la forma en que se desenvuelve la competencia entre las<br />

30 En términos simplificados, al competir un incumbente y un entrante por un insumo escaso, el primero<br />

tendrá una mayor disposición a pagar que el segundo, ya que el incumbente mantiene así su renta monopólica<br />

mientras que el segundo solo obtiene beneficios dupólicos. En general la pérdida del monopolista es superior<br />

a la ganancia del duopolista.<br />

31 Ver Church and Ware (2000)<br />

32 Ver Fridolfsson y Stenneck (2005) para una explicación sobre fusiones con motivación pre-emptiva.<br />

23


empresas del sector. Incluso, es probable que un segmento de los clientes se beneficie de<br />

algunas de éstas como son los premios por compras repetidas y la adquisición de marcas<br />

propias a menor costo. Sin embargo, se debe tener presente que las firmas que deseen<br />

ingresar a este negocio y busquen competir en forma equivalente con las cadenas de<br />

presencia nacional o regional deben invertir en tales activos o herramientas de competencia.<br />

Si bien tales activos están disponibles para cualquier empresa, lo importante es que el<br />

entrante sea capaz de lograr la escala de operación, en términos de ventas, que haga<br />

rentable dicha inversión antes del ingreso. 33 De otra forma, no se producirá la entrada o<br />

bien esta será marginal, copando ciertos nichos, pero con incidencia despreciable en la<br />

competencia.<br />

Sobre las barreras estratégicas, en primer lugar éstas tienen un carácter claramente<br />

anticompetitivo y además la consolidación de firmas dominantes, aumenta el riesgo de que<br />

éstas se lleven a cabo. No obstante lo anterior, a juicio del autor, éstas no son razones por si<br />

solas para oponerse a una fusión, a menos que se demuestre que tales acciones abusivas no<br />

puedan ser controladas mediante la supervisión ex –post realizada por la agencia<br />

antimonopolios. Al respecto la autoridad debe evaluar debidamente si existen los<br />

instrumentos legales para actuar oportunamente en caso que practicas abusivas como las<br />

descritas sean denunciadas. Debe tenerse presente que si empresas potencialmente entrantes<br />

anticipan que serán victimas de prácticas anticompetitivas y que además será costoso<br />

probar la ocurrencia de éstas, entonces la entrada se disuadirá<br />

33 El modelo de entrada con barreras de entrada endógenas desarrollado por Sutton (1991) es una buena<br />

representación de tal razonamiento.<br />

24


7. Conclusiones<br />

Del presente informe se pueden obtener las siguientes conclusiones:<br />

La competencia entre supermercados es fundamentalmente local debido a que los<br />

establecimientos son frecuentados mayoritariamente por clientes que viven o trabajan en<br />

sus cercanías. El hecho que tanto el precio como la distancia cuenten a la hora de elegir el<br />

punto de venta implica que el tipo de competencia entre estos tipos de establecimientos es<br />

imperfecta, y que poseen cierto grado de poder de mercado debido a su localización.<br />

Desde el punto de vista del tipo de establecimiento, los Hipermercados y Supermercados<br />

medianos poseen ventajas importantes respecto a otro tipo de locales, como son la variedad<br />

de productos y multiplicidad de servicios que pueden obtenerse en un solo lugar de venta.<br />

De este modo, a falta de información que indique lo contrario, se deben considerar como un<br />

mercado separado de los almacenes menores y tiendas de conveniencia.<br />

Los dos hechos anteriores no necesariamente implican que las fusiones en el mercado de la<br />

venta al detalle tenga un carácter anticompetitivo per-se, pero justifica plenamente que<br />

exista una precaución de la autoridad de competencia respecto a los aumentos en la<br />

concentración que ocurran en tal mercado.<br />

En Chile, ha existido una tendencia en los últimos años a la consolidación de dos empresas<br />

nacionales, mediante procesos de adquisición de otros supermercados y apertura de<br />

establecimientos. Si bien a nivel agregado nacional, la concentración no es alta, debe<br />

prestarse importancia a este indicador a nivel del mercado relevante, el cuál es local.<br />

Existen regiones y ciudades que presentan niveles significativos de concentración, y en<br />

donde probablemente ocurran compras de supermercados locales por parte de las cadenas<br />

nacionales. Este es el caso de las ciudades de Antofagasta, Copiapó, La Serena y Linares.<br />

Permitir aumentos de la concentración en dichos mercados, puede debilitar gravemente la<br />

competencia, con el consecuente efecto negativo de mayores precios y menores opciones<br />

para los clientes.<br />

25


Las barreras de entrada de este mercado, tienen más bien su origen en las economías de<br />

escala que se originan al aprovechar entre más puntos de venta, activos fijos como la<br />

marca, los sistemas de información, logística, desarrollo de marcas propias, marketing y<br />

publicidad. La superioridad de negociación, debido a mayor tamaño, con los proveedores,<br />

también constituye una forma de barrera de entrada. Desde el punto de vista competitivo, la<br />

ventaja de operar en grande tiene relevancia ya que la posibilidad de entrada va a depender<br />

de si el entrante consigue lograr una escala de ventas que le permita cubrir la inversión en<br />

activos que el negocio demanda.<br />

Las ganancias de eficiencia que podrían derivarse de una fusión, tienen que ver con las ya<br />

mencionadas economías de escala y el fortalecimiento del poder comprador de la empresa<br />

distribuidora en relación con sus proveedores. Sobre esta última fuente de beneficios, el<br />

análisis teórico nos señala que existen fuertes cuestionamientos a la posibilidad que dicho<br />

mayor poder comprador termine beneficiando a los consumidores. Si la negociación entre<br />

distribuidores y productores es eficiente —tipo tarifa en dos partes— el mayor poder<br />

negociador del primero se traducirá en una mayor transferencia de renta para éste, lo cual<br />

tiene solamente impacto redistributivo pero no afecta la eficiencia asignativa, ya que el<br />

precio minorista de venta se mantendrá invariante.<br />

Según se reporta en el anexo, las autoridades de competencia en otras jurisdicciones, han<br />

bloqueado fusiones que se considera debilitarán la competencia tanto a nivel local como<br />

nacional. En particular en el caso del Reino Unido, se prohibió que cualquiera de las tres<br />

cadenas mayoritarias (Tesco, Sainsbury y Asda) adquiriera la cuarta empresa en<br />

importancia en el país (Safeway), permitiéndose solo que ésta última sea comprada por la<br />

quinta (Morrisons) y sujeta a venta de locales en zonas donde se producen superposiciones<br />

consideradas riesgosas para la competencia.<br />

26


8. Referencias<br />

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Implications'', Economic Policy, 14(1), April 1999, pp 135-164<br />

27


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concentración de los supermercados en Chile: evidencia de un modelo dinámico de panel y<br />

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Tirole, J (1988), “The Theory of Industrial Organization” MIT Press<br />

28


Anexo 1: Decisiones en Otros Países (poner después de las referencias)<br />

En este anexo presentamos tres casos de fusiones en la industria del retail analizadas en<br />

otras jurisdicciones. El objetivo que se busca es exponer los criterios empelados por las<br />

respectivas autoridades y los hechos determinantes de las decisiones tomadas en cada caso.<br />

Staples- Office Depot, Estados Unidos<br />

Esta fusión fue presentada ante la Federal Trade Comisión (FTC) en 1996 en Estados<br />

Unidos y afectaba al negocio de la venta minorista de artículos de oficina. La importancia<br />

de este caso radica en que se contó con amplia evidencia de datos para analizar los aspectos<br />

competitivos de la fusión, en particular se pudieron testear diversas hipótesis respecto a la<br />

definición de mercado relevante, incidencia de la concentración en el precio final a<br />

consumidores y traspaso de menores costos de insumos a consumidores por parte de las<br />

empresas. 34 Dicha riqueza de información hizo que aspectos estructurales, como las<br />

participaciones de mercado, no tuvieran un rol demasiado preponderante sobre todo en la<br />

decisión inicial de la FTC.<br />

Sobre la delineación de mercado empleada, a pesar de que los artículos de oficina eran<br />

vendidos en diversos formatos de tiendas, el test SSNIP arrojó que el mercado relevante a<br />

emplear en el análisis de la fusión era el de la venta en tiendas de gran superficie.<br />

Paralelamente, documentos internos de las empresas demostraban que las tiendas de gran<br />

superficie consideraban solamente al resto de las grandes tiendas como sus competidores<br />

cercanos y no así a establecimiento de formatos diferentes. De acuerdo a la definición de<br />

mercado que se adoptó, la fusión reduciría de tres a dos el número de oferentes en los<br />

Estados Unidos.<br />

34 Los datos que se emplearon provienen directamente de las cajas registradoras de los locales de venta, los<br />

cuales ofrecían una gran riqueza de información, respecto a precios y cantidades por artículo, tipo de<br />

establecimiento y fecha de venta.<br />

29


Respecto a la incidencia de la estructura del mercado en el precio final, los resultados<br />

mostraron que en las zonas donde las firmas a fusionarse —Staples y Office Depot—<br />

competían, los precios eran sustancialmente menores respecto a los mercados locales en<br />

donde no se enfrentaban. De la regresión se recoge directamente una relación inversa entre<br />

precio y número de oferentes y en particular se consigna el efecto competitivo que ejercía<br />

Office Depot sobre Staples. Por ejemplo, en los mercados donde ambos competían los<br />

precios eran —a otros factores iguales— un 11,6% menores que donde estaba sólo Staples.<br />

Este hecho es congruente con la evidencia escrita disponible y con declaraciones de testigos<br />

que señalaban que el principal competidor de Staples era Office Depot. 35 Las regresiones<br />

indicaban que de consumarse la fusión los precios se incrementarían, sobre todo en las<br />

zonas donde se pasaría de dos a una firma.<br />

Cuadro A-1<br />

Benchmark Comparación Menor<br />

Precio<br />

Staples<br />

Staples + Office Max<br />

Office Depot<br />

OfficeDepot+Office Max<br />

Staples+Office Depot<br />

Staples + Office Max +Office Depot<br />

Staples+Office Depot<br />

Staples + Office Max +Office Depot<br />

11,6 %<br />

4,9 %<br />

8,6 %<br />

2,5 %<br />

Respecto a la posibilidad de entrada luego de la fusión el Juez a cargo del caso consideró<br />

que era improbable que ésta ocurriera oportunamente por un nuevo operador, dado que se<br />

requiere una escala mínima de operación que permitiera que hacer rentable el ingreso. Esto<br />

quiere decir que por las características del negocio y los costos hundidos requeridos para<br />

ingresar, un nuevo operador debiera abrir varias tiendas en distintos puntos del país.<br />

Sobre las ganancias de eficiencia, y la posibilidad de que estas fueran traspasadas a los<br />

consumidores finales, el Juez desechó tal defensa. En primer lugar las partes no fueron<br />

35 Según se cita en Dalkir et al (1999) el CEO de Staples “Tom Stemberg” declaró que Office Depot era su<br />

mejor y más grande competidor y que tal firma era la que imponía una mayor presión competitiva en precios<br />

a Staples que la tercera firma Office Max.<br />

30


claras en establecer si las sinergias eran específicas a la fusión o podían ser logradas de otra<br />

forma —como por ejemplo a través de la apertura de nuevos locales. En segundo lugar, el<br />

nivel de traspaso a consumidores debiera ser de dos tercios de los ahorros para que la fusión<br />

no tuviera efectos anticompetitivos, lo cual fue considerado como no realista. El análisis<br />

econométrico de la FTC demostró que la tasa histórica de traspaso de ahorros en costos está<br />

entre un 15 y un 17%.<br />

Kesko – Tuko, Finlandia<br />

Esta fusión entre dos cadenas de supermercados de Finlandia fue sometida a la revisión de<br />

la Comisión Europea en 1996. Al momento de la fusión, la cadena Kesko era el operador<br />

mayoritario en el mercado del retail, con una participación en ventas a nivel nacional del<br />

40%. Tuko, por su parte contaba con una participación del 20%. De aprobarse la compra,<br />

Kesko poseería un 60 % del volumen de ventas del país, lo que sería más de tres veces<br />

superior a las ventas del segundo operador.<br />

A nivel comprador, Kesko poseía un poder significativo en relación a los proveedores.<br />

Estos últimos dependían en promedio en un 50 y un75 % de sus ventas en Finlandia de la<br />

cadena Kesko. Por su parte, Kesko, según reporta la comisión, no era dependiente de<br />

ningún proveedor en particular y además entre el 20 y 30% de sus ventas correspondían a<br />

marcas propias.<br />

La comisión finalmente rechazo la compra de Tuko por Kesko en base a argumentos de<br />

fortalecimiento de posición dominante, lo cual constituiría un impedimento para un efectivo<br />

desarrollo de la competencia en ese mercado. Según establece el texto de la decisión, la<br />

posición de dominancia se fortalecería, lo cual generaría barreras de entrada y haría más<br />

difícil para los actuales rivales competir activamente en el negocio del retail. La comisión<br />

señaló explícitamente que el fortalecimiento de Kesko haría extremamente improbable que<br />

sus más cercanos competidores fueran capaces de restringir el comportamiento de Kesko en<br />

forma significativa. La decisión fue hecha sobre la base de un análisis de elementos<br />

31


estructurales del mercado, considerando aspectos como la organización horizontal de la<br />

industria, importancia de las barreras de entrada y relación con los proveedores.<br />

La comisión realizó también un análisis de la competencia potencial con el objeto de<br />

predecir si cualquier abuso de la firma dominante podría ser disciplinado a través de la<br />

entrada de un nuevo competidor. Al respecto concluyó que, el carácter dominante adquirido<br />

por Kesko haría improbable que dicho ingreso se produjera. Las razones entregadas fueron<br />

las siguientes:<br />

(i)<br />

Si bien el mercado del retail ha experimentado una fuerte internacionalización, la<br />

ubicación geográfica de Finlandia hace difícil que una cadena Europea se extienda<br />

a dicho país para explotar economías de escala o de alcance.<br />

(ii)<br />

La consolidación de Kesko como operador dominante y la dependencia de los<br />

proveedores de dicha empresa dado su tamaño, hacen menos atractiva la entrada de<br />

una nueva firma que requiere de dichos proveedores para hacer exitosa su incursión<br />

en el mercado de Finlandia. Del mismo modo se señala que lo más probable es que<br />

un entrante hubiera empleado a Tuko como un aliado estratégico para entrar en el<br />

mercado local. Por ende, la compra de dicha cadena por el dominante Kesko, hace<br />

más difícil dicho ingreso.<br />

Caso Safeway, Inglaterra.<br />

En el 2003, cuatro de las principales cadenas de supermercados de Inglaterra presentaron<br />

ofertas por adquirir una quinta cadena: Safeway. Este caso fue inicialmente analizado por el<br />

departamento de comercio quien derivó el caso a la Comisión de Competencia (CC) para su<br />

decisión final. El análisis efectuado por la CC estuvo basado principalmente en factores<br />

estructurales del mercado, como participaciones de mercado y barreras de entrada, para lo<br />

cual se basó en información públicamente disponible sobre la industria como en<br />

antecedentes provistos por las propias empresas en cuestión.<br />

32


Sobre la definición de mercado relevante, la CC recomendó a nivel de formato de tienda<br />

considerar solo los establecimientos con una superficie de venta igual o superior a los 1400<br />

metros cuadrados. No obstante esta definición, el análisis también consideró una<br />

delineación de mercado más amplia, abarcando tiendas hasta de 280 metros cuadrados de<br />

extensión. En cuanto a la dimensión geográfica, dado el carácter local de este tipo de<br />

compra, se consideró un radio de acción de 15 minutos de tiempo de manejo.<br />

En cuanto a las barreras de entrada en la industria, la comisión considero que estas eran<br />

significativas debido a dos hechos: la existencia de cadenas nacionales que aprovechan de<br />

mejor forma las economías de escala y las regulaciones sobre planificación territorial en lo<br />

que respecta a instalación de locales comerciales.<br />

Al momento de la fusión, el mercado presentaba una estructura a nivel nacional de tres<br />

grandes cadenas, con participaciones por sobre el 20% cada una, y dos cadenas medianas<br />

que estaban cercanas al 10%.<br />

Cuadro A-2. Participaciones de mercado según posible fusión. Nivel agregado<br />

nacional<br />

Pre-fusión<br />

% Mercado Post-Fusión con:<br />

Empresa % Mercado Tesco Sainsbury´s Asda Morrisons<br />

Tesco 33.2 43.7 33.2 33.2 33.2<br />

Sainsbury 19.4 19.4 29.9 19.4 19.4<br />

Asda 24.0 24.0 24.0 34.5 24.0<br />

Safeway 10.5<br />

Morrisons 8.4 8.4 8.4 8.4 18.9<br />

Otros 4.5 4.5 4.5 4.5 4.5<br />

HHI(*) 2.101,4 2.887,9 2.598,1 2.694,7 2.101,4<br />

(*) Índice representativo del mercado nacional. Para simplificar el cálculo se considera a “otros” como un<br />

solo proveedor.<br />

33


La CC estimó que solamente la fusión de Safeway con Morrisons no revestía peligro<br />

competitivo. Se concluyó que cualquiera de las otras tres alternativas —Sainsbury, Tesco o<br />

Asda— incrementaba peligrosamente la concentración y que podría dar paso a efectos<br />

unilaterales y coordinados. Cualquiera de esas fusiones, consolidaría un mercado nacional<br />

con solo tres operadores relevantes, debilitando la competencia por la vía de hacer menos<br />

probable la implementación de estrategias agresivas en precios y en otros atributos que son<br />

favorables para el consumidor. En particular, como se mencionó por la CC, de aceptarse la<br />

compra por parte de Tesco, esta cadena adquiriría un carácter dominante, ya que tendría<br />

una participación de mercado casi igual a la suma de los dos competidores siguientes.<br />

Como se observa en el cuadro A-2, la adquisición por Tesco, incrementaría el indicador<br />

HHI en más de 700 puntos. En su decisión, la CC consideró de gran importancia el poder<br />

mantener una estructura de mercado los más competitiva posible. Al respecto, el poder<br />

contar con cuatro operadores a nivel nacional en vez de tres, a juicio del regulador,<br />

producía una diferencia significativa.<br />

Finalmente fue permitido que la Cadena Morrisons adquiriera Safeway, bajo la condición<br />

que esta última vendiera alrededor de 50 puntos de ventas en zonas geográficas donde se<br />

reduciría significativamente el número de oferentes con que contarían sus habitantes. Los<br />

establecimientos vendidos, no pudieron ser obviamente adquiridos por ninguno de las tres<br />

grandes cadenas (Tesco, Sainsbury y Asda), siendo éstos finalmente comprados por<br />

Somerfield quien a la fecha contaba con alrededor del 5% del mercado nacional.<br />

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