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Antecedentes legales y parlamentarios - Ministerio de Defensa

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21 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 1985<br />

Sr. Cavallaro.—Señor presi<strong>de</strong>nte: me voy a referir a una cuestión que afecta la piel en razón<br />

<strong>de</strong> lo que muchos sienten cuando se pronuncia la palabra comandante.<br />

En base a las observaciones que oportunamente presentaré, propongo que los jefes <strong>de</strong> cada<br />

fuerza sean llamados comandantes a secas, porque el único comandante en jefe es el presi<strong>de</strong>nte<br />

<strong>de</strong> la República.<br />

Bien se sabe que en la organización militar los estados mayores no constituyen un escalón<br />

<strong>de</strong> comando sino simples órganos <strong>de</strong> asistencia, asesoramiento y trabajo <strong>de</strong>l jefe <strong>de</strong> cada fuerza,<br />

como el Estado Mayor Conjunto lo es <strong>de</strong>l presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República. Por lo tanto, yo los llamaría<br />

“comandantes” a secas, y si no aceptan esa palabra los llamaría jefes: jefe <strong>de</strong> la Fuerza Aérea,<br />

jefe <strong>de</strong>l Ejército y jefe <strong>de</strong> la Armada. El título <strong>de</strong> comandante en jefe quedaría reservado para el<br />

presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Nación.<br />

La concepción militar <strong>de</strong> que los estados mayores no son escalones <strong>de</strong> comando ha sido<br />

adoptada en todo el mundo, salvo en aquellos países que tienen como jefe <strong>de</strong> cada arma a un<br />

secretario que es <strong>de</strong> Ejército, Marina o Aeronáutica.<br />

En estos casos, esas personas son los verda<strong>de</strong>ros jefes <strong>de</strong> las armas.<br />

Por lo tanto, propongo que a quienes mandan las armas se los llame comandantes a secas y<br />

a quien manda a todas en la República Argentina, al señor presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Nación, se lo <strong>de</strong>signe<br />

con el título <strong>de</strong> comandante en jefe <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte. (Silva).—¿Acepta la comisión la supresión propuesta por el señor diputado<br />

Arabolaza y la modificación propuesta por el señor diputado Cavallaro?<br />

Sr. Zubiri.—La comisión no va a aceptar ninguna <strong>de</strong> ellas.<br />

En primer lugar, el último párrafo <strong>de</strong>l artículo 18 no afecta la facultad constitucional <strong>de</strong>l presi<strong>de</strong>nte<br />

sino que recoge la tradición en materia militar <strong>de</strong> que los jefes <strong>de</strong> los estados mayores generales<br />

sean nombrados entre los generales, almirantes y brigadieres <strong>de</strong>l cuerpo comando en actividad.<br />

En segundo término, lo que propone el señor diputado Cavallaro es lo que dice el proyecto<br />

<strong>de</strong> ley, que utiliza la <strong>de</strong>nominación <strong>de</strong> jefes para los titulares <strong>de</strong> los Estados Mayores Generales <strong>de</strong><br />

cada arma. Por lo tanto, no vamos a aceptar esta supuesta modificación, porque no existe.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Silva).—Se va a votar.<br />

—Resulta afirmativa.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Silva).—En consi<strong>de</strong>ración el artículo 19.<br />

Tiene la palabra el señor diputado por Entre Ríos.<br />

Sr. Cavallaro.—Señor presi<strong>de</strong>nte: basado en los fundamentos <strong>de</strong>l dictamen <strong>de</strong> mayoría,<br />

quiero proponer el cambio <strong>de</strong> una palabra. El artículo dice: “Los Estados Mayores Generales <strong>de</strong> las<br />

Fuerzas Armadas ejercerán el gobierno y la administración <strong>de</strong> sus respectivas fuerzas. Dirigirán la<br />

preparación para la guerra <strong>de</strong> los elementos operacionales <strong>de</strong> las respectivas fuerzas y el apoyo logístico<br />

para los mismos. Propondrán al Estado Mayor Conjunto…”, etcétera. En base a los fundamentos<br />

<strong>de</strong>l dictamen propongo que en lugar <strong>de</strong>l término “Propondrán” se utilice el <strong>de</strong> “Asesorarán”.<br />

El resto <strong>de</strong>l párrafo quedaría igual.<br />

Fíjense los señores diputados que en los fundamentos <strong>de</strong>l dictamen <strong>de</strong> la mayoría se expresa<br />

que la misión <strong>de</strong> los Estados Mayores Generales <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas se limita, en este punto,<br />

al asesoramiento sobre los aspectos indicados, siendo la elaboración <strong>de</strong> los planes militares conjuntos<br />

misión exclusiva <strong>de</strong>l Estado Mayor Conjunto.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Silva).—¿Acepta esta modificación la Comisión <strong>de</strong> <strong>Defensa</strong>?<br />

Sr. Zubiri.—La comisión acepta la propuesta <strong>de</strong>l diputado Cavallaro.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Silva).—Se va a votar el artículo 19 con la modificación propuesta.<br />

574<br />

—Resulta afirmativa.

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