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Guía Práctica para Cooperativas Pesqueras - Niparajá

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El traslado por vía terrestre, marítima o aérea de productos pesqueros vivos, frescos,<br />

enhielados o congelados provenientes de la pesca o la acuacultura deberá realizarse al<br />

amparo de la guía de pesca, de conformidad con el formato que expida la SAGARAPA (Art.<br />

76, LGPAS).<br />

Para la comercialización de los productos de la pesca y de la acuacultura, los comprobantes<br />

fiscales (facturas) que emitan deberán incluir el número de permiso o concesión respectiva<br />

(Art. 75, LGPAS).<br />

Los permisionarios o concesionarios, después de realizar las faenas de pesca, deben<br />

manifestar a la autoridad competente los volúmenes de captura obtenidos por especie<br />

durante una jornada o viaje de pesca. Conforme lo marca el Manual de Trámites y Servicios<br />

al público CONAPESCA-01-023-B Aviso de Arribo. Modalidad B de Embarcaciones Menores de<br />

10 Toneladas de Registro Bruto.<br />

Los permisionarios o concesionarios deberán entregar su Informe Anual de Producción de<br />

Embarcaciones de acuerdo al Manual de Trámites y Servicios al Público CONAPESCA-01-024.<br />

Ver Formatos en la carpeta de Anexos<br />

complementarios a esta <strong>Guía</strong>.<br />

6.5 Razones por las que se pierde un permiso<br />

Cuando el titular del permiso incurra en las siguientes especificaciones, la SAGARPA puede<br />

infraccionar o cancelar los permisos (Art. 55, 132, LGPAS):<br />

Afecten al ecosistema o lo pongan en riesgo inminente, con<br />

base en un dictamen emitido por la autoridad<br />

correspondiente.<br />

Cuando se excedan en el ejercicio de los derechos<br />

consignados de la concesión o el permiso.<br />

Incumplan o violen lo establecido en la Ley General de<br />

Pesca y Acuacultura Sustentable (LGPAS).<br />

No proporcionen la información en los términos y los plazos<br />

que le solicite la SAGARPA o incurran en falsedad al rendir<br />

ésta.<br />

No acaten, sin causa justificada, las condiciones generales<br />

de orden técnico que indique la SAGARPA, dentro del plazo<br />

establecido <strong>para</strong> ello.<br />

Transfieran la concesión o permiso, en contra de lo que marca Ley.<br />

Cuando se desintegre la cooperativa.<br />

Que al amparo del permiso o concesión se comercialice producto de origen ilegal.<br />

Facturar o am<strong>para</strong>r productos pesqueros que no hubieran sido obtenidos en los términos de<br />

su concesión o permiso por sus titulares<br />

Simular actos de pesca de consumo doméstico, de fomento, deportivo-recreativa o didáctica<br />

con el propósito de lucrar con los productos obtenidos de las capturas.<br />

No llevar a bordo de las embarcaciones la documentación original expedida por la SAGARPA<br />

<strong>para</strong> acreditar la concesión o permiso.<br />

57<br />

Permisos de pesca

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