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UNA EUROPA SOLIDARIA: CIUDADANÍA Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. Instituto de estudios<br />

para la Paz y la Cooperación-IEPC<br />

obedece a lo que podríamos caracterizar como el proceso de “externalización” de uno de<br />

los principios estructurales de la propia UE, el principio democrático, y dentro del cual el<br />

respeto de los derechos humanos constituye uno de sus elementos fundamentales. De<br />

hecho, como ha recordado C. ESCOBAR HERNÁNDEZ, ello resulta congruente en un<br />

proceso impulsado por Estados democráticos y respetuosos con los derechos humanos,<br />

pues no sería admisible la consolidación de este nuevo sistema jurídico-político encarnado<br />

en la UE en el que aquellos valores comunes –constitutivos de un auténtico orden público<br />

europeo- pudieran resultar menoscabados o desconocidos 11 .<br />

1.- El respeto de los derechos humanos como expresión de un principio estructural<br />

de la UE<br />

En efecto, como ya hemos destacado en otro lugar 12 , la caracterización del principio<br />

democrático y -dentro de él- el respeto de los derechos humanos como un principio estructural<br />

de la UE se cifra en el valor excepcional que aquéllos confiere el art. 6.1 del Tratado de la<br />

Unión Europea (en lo sucesivo, TUE) en el cual se afirma que:<br />

“La Unión se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las<br />

libertades fundamentales y el Estado de Derecho, principios que son comunes a los Estados miembros”<br />

Además, la observancia de este principio se garantiza a través de los procedimientos<br />

previstos en el art. 7 TUE en donde se contempla incluso la suspensión de los derechos del<br />

Estado miembro al que se atribuya una violación grave y persistente del mismo 13 .<br />

11 ESCOBAR HERNÁNDEZ, C., “Unión Europea, Democracia y Derechos Humanos”, en La Unión Europea<br />

ante el siglo XXI: Los retos de Niza (Actas de las XIX Jornadas de la Asociación Española de Profesores de<br />

Derecho Internacional y Relaciones Internacionales), (C. Escobar Hernández, coord..), BOE, Madrid, 2003, p.<br />

26.<br />

12 En relación con este conjunto de cuestiones vid. ANDRÉS SÁENZ DE SANTA MARÍA, GONZÁLEZ<br />

VEGA, FERNÁNDEZ PÉREZ, Introducción al Derecho… , cit., pp. 92-96, 126-128 y 557-558.<br />

13 Sobre el particular vid. CORTÉS HERRERA, R., “El juego de la cláusula democrática en relación con la<br />

condición de miembro de la Unión Europea ¿Verdadero compromiso o exigencia de lo políticamente<br />

correcto?”,”, en La Unión Europea ante el siglo XXI…, cit., pp. 107-114; ÁLVAREZ VERDUGO, M., “El<br />

respeto y la promoción de los valores en que está basada la Unión Europea. Comentario a la comunicación de la<br />

<strong>Eikasia</strong>. Revista de Filosofía, año II, 9 (marzo 2007). http://www.revistadefilosofia.org 201<br />

.

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