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Antecedentes legales y parlamentarios - Ministerio de Defensa

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21 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 1985<br />

548<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Pugliese).—Si el proyecto <strong>de</strong> la mayoría fuera rechazado, la Cámara tendría<br />

que <strong>de</strong>cidir acerca <strong>de</strong>l ingreso <strong>de</strong>l nuevo proyecto; pero esto es algo que no pue<strong>de</strong> hacerse por<br />

vía indirecta. En este sentido creo que me ajusto correctamente a lo que establece el reglamento.<br />

Lo que el señor diputado Cavallaro propone no es una modificación al artículo 2º <strong>de</strong>l dictamen<br />

<strong>de</strong> la mayoría, sino una iniciativa alternativa que tiene <strong>de</strong>recho a ingresar a la Cámara, pero<br />

que no pue<strong>de</strong> ser tratada por ella sino bajo <strong>de</strong>terminadas condiciones. Así lo establece el artículo<br />

136 <strong>de</strong>l reglamento. Por su parte, el artículo 137 contempla la posibilidad <strong>de</strong> que otros proyectos<br />

sean consi<strong>de</strong>rados en caso <strong>de</strong> que la Cámara rechazare el presentado por la mayoría. Hasta ahora<br />

tal circunstancia no ha ocurrido.<br />

Por ahora lo único que tenemos es una modificación al artículo 2º propuesta por la señora<br />

diputada Falcioni <strong>de</strong> Bravo y la sustitución que acaba <strong>de</strong> formularse que, a mi juicio, tendría que<br />

haberse canalizado por otra vía.<br />

Sr. Cavallaro.—Podría cambiarse la redacción <strong>de</strong>l proyecto.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Pugliese).—Debe ajustarse a lo que dispone el artículo 137 <strong>de</strong>l reglamento.<br />

Sr. Cavallaro.—Respeto su opinión, pero queremos <strong>de</strong>jar en claro que nuestra propuesta<br />

consiste en un proyecto <strong>de</strong> alternativa.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Pugliese).—Durante la discusión en general ha quedado muy en claro la proposición<br />

<strong>de</strong>l proyecto <strong>de</strong> alternativa. No tengo la menor duda en cuanto a que en el Diario <strong>de</strong><br />

Sesiones y ante el país quedará exactamente reflejada cuál es la posición <strong>de</strong>l bloque al que usted<br />

pertenece. Volver sobre el tema constituiría una repetición que no califico <strong>de</strong> inútil —ninguna<br />

repetición lo es— pero sí <strong>de</strong> absolutamente innecesaria.<br />

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.<br />

Sr. Ferré.—Quiero proponer una modificación al artículo 2º que nos parece más or<strong>de</strong>nada y<br />

correcta <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el punto <strong>de</strong> vista <strong>de</strong> la lógica expositiva y <strong>de</strong> la técnica legislativa.<br />

En esta nueva redacción se introducen criterios que no están presentes en el proyecto original,<br />

tal como consi<strong>de</strong>rar los conflictos causados no sólo por las agresiones sino también por los<br />

intereses externos; se contempla también la secuela que pue<strong>de</strong>n tener en la Nación los conflictos<br />

en o entre terceros países. A<strong>de</strong>más, entre sus generalida<strong>de</strong>s se incluye un concepto omnicomprensivo,<br />

ausente en el proyecto oficial, al expresar la finalidad <strong>de</strong> garantizar en forma permanente<br />

la realización <strong>de</strong> la voluntad nacional.<br />

Con estos elementos, propongo la siguiente redacción <strong>de</strong>l artículo 2º <strong>de</strong>l dictamen <strong>de</strong> la mayoría:<br />

“La <strong>Defensa</strong> Nacional es el conjunto <strong>de</strong> previsiones y acciones <strong>de</strong>stinadas a prevenir o superar<br />

los conflictos <strong>de</strong> toda índole causados por intereses o agresiones <strong>de</strong> origen externo y por la secuela que<br />

pue<strong>de</strong>n tener en la Nación conflictos en o entre terceros países, tanto en tiempo <strong>de</strong> paz como en tiempo<br />

<strong>de</strong> guerra.<br />

“Tiene por finalidad la integración y acción coordinada <strong>de</strong> todas las fuerzas morales y materiales<br />

<strong>de</strong> la Nación para prevenir y/o afrontar tales conflictos y para garantizar <strong>de</strong> modo permanente,<br />

preservándola <strong>de</strong> interferencias o preocupaciones sustanciales, la realización <strong>de</strong> la voluntad nacional<br />

asegurando la soberanía e in<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad<br />

<strong>de</strong> auto<strong>de</strong>terminación; proteger la vida y la libertad <strong>de</strong> sus habitantes, los intereses nacionales y<br />

la plena vigencia <strong>de</strong>l sistema <strong>de</strong>mocrático y constitucional.”<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Pugliese).—¿La comisión acepta la redacción propuesta?<br />

Sr. Zubiri.—No, señor presi<strong>de</strong>nte.<br />

Para no ser reiterativo sólo diré que ya he expresado cuál es el concepto <strong>de</strong> agresión que<br />

se emplea en el proyecto, que no es otro que el <strong>de</strong> la resolución 3.314 <strong>de</strong> las Naciones Unidas,<br />

<strong>de</strong> 1974. Me remito a lo que expresé oportunamente. Por ello es que la comisión no acepta las<br />

modificaciones.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Pugliese).—Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.<br />

Sr. Bordón González.—El señor diputado Vanossi ha hecho un planteo que acaba <strong>de</strong> reiterar

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