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UNA EUROPA SOLIDARIA: CIUDADANÍA Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL.<br />

Instituto de estudios para la Paz y la Cooperación-IEPC<br />

través de su énfasis en los derechos civiles y políticos, los individuales sobre los colectivos y<br />

la aparente universalidad y neutralidad cultural y religiosa en su caracterización.<br />

Item más, la articulación del discurso de los derechos humanos (y en íntima conexión<br />

con él, el principio democrático y la buena gobernanza) en la acción exterior de la Unión<br />

Europea refleja aspectos contradictorios que, sin duda, contribuyen a explicar su reducida<br />

eficacia: así, de un lado, resulta contraproducente que se articule un discurso conformado en<br />

torno al principio democrático precisamente en un ámbito –la acción exterior- en el que es<br />

más patente si cabe el déficit democrático inherente a la UE, como confirma el relegamiento<br />

que en estas materias padece el Parlamento Europeo; insuficiencia que ni siquiera la fallida<br />

Constitución Europea ha tratado de colmar 99 . Por otra parte, también contradictorio resulta el<br />

grado de exigencia asociado con el respeto de los derechos humanos en la política de<br />

cooperación al desarrollo y en las estrategias de preadhesión frente a la indiferencia que tales<br />

desarrollos merecen en el ámbito de los ya Estados miembros. A tenor de ello, no parece<br />

faltarle razón a A. WILLIAMS cuando sugiere que estas contradicciones obedecen a que el<br />

carácter presuntamente fundamental y fundamentador del respeto de los derechos humanos<br />

por la UE no deja de ser un mito -una “tradición inventada”, en la fórmula hobshawmianaajeno<br />

en principio al proyecto de integración europea cuya modesta acogida por el Tribunal<br />

de Justicia de las Comunidades Europeas hipostasía su explícita formulación en la<br />

Declaración común de 1977 sobre los derechos humanos 100 .<br />

En todo caso, es indudable que este cuestionable marco normativo se encuentra<br />

inmerso en un profundo proceso de transformación: junto con las modificaciones previamente<br />

analizadas en el marco del SPG y del Acuerdo de Cotonú se avanzan nuevos desarrollos<br />

algunos de los cuales parecen refrendar claramente la denunciada dinámica neocolonial: éste<br />

99 Sobre el particular y respecto del dominio de la política comercial común, vid. KRAJEWSKI, M., “External<br />

Trade Law and the Constitution Treaty: Towards a Federal and more democratic Common Commercial Policy?”,<br />

Common Market Law Review (CML Rev), vol. 42, 2005, pp. 91-127.<br />

100 WILLIAMS, A., EU Human Rights Policies. A Study in Irony, Oxford UP, Oxford, 2004, pp. 137-157. La<br />

expresión proviene de la colección de ensayos a cargo de HOBSBAWM, E., y RANGER, T., La invención de la<br />

tradición, (trad. E. Omar Rodríguez), Crítica, Barcelona, 2002.<br />

238<br />

<strong>Eikasia</strong>. Revista de Filosofía, año II, 9 (marzo 2007). http://www.revistadefilosofia.org

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