1914 del 31 de octubre de 2008 - Ministerio de Ambiente, Vivienda ...

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Resolución No. 1914 del 31 de octubre de 2008 Hoja No. 6 POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION No. 2069 DEL 23 DE OCTUBRE DE 2006,, MEDIANTE LA CUAL SE EMITIO UN DICTAMEN TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL PRODUCTO FORMULADO SEIZER 8 SC, A PARTIR DEL INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO BIFENTRINA Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES capítulo III de la Sección Cuarta del Código de Procedimiento Civil, establece “Aclaración, Corrección y Adición de las providencias” y en su artículo 310, establece: “Artículo 310. Corrección de Errores Aritméticos y Otros Toda providencia en que se haya incurrido en error puramente aritmético, es corregible por el juez que la dictó, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, mediante auto susceptible de los mismos recursos que procedían contra ella, salvo los de casación y revisión”. “Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica a los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de éstas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella”. Que el Decreto 216 del 13 de febrero de 2006, determina los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones. En su artículo 2º, establece que el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, continuará ejerciendo las funciones contempladas en la ley 99 de 1993. Que por virtud de las funciones delegadas en el artículo primero de la Resolución No. 1393 de Agosto 8 de 2007, la Asesora del despacho de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, se encuentra facultada para expedir el presente acto administrativo. Que mediante el Artículo Tercero del Decreto 3266 del 08 de octubre de 2004, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, creó la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, adscrita al Despacho del Viceministro de Ambiente. Por mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Aclarar el artículo Primero del Auto No. 2610 de fecha 21 de agosto de 2008, el cual quedara así: ARTÍCULO PRIMERO.- Iniciar el trámite administrativo de modificación de Dictamen Técnico Ambiental otorgado a la empresa PROFICOL S.A. mediante la Resolución No. 2069 del 23 de octubre de 2006, modificada por al resolución 1128 del 26 de junio de 2008, para el producto formulado SEIZER 8 SC, con base en el ingrediente activo grado técnico BIFENTRINA, en el sentido de ampliar su uso para nuevas plagas en el cultivo de rosas. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Artículo Primero de la Resolución No. 2069 del 23 de octubre de 2006, modificada por la resolución 1128 del 26 de junio de 2008, mediante la cual se emitió un Dictamen Técnico Ambiental a la empresa PROFICOL S.A. para el producto formulado SEIZER 8 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico BIFENTRINA, el cual quedará así:

Resolución No. 1914 del 31 de octubre de 2008 Hoja No. 7 POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION No. 2069 DEL 23 DE OCTUBRE DE 2006,, MEDIANTE LA CUAL SE EMITIO UN DICTAMEN TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL PRODUCTO FORMULADO SEIZER 8 SC, A PARTIR DEL INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO BIFENTRINA Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES ARTICULO PRIMERO: Emitir Dictamen Técnico Ambiental a la empresa PROFICOL S.A. para el producto formulado SEIZER 8 SC, con ingrediente activo grado técnico BIFENTRINA, con el objeto de continuar con el trámite para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, ante la Autoridad Nacional Competente- Instituto Colombiano Agropecuario- ICA, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. -La empresa fabricante del producto formulado SEIZER 8 SC y del ingrediente activo grado técnico BIFENTRINA, es MAKHTESHIM CHEMICAL WORKS LTD. de Israel. -Adicionalmente, el producto SEIZER 8 SC, será formulado localmente por la empresa PROFICOL ANDINA B.V. Sucursal Colombia. PARAGRAFO: Los usos del producto SEIZER 8 SC con sus respectivas dosis y plagas a controlar son: CULTIVO PLAGA DOSIS Rosa Acaros Tetranychus urticae 0.9 l/ha Trips 0.5 l/ha Mosca blanca 0.8 l/ha Papaya Acaro verde 0.6-1.0l/ha Tetranychus spp Acaro blanco Polyphagotarsonemus latus Tomate Mosca blanca (trialeurodes 0.6l/ha vaporarium) Café Minador 1.0-1.3 l/ha Leucoptera coffeellum *Aplicar con volúmenes de mezcla de 1000 l/ha para flores ARTICULO TERCERO: La empresa PROFICOL S.A., deberá entregar copia de la etiqueta con la que se esté comercializando el producto SEIZER 8 SC, en el próximo informe de cumplimiento ambiental. ARTÍCULO CUARTO: El producto SEIZER 8 SC, a partir del ingrediente activo grado técnico BIFENTRINA, deberá formar parte integral del Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Plaguicidas, que implemente la empresa, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en la Resolución 0693 del 19 de abril de 2007. Igualmente la empresa PROFICOL S.A. deberá informar sobre las actividades realizadas durante la ejecución de dicho plan dentro de los informes de cumplimiento anual. ARTICULO QUINTO: Las demás obligaciones y condiciones establecidas en la Resolución No. 2069 del 23 de octubre de 2006, modificada por la resolución 1128 del 26 de junio de 2008, continuarán vigentes. ARTICULO SEXTO: Por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, notificar el contenido del presente acto administrativo al representante legal y/o apoderado debidamente constituido de la empresa PROFICOL S.A.

Resolución No. <strong>1914</strong> <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>31</strong> <strong>de</strong> <strong>octubre</strong> <strong>de</strong> <strong>2008</strong> Hoja No. 6<br />

POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION No. 2069 DEL 23<br />

DE OCTUBRE DE 2006,, MEDIANTE LA CUAL SE EMITIO UN DICTAMEN<br />

TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL PRODUCTO FORMULADO SEIZER 8 SC, A<br />

PARTIR DEL INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO BIFENTRINA Y SE<br />

TOMAN OTRAS DETERMINACIONES<br />

capítulo III <strong>de</strong> la Sección Cuarta <strong><strong>de</strong>l</strong> Código <strong>de</strong> Procedimiento Civil,<br />

establece “Aclaración, Corrección y Adición <strong>de</strong> las provi<strong>de</strong>ncias” y en su<br />

artículo <strong>31</strong>0, establece:<br />

“Artículo <strong>31</strong>0. Corrección <strong>de</strong> Errores Aritméticos y Otros Toda provi<strong>de</strong>ncia en<br />

que se haya incurrido en error puramente aritmético, es corregible por el<br />

juez que la dictó, en cualquier tiempo, <strong>de</strong> oficio o a solicitud <strong>de</strong> parte,<br />

mediante auto susceptible <strong>de</strong> los mismos recursos que procedían contra<br />

ella, salvo los <strong>de</strong> casación y revisión”.<br />

“Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica a los casos <strong>de</strong> error por<br />

omisión o cambio <strong>de</strong> palabras o alteración <strong>de</strong> éstas, siempre que estén<br />

contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella”.<br />

Que el Decreto 216 <strong><strong>de</strong>l</strong> 13 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong> 2006, <strong>de</strong>termina los objetivos, la<br />

estructura orgánica <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> <strong>Ambiente</strong>, <strong>Vivienda</strong> y Desarrollo Territorial y<br />

se dictan otras disposiciones. En su artículo 2º, establece que el <strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong><br />

<strong>Ambiente</strong> <strong>Vivienda</strong> y Desarrollo Territorial, continuará ejerciendo las funciones<br />

contempladas en la ley 99 <strong>de</strong> 1993.<br />

Que por virtud <strong>de</strong> las funciones <strong><strong>de</strong>l</strong>egadas en el artículo primero <strong>de</strong> la Resolución<br />

No. 1393 <strong>de</strong> Agosto 8 <strong>de</strong> 2007, la Asesora <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>de</strong>spacho <strong>de</strong> la Dirección <strong>de</strong><br />

Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, se encuentra facultada para expedir<br />

el presente acto administrativo.<br />

Que mediante el Artículo Tercero <strong><strong>de</strong>l</strong> Decreto 3266 <strong><strong>de</strong>l</strong> 08 <strong>de</strong> <strong>octubre</strong> <strong>de</strong> 2004, el<br />

<strong>Ministerio</strong> <strong>de</strong> <strong>Ambiente</strong>, <strong>Vivienda</strong> y Desarrollo Territorial, creó la Dirección <strong>de</strong><br />

Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, adscrita al Despacho <strong><strong>de</strong>l</strong><br />

Viceministro <strong>de</strong> <strong>Ambiente</strong>.<br />

Por mérito <strong>de</strong> lo expuesto,<br />

RESUELVE:<br />

ARTICULO PRIMERO: Aclarar el artículo Primero <strong><strong>de</strong>l</strong> Auto No. 2610 <strong>de</strong> fecha 21<br />

<strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> <strong>2008</strong>, el cual quedara así:<br />

ARTÍCULO PRIMERO.- Iniciar el trámite administrativo <strong>de</strong> modificación <strong>de</strong><br />

Dictamen Técnico Ambiental otorgado a la empresa PROFICOL S.A. mediante la<br />

Resolución No. 2069 <strong><strong>de</strong>l</strong> 23 <strong>de</strong> <strong>octubre</strong> <strong>de</strong> 2006, modificada por al resolución 1128<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> 26 <strong>de</strong> junio <strong>de</strong> <strong>2008</strong>, para el producto formulado SEIZER 8 SC, con base en el<br />

ingrediente activo grado técnico BIFENTRINA, en el sentido <strong>de</strong> ampliar su uso<br />

para nuevas plagas en el cultivo <strong>de</strong> rosas.<br />

ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Artículo Primero <strong>de</strong> la Resolución No. 2069<br />

<strong><strong>de</strong>l</strong> 23 <strong>de</strong> <strong>octubre</strong> <strong>de</strong> 2006, modificada por la resolución 1128 <strong><strong>de</strong>l</strong> 26 <strong>de</strong> junio <strong>de</strong><br />

<strong>2008</strong>, mediante la cual se emitió un Dictamen Técnico Ambiental a la empresa<br />

PROFICOL S.A. para el producto formulado SEIZER 8 SC, a partir <strong><strong>de</strong>l</strong> ingrediente<br />

activo grado técnico BIFENTRINA, el cual quedará así:

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