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Año 9, t. 11, 5a. entrega (1901) - Publicaciones Periódicas del ...

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Anales de la Universidad<br />

7^9<br />

que todo mal tiene su remedio-, en donde como lo hace constar<br />

Jacquelln jamás se ha conocido la distinción entre el recurso<br />

contencioso administrativo y el puramente gracioso, y en<br />

donde la acumulación de las funciones judiciales y administrativas<br />

ha permitido á los jaeces proceder por medio de los<br />

writs como verdaderos superiores jerárquicos. Pero á pesar de<br />

eso es justo reconocer que dentro <strong>del</strong> sistema general francés,<br />

que excluye de lo contencioso ordinario los actos do poder público<br />

y toda clase de reclamo en cuestiones^de interés, el recurso<br />

por exceso de poder ha llenado una verdadera necesidad,<br />

ha proporcionado una garantía más de legalidad en<br />

favor de los particulares.<br />

Hemos visto ya cuáles son los casos indicados por las legislaciones<br />

precitadas, como de simples intereses. Debemos<br />

ahora examinar si han estado en lo cierto al proceder asi,<br />

y en caso negativo precisar cuáles son. los que debemos<br />

comprender en el recurso que constituye la materia <strong>del</strong> presente<br />

capítulo.<br />

II<br />

SUMARIO.—Kxameii de los casos que pueden motivar el recurso por perjuicio de<br />

intereses.—Vicios de que pueden adolecer los actos administrativos.—<br />

I,a incompetencia: la violación de las leyes de fonna y la de las leyes<br />

de fondo.—i Las dos primeras pueden alguna vez ser otijeto <strong>del</strong> recurso<br />

preindicadü i—Critica de la legislación italiana—Fundada observación<br />

Orlando.—SupenoridHd relativa de la legislación francesa al lespecto.<br />

Dudas surgiilas sobre la naturaleza <strong>del</strong> recuso por exceso ,le poder.—<br />

Cuál es su verdadero carácter.—Disconformidad con la misma legislación<br />

en cuanto hace de la incompetencia y violación de las foimas un<br />

recurso contencioso especial, y en cuanto incluye en el mismo los casos<br />

de desviación de pader. —Los dos primeros casos deben ser equiparados<br />

á los demás reclamos por violación de derechos—Otro tanto ocurre<br />

con el de violación de la ley y los derechos adquiridos —Explicación<br />

<strong>del</strong> doble recurso estaMecido en esos casos.—Complicaciones á que ha<br />

dado lugar.—La teoría <strong>del</strong> recurso paralelo.—Heíensa. de la jurisprudencia<br />

francesa por Aucoc—Su inaplicación en nuestro sistema.—Actos<br />

de poder discrecional—Casos en que pueden motivar un recurso de derecho<br />

- flem de interéá—Examen de la excepción relativa á los actos<br />

de poder político.—Doctrina de la legislacióu italiana.—Contradicciones<br />

de los tratadistas franceses.— Cuál ha sido la importancia real de<br />

aquella clasificación.—Carácter personal <strong>del</strong> interés que dé mérito al<br />

recurso—Si de ahí se sigue que la resolución reclama la ha de ser también<br />

individual—Objeto <strong>del</strong> reclamo.

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