Revista Derecho en Sociedad, n.° 2 - Febrero 2012 - Ulacit
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DERECHO EN SOCIEDAD, N. º 2. <strong>Febrero</strong> de <strong>2012</strong><br />
<strong>Revista</strong> Electrónica de la Facultad de <strong>Derecho</strong>, ULACIT – Costa Rica<br />
contempla la ley para los casos de liquidación. El nombre o razón social<br />
deberá adecuarse de manera que cumpla con los requisitos legales<br />
respectivos.<br />
El activo y el pasivo continuarán asumidos por la compañía y podrá<br />
seguirse la misma contabilidad, con sólo que el Departam<strong>en</strong>to de<br />
Legislación de Libros de la Tributación Directa, consigne <strong>en</strong> los libros la<br />
transformación producida (Asamblea Legislativa, Ley N° 3294 d<strong>en</strong>ominada<br />
Código de Comercio).<br />
Las posibilidades de transformaciones abarcan las distintas combinaciones que<br />
pued<strong>en</strong> darse <strong>en</strong>tre los cuatro tipos de sociedades mercantiles que establece nuestro<br />
Código de Comercio, de tal manera que una sociedad <strong>en</strong> nombre colectivo puede<br />
transformarse <strong>en</strong> una sociedad de responsabilidad limitada, o bi<strong>en</strong>, una sociedad de<br />
responsabilidad limitada puede transformarse <strong>en</strong> una sociedad anónima, o viceversa, una<br />
sociedad anónima puede cambiarse a una sociedad de responsabilidad limitada, y todas<br />
las combinaciones posibles según las necesidades particulares que posea la sociedad<br />
mercantil de que se trate.<br />
ii.<br />
La transformación <strong>en</strong> el ciclo de vida de la sociedad mercantil<br />
Resulta claro señalar que la transformación ocurre durante la etapa de crecimi<strong>en</strong>to y<br />
desarrollo de la sociedad mercantil, ya que es necesaria cierta cantidad de años<br />
operando <strong>en</strong> el mercado y de haber ejercido la actividad comercial baja una figura dada<br />
para poder id<strong>en</strong>tificar que el tipo de sociedad que se está utilizando no es el más idóneo<br />
para la empresa; o bi<strong>en</strong>, que exist<strong>en</strong> otras figuras más b<strong>en</strong>eficiosas <strong>en</strong> el ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>to<br />
jurídico que le harían más fácil su actividad lucrativa.<br />
Igualm<strong>en</strong>te, se requiere cierta madurez, ya que la sociedad mercantil debe t<strong>en</strong>er<br />
claros sus objetivos y metas para poder determinar cuál es la figura que mejor le<br />
permitiría alcanzarlos, por lo que indudablem<strong>en</strong>te nos referimos a una persona jurídica<br />
que ya ha llegado a su etapa de crecimi<strong>en</strong>to y desarrollo.<br />
c) Escisión de sociedades<br />
i. De la figura de la escisión de sociedades<br />
La escisión de sociedades ocurre cuando una sociedad mercantil considera que debe<br />
separar una de las actividades que realiza -sea para diversificar los costos, separar los<br />
gastos, para efectos de obligaciones tributarias o bi<strong>en</strong> cuando una parte de su negocio<br />
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