INFORME DE DDH ALERTA ARGENTINA - Maristella Svampa

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29.10.2014 Views

Tolosa, quienes se suman a la persecución, hasta que los sospechosos lograron darse a la fuga. Luego de ello, tanto Toni como su amigo Casagna se trasladan a la comisaría sexta de Tolosa a fin de participar en las diligencias de rigor. Esto es, suscribir el acta de procedimiento y prestar declaración testimonial. En esa ocasión el comerciante y funcionario policial Marcelo Rodolfo Toni todo lo que afirma es “...que los malvivientes que perpetraron el delito resultan a simple vista (...) mayores de edad, uno de ellos (...) de aproximadamente 1.75 de estatura, de tez trigueña, de cabellos crespos de color oscuro, ondulados y cortos, cara redonda de contextura física mediana, y el restante (...) de alrededor de 1.60 de estatura, de tez trigueña, cabellos cortos oscuros, de contextura física delgada (...) A preguntas refiere que se halla en condiciones de realizar un dictado de rostro de los dos malvivientes que perpetraron el ilícito y con relación al tercer sujeto manifiesta que observó su rostro...” (fs. 1/3, y 8 y vta.). Dos días más tarde, es decir el 26/04/04, ante el Fiscal Martini, Toni no solo aporta la identidad de los presuntos autores, a quienes identifica como Timoteo de unos 22 o 23 años, Rossi (por Roser) de 25 aproximadamente y un tercero apodado “El Chino” de 30 años o algo menos. Sino que llamativamente y para dar razón de sus dichos, afirma que conocía a los mismos de tiempo antes, por haber actuado respecto de ellos en su condición de funcionario policíal de la comisaría 6ta. de Tolosa, y porque éstas personas además habían cometido en reiteradas oportunidades –cuatro­ delitos contra la propiedad que lo habían tenido como damnificado. Esta declaración fue completada por los compañeros del testigo, y así se tuvo, que Rossi era Roser, y Timoteo un menor de edad. Dicho paquete de pescado podrido fue gustosamente adquirido y convalidado tanto por el Fiscal Martini, quien no indagó de que forma Toni y los restantes damnificados habían llegado a adquirir esa información incongruente con sus primeras declaraciones en la comisaría, como por el Juez de Aspro, quien ordenó el allanamiento a la vivienda de Gabriel y posteriormente hizo lugar al pedido de prisión preventiva.

Desde la primera oportunidad, Roser declaró y afirmó su inocencia, e ingenuamente y en la creencia de que se trataba de un malentendido, solicitó que se lo exponga en una rueda de reconocimiento. Diligencia que fue cumplida por Toni y su amigo Casagna, no sin hacer ostentación del impune manoseo con el cual podía incorporar lo que desease en el expediente, conciente de que la suerte de Gabriel estaba echada (fs.92/93). Más aún cuando Marcelo Rodoldo Toni, en una verdadera profecía de autocumplimiento y como tributo al olfato policial de sus compañeros, señaló la fotografía de Gabriel que meses antes (1) había sido incorporada al álbum de sospechosos de la comisaría 6ta. (fs. 48). Así, primero negó haber visto la fotografía que oportunamente se le había exbibido, y por cuyo reconocimiento Gabriel había sido detenido. Luego, como la contextura física de Gabriel es robusta, y no mediana como afirmara Toni desde un principio, en relación a uno de los autores del hecho, la modificó para así ajustarla a sus características Asimismo, como junto a Gabriel quiso involucrar a Timoteo, y éste resultó menor de edad, no tuvo ningún empacho en sostener que uno de los autores era de contextura chica y no llegaba a los dieciocho años. No obstante haber afirmado desde un principio, que a simple vista quienes habían intervenido en el hecho eran mayores de edad.Por último, al señalar a Gabriel agregó un nuevo dato, ahora lo conocía por la zona donde vivía. Teniendo en cuenta lo relatado nos preguntábamos al momento de tomar la defensa técnica ¿es lógico creer que quien ha sido damnificado por un ilícito en el cual se lo habría desapoderado de diversos bienes, constándole previo a prestar su primer declaración, la identidad y zona de residencia de los autores del mismo, frustre el esclarecimiento del hecho y con ello la posibilidad de recuperar los bienes de los que fuera desapoderado, aportando solo la descripción física, sexo, edad estimada, vestimenta y refiera estar en condiciones del realizar un dictado de rostro? Más aún, si tenemos presente que el testigo, reviste la calidad de funcionario policial, mal podrá argumentarse que Marcelo Rodolfo Toni se sintió intimidado, incómodo, inhibido o mal tratado en dicha seccional policial, y dijo ante el Agente Fiscal lo no dicho por tales motivos antes a sus compañeros. O que sus

Desde la primera oportunidad, Roser declaró y afirmó su inocencia, e<br />

ingenuamente y en la creencia de que se trataba de un malentendido, solicitó que<br />

se lo exponga en una rueda de reconocimiento. Diligencia que fue cumplida por<br />

Toni y su amigo Casagna, no sin hacer ostentación del impune manoseo con el<br />

cual podía incorporar lo que desease en el expediente, conciente de que la suerte<br />

de Gabriel estaba echada (fs.92/93). Más aún cuando Marcelo Rodoldo Toni, en<br />

una verdadera profecía de autocumplimiento y como tributo al olfato policial de<br />

sus compañeros, señaló la fotografía de Gabriel que meses antes (1) había sido<br />

incorporada al álbum de sospechosos de la comisaría 6ta. (fs. 48).<br />

Así, primero negó haber visto la fotografía que oportunamente se le había<br />

exbibido, y por cuyo reconocimiento Gabriel había sido detenido. Luego, como la<br />

contextura física de Gabriel es robusta, y no mediana como afirmara Toni desde un<br />

principio, en relación a uno de los autores del hecho, la modificó para así ajustarla<br />

a sus características Asimismo, como junto a Gabriel quiso involucrar a Timoteo, y<br />

éste resultó menor de edad, no tuvo ningún empacho en sostener que uno de los<br />

autores era de contextura chica y no llegaba a los dieciocho años. No obstante<br />

haber afirmado desde un principio, que a simple vista quienes habían intervenido<br />

en el hecho eran mayores de edad.Por último, al señalar a Gabriel agregó un<br />

nuevo dato, ahora lo conocía por la zona donde vivía.<br />

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primer declaración, la identidad y zona de residencia de los autores del mismo,<br />

frustre el esclarecimiento del hecho y con ello la posibilidad de recuperar los bienes<br />

de los que fuera desapoderado, aportando solo la descripción física, sexo, edad<br />

estimada, vestimenta y refiera estar en condiciones del realizar un dictado de<br />

rostro? Más aún, si tenemos presente que el testigo, reviste la calidad de<br />

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