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Antecedentes legales y parlamentarios - Ministerio de Defensa

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49a. reunión - continuación 2a. sesión extraordinaria<br />

Nacional para que se reúna en el término <strong>de</strong> cuarenta y ocho horas. La falta <strong>de</strong> convocatoria en la<br />

forma y plazos establecidos hará cesar automáticamente la medida dispuesta.”<br />

El señor diputado Mira propone para el artículo 30 la redacción siguiente:<br />

“En caso <strong>de</strong> conmoción interior, sea ésta originada por personas o agentes <strong>de</strong> la naturaleza, cuya<br />

gravedad implique o pueda implicar la alteración <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n público y <strong>de</strong> las activida<strong>de</strong>s y servicios<br />

públicos esenciales, el presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Nación podrá, con previa autorización <strong>de</strong>l Congreso <strong>de</strong> la<br />

Nación, <strong>de</strong>clarar zona <strong>de</strong> emergencia a parte o partes <strong>de</strong>l territorio nacional para preservar, mantener<br />

o restablecer el or<strong>de</strong>n, asegurar las activida<strong>de</strong>s y servicios públicos esenciales y prestar los auxilios<br />

necesarios mediante el empleo inclusive <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas.”<br />

El señor diputado Monsalve propone para este artículo 30 la siguiente redacción:<br />

“En caso <strong>de</strong> conmoción interior que no haya podido ser prevista, sea ésta originada por personas<br />

o agentes <strong>de</strong> la naturaleza y cuya gravedad implique o pueda implicar la alteración <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n público<br />

y <strong>de</strong> las activida<strong>de</strong>s y servicios públicos esenciales, el presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Nación podrá <strong>de</strong>clarar zona <strong>de</strong><br />

emergencia a parte o partes <strong>de</strong>l territorio nacional para preservar, mantener o restablecer el or<strong>de</strong>n,<br />

asegurar las activida<strong>de</strong>s y servicios públicos esenciales y prestar los auxilios necesarios mediante el<br />

empleo inclusive <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas.<br />

“Si el hecho se produjere en ocasión <strong>de</strong> estar funcionando el Congreso Nacional, el Po<strong>de</strong>r Ejecutivo<br />

comunicará inmediatamente al mismo las medidas adoptadas, que quedarán firmes o se <strong>de</strong>jarán sin<br />

efecto según sea la <strong>de</strong>cisión <strong>de</strong>l Congreso. Si, por el contrario, los hechos se produjeren durante el receso<br />

legislativo, el Po<strong>de</strong>r Ejecutivo convocará a sesiones extraordinarias en el término <strong>de</strong> cuarenta y<br />

ocho horas al Parlamento, a los mismos fines consignados en el párrafo anterior. La falta <strong>de</strong> consulta<br />

al Congreso o <strong>de</strong> convocatoria en la forma y plazos establecidos hará cesar automáticamente las medidas<br />

dispuestas.”<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Pereira).—Para referirse a la modificación al artículo 30, tiene la palabra el<br />

señor diputado Monsalve.<br />

Sr. Monsalve.—Simplemente quiero <strong>de</strong>stacar, en forma muy breve, que en la redacción <strong>de</strong>l<br />

artículo 30 que propongo se conciban, a mi enten<strong>de</strong>r, las distintas posiciones advertidas a lo<br />

largo <strong>de</strong>l <strong>de</strong>bate; vale <strong>de</strong>cir, que se contempla la posibilidad <strong>de</strong> obrar urgentemente por el Po<strong>de</strong>r<br />

Ejecutivo, puesto que no se da el carácter <strong>de</strong> acto previo al aviso al Congreso Nacional, y se da<br />

también la posibilidad <strong>de</strong> que el Congreso intervenga <strong>de</strong> manera activa en la adopción <strong>de</strong> las<br />

medidas que corresponda tomar según la emergencia lo requiera.<br />

Quiero <strong>de</strong>stacar en este momento, porque no hay otra oportunidad para hacerlo, que se<br />

trata siempre <strong>de</strong>l caso <strong>de</strong> conmoción interior que no haya podido ser previsto; si ha podido ser<br />

previsto, el Po<strong>de</strong>r Ejecutivo ha tenido tiempo para planear las cosas y solicitar al Congreso la<br />

intervención que corresponda. Cuando el caso se dé en ocasión <strong>de</strong> que no pudo ser previsto, el<br />

Po<strong>de</strong>r Ejecutivo obrará y <strong>de</strong>spués comunicará el hecho al Congreso.<br />

De este modo entiendo que quedan zanjadas las dificulta<strong>de</strong>s que he advertido en el <strong>de</strong>bate,<br />

como una forma <strong>de</strong> conciliar los intereses en disputa.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Pereira).—Tiene la palabra el señor diputado Moyano.<br />

Sr. Moyano.—Es para aclarar que las razones <strong>de</strong> nuestro voto en contra <strong>de</strong>l artículo en consi<strong>de</strong>ración<br />

fueron dadas en el informe que presenté a esta Honorable Cámara en ocasión <strong>de</strong><br />

tratarse en general el dictamen.<br />

Sr. Presi<strong>de</strong>nte (Pereira).—Tiene la palabra el señor diputado Humberto Suárez.<br />

Sr. Suárez (H. F.).—Señor presi<strong>de</strong>nte: es para <strong>de</strong>jar constancia <strong>de</strong> que apoyo la modificación<br />

presentada por el señor diputado Monsalve porque estoy convencido <strong>de</strong> que soluciona,<br />

en gran medida, el problema y el <strong>de</strong>bate que significó la redacción <strong>de</strong> este artículo.<br />

Tal como ha sido señalado por muchos expositores durante el <strong>de</strong>bate en general, creo que tal<br />

como está redactado el artículo probablemente traerá aparejada la colisión con alguna norma<br />

constitucional.<br />

339<br />

1975

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