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CODESARROLLO Y MIGRACIONES. EL PAPEL DE LA COOPERACIÓN<br />

Instituto de estudios para la Paz y la Cooperación – IEPC – C/ Bermúdez de Castro 14 bajo C. 33011 Oviedo –España – Tfno: +34 985 08 88 09 – Fax: +34 985 08 09 02 - instituto@universidadabierta.org<br />

332<br />

Instituto de estudios para la Paz y la Cooperación-IEPC<br />

www.universidadabierta.org<br />

las leyes existentes se adapten a la realidad socioeconómica, lo que hay que hacer es que<br />

la ley se cumpla. No obstante, hemos dicho también que no es posible usar medidas<br />

coercitivas para obligar a los jornaleros migrantes a cumplir las leyes, puesto que no<br />

cuentan con las condiciones mínimas para hacerlo. Por tanto, la única opción viable<br />

parece ser que el Estado instrumente medidas para ayudar a los migrantes a contar con<br />

las condiciones socioeconómicas indispensables, para que les pueda ser demandado el<br />

respeto de las normas, lo cual, a nuestro juicio, se lograría mediante una buena<br />

coordinación de la política educativa con la política social.<br />

LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS<br />

DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.<br />

TÍTULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES<br />

CAPITULO DÉCIMO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN<br />

Artículo 32.<br />

Los programas de atención a migrantes<br />

Vigente desde mayo de 2000<br />

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación que respete su dignidad y les prepare<br />

para la vida en un espíritu de comprensión, paz y tolerancia en los términos del artículo 3o. De la<br />

constitución. Las leyes promoverán las medidas necesarias para que:<br />

A. Se les proporcione la atención educativa que por su edad, madurez y circunstancias especiales<br />

requirieran para su pleno desarrollo.<br />

B. Se evite la discriminación de las niñas y las adolescentes en materia de oportunidades educativas.<br />

Se establecerán los mecanismos que se requieran para contrarrestar las razones culturales,<br />

económicas o de cualquier otra índole, que propicien dicha discriminación.<br />

Fuente: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/200/33.htm?s=<br />

Las autoridades mexicanas no han sido indiferentes al problema del rezago<br />

educativo de los niños migrantes. Desde el sexenio del presidente José López Portillo<br />

(1976-1982) se empezaron a desarrollar acciones dirigidas a esta población, en el<br />

<strong>Eikasia</strong>. Revista de Filosofía, año II, 9 (marzo 2007). http://www.revistadefilosofia.org

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