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Antecedentes legales y parlamentarios - Ministerio de Defensa

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20 y 21 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 1975<br />

268<br />

que nos <strong>de</strong>be guiar para su examen. Teniendo conciencia <strong>de</strong> su auténtica significación aventaremos<br />

toda sospecha y daremos respuesta a<strong>de</strong>cuada a las prevenciones que se han manifestado<br />

en este recinto. Con esta inteligencia el bloque <strong>de</strong>l Movimiento Línea Popular, que apoyará el<br />

proyecto en tratamiento, lo hará no sólo con tranquilidad <strong>de</strong> espíritu sino con la conciencia <strong>de</strong><br />

cumplir con un <strong>de</strong>ber inomisible en esta hora <strong>de</strong> graves tribulaciones para la República. Todo lo<br />

que pudiera hacerse contrariando estos principios será violar la ley que votemos.<br />

¿Qué queremos significar cuando sostenemos que el objetivo <strong>de</strong> la <strong>de</strong>fensa es preservar los intereses<br />

vitales <strong>de</strong> la Nación <strong>de</strong> interferencias y perturbaciones sustanciales? Queremos <strong>de</strong>cir que<br />

nuestro propósito es cubrir esos intereses vitales <strong>de</strong> las interferencias y perturbaciones creadas o<br />

explotadas por intereses no nacionales, sean vernáculos o foráneos, para restar, paralizar, enervar<br />

o modificar en su provecho la concreción <strong>de</strong> los objetivos nacionales. Y en ellas involucramos la<br />

subversión <strong>de</strong> cualquier signo, <strong>de</strong> izquierda y <strong>de</strong> <strong>de</strong>recha, los imperialismos y los monopolios.<br />

Pero el concepto <strong>de</strong> la seguridad no se agota para su logro en las <strong>de</strong>finiciones que hemos <strong>de</strong>jado<br />

precisadas, sino que todavía es necesario que se <strong>de</strong>n ciertos requisitos <strong>de</strong>l marco ambiental<br />

o, como dicen los doctrinarios en la materia, se produzca la “situación ambiental conformada”,<br />

a cuyo fin <strong>de</strong>ben superarse el sub<strong>de</strong>sarrollo económico y social, las tensiones sociales, las improvisaciones<br />

y los errores; <strong>de</strong>ben evitarse y corregirse la corrupción y la venalidad, el <strong>de</strong>sor<strong>de</strong>n y la<br />

indisciplina colectiva, para en <strong>de</strong>finitiva facilitar el <strong>de</strong>senvolvimiento <strong>de</strong> la comunidad salvaguardándola<br />

<strong>de</strong> perturbaciones e incertidumbres. Recién entonces se alcanzará la meta <strong>de</strong> la <strong>Defensa</strong><br />

Nacional, que es la Seguridad Nacional.<br />

Como se advertirá, señor presi<strong>de</strong>nte, si se profundiza sobre la real relevancia que tiene la<br />

concepción <strong>de</strong> la Seguridad Nacional <strong>de</strong>finida en el proyecto, se llegará a la conclusión <strong>de</strong> que en<br />

ella está englobada toda la problemática <strong>de</strong> la política nacional y no sólo aspectos <strong>de</strong> la guerra o<br />

<strong>de</strong> la subversión interna, como algunos parecen interpretar.<br />

Sentadas estas <strong>de</strong>finiciones, en nombre <strong>de</strong> mi bloque —y sin perjuicio <strong>de</strong> consignar al final<br />

<strong>de</strong> mi exposición las situaciones <strong>de</strong> inseguridad que conspiran contra los objetivos <strong>de</strong> esta ley—<br />

pasaré a realizar un breve análisis <strong>de</strong>l texto en examen, para formular algunas observaciones y<br />

proponer correcciones que <strong>de</strong>ben conceptuarse como un aporte para el mejoramiento <strong>de</strong> la ley<br />

orientado a dotarla <strong>de</strong> mayor eficacia.<br />

El proyecto originario <strong>de</strong>l Po<strong>de</strong>r Ejecutivo establece la creación <strong>de</strong> cinco organismos, a saber:<br />

el Consejo <strong>de</strong> Seguridad Nacional, el Consejo <strong>de</strong> Seguridad Interna, el Comité Militar, la Central<br />

Nacional <strong>de</strong> Inteligencia y el Consejo <strong>de</strong> <strong>Defensa</strong>. De estos organismos dos ya están creados por<br />

los <strong>de</strong>cretos 2.770 y 2.771 <strong>de</strong> este año. El Consejo <strong>de</strong> <strong>Defensa</strong> Nacional y el Consejo <strong>de</strong> Seguridad<br />

Interna han sido unificados en el dictamen <strong>de</strong> la comisión con la <strong>de</strong>nominación <strong>de</strong>l primero.<br />

La <strong>de</strong>finición <strong>de</strong> seguridad nacional que se inserta en el artículo 2º <strong>de</strong>l proyecto es, a nuestro<br />

juicio, una <strong>de</strong>finición doctrinaria y no jurídica. De ahí que auspiciaremos la consagración <strong>de</strong>l<br />

texto originario y no <strong>de</strong>l aconsejado por la comisión, ya que se ha intercalado la cláusula “fijados<br />

<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l marco constitucional”, lo que no es necesario <strong>de</strong>cir porque está ínsito en la <strong>de</strong>finición<br />

<strong>de</strong> la seguridad nacional, ya que ella tiene el objetivo, precisamente, <strong>de</strong> proteger los principios<br />

consagrados en la ley Fundamental <strong>de</strong> la República.<br />

Aparte <strong>de</strong> lo expuesto, sostengo que el nuevo esquema legal propuesto en la materia <strong>de</strong> seguridad<br />

no difiere mayormente <strong>de</strong>l establecido en el <strong>de</strong>creto ley 16.970, aprobado en el año 1966.<br />

La característica fundamental <strong>de</strong> ese <strong>de</strong>creto ley era que en lo concerniente a la seguridad todo<br />

recaía sobre el CONASE <strong>de</strong>pendiente directamente <strong>de</strong> la Presi<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> la Nación y a cuyo frente<br />

se encontraba una persona que, con carácter <strong>de</strong> secretario <strong>de</strong> Estado y rango ministerial, tenía<br />

amplias atribuciones. Esta es la principal diferencia entre el proyecto <strong>de</strong> ley que estamos consi<strong>de</strong>rando<br />

y la legislación vigente.<br />

No estoy <strong>de</strong> acuerdo con la modificación propiciada por el dictamen <strong>de</strong> la Comisión en<br />

cuanto a unificar en un solo organismo el Consejo <strong>de</strong> Seguridad Nacional y el <strong>de</strong> Seguridad

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