Año 9, t. 11, 5a. entrega (1901) - Publicaciones Periódicas del ...
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Anales de la Universidad 835<br />
extradición de criminales: con la Eepública Argentina (año 1865); con<br />
Alemania (en 1882); con el Brasil (en 1851), ampliado y modificado en<br />
1878; con el Paraguay (el ano 1883); con España (en 1885); con Portugal<br />
(en 1878); con Inglaterra (el año 1884); con Italia (el año 1881);<br />
y los celebrados por el Congreso Internacional Sudamericano, en<br />
Montevideo, en 1888, entre la República Oriental y la Argentina,<br />
Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Pero.<br />
TITULO VIH<br />
CAPÍTULO<br />
ÚNICO<br />
De la Policía judicial<br />
Artículo 121—La Policía judicial tiene por objeto, y<br />
será obligación de los individuos que la componen, averiguar<br />
las faltas y los <strong>del</strong>itos públicos que se cometieren en<br />
su territorio 6 demarcación; practicar las diligencias necesarias<br />
para comprobarlos, descubrir, aprehender los <strong>del</strong>incuentes<br />
y faltadores, y recoger los instrumentos, efectos,<br />
pruebas <strong>del</strong> <strong>del</strong>ito ó falta, poniéndolos á disposición <strong>del</strong><br />
magistrado judicial competente.<br />
Conc: art. 282 de la Ley de Enj. Crim. Española—art. 184 <strong>del</strong> Cód. de P. Crlm. Argentino.<br />
Art. 122—Si el <strong>del</strong>ito ó falta fuese de los que sólo pueden<br />
perseguirse á instancia de parte privada, los individuos<br />
déla Policía judicial tendrán la misma obligación expresada<br />
en el artículo anterior, si se les requiriese al efecto.<br />
Cono.: art. 282 de la Ley de Enj. Crim. Española.<br />
Generalmente, la jmlieía judiciaria inquiere los <strong>del</strong>itos y faltas, reune<br />
las pruebas é indicios, busca los autores, los aprehende en las<br />
condiciones de la ley, los <strong>entrega</strong> al Juez ó funcionario que corresponda,<br />
á quien, además, instruye de lo que ha hecho, de lo que ha<br />
visto, de lo que ha oído, poniendo en sus manos y consideración las