INFORME DE DDH ALERTA ARGENTINA - Maristella Svampa
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3) A partir del caso Roser, y como parte de la estrategia de defensa que lleva<br />
adelante el CIAJ (Colectivo de investigación y Acción Jurídica), distintas<br />
organizaciones de derechos humanos de la ciudad de La Plata, la Asociación Miguel<br />
Bru, la Asociación Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el CIAJ y la<br />
Defensoría General de Casación de la Provincia, en calidad de "amicus curiae",<br />
presentaron una habeas data colectivo contra el Ministerio de Seguridad de la<br />
Provincia de Buenos Aires por entender que las fotografías y los datos que se<br />
volcaban en los registros que componen las “carpetas Modus Operandi” constituían<br />
un acto discriminatorio con finalidades indecibles, inciertas y, por ende, contrarias<br />
a la Constitución Nacional y Provincial.<br />
La particularidad de la acción presentada, radicó en la invocación del carácter<br />
colectivo de la legitimación de las Asociaciones involucradas en la demanda. Cabe<br />
decir, el efecto buscado desde un inicio por el CIAJ y los otros organismos era la<br />
posibilidad de que la acción planteada tenga un efecto difuso, que permita<br />
interrumpir de entrada el uso inmemorial de los Modus Operandi en toda la<br />
Provincia, ello por violación manifiesta a garantías y derechos humanos básicos<br />
plasmados en nuestra Constitución Nacional y Provincial<br />
Asimismo, el objetivo central de la Acción planteada fue el de declarar la<br />
inconstitucionalidad del decreto ley 2019/67 que dio vía libre al uso de los Modus<br />
Operandi, se pidió el secuestro de la documentación que exista en el ámbito de<br />
comisarías provinciales cuyo contenido sea producto de una actividad<br />
manifiestamente ilícita y discriminatorio hacia los ciudadanos; por último se dio<br />
fundamental importancia al efecto Habeas Data buscado: que los datos de<br />
ciudadanos de la provincia encerrados en esos registros y usados sin su permiso,<br />
incluso en su contra, sean dados a la luz y cancelados por la autoridad<br />
competente.<br />
El pedido recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo a cargo del magistrado<br />
Luis Arias quién aceptara la legitimidad colectiva a los presentantes para hacer el<br />
reclamo. Posteriormente, y con bastante celeridad, convocó a una audiencia de