19.05.2014 Views

Año 9, t. 11, 5a. entrega (1901) - Publicaciones Periódicas del ...

Año 9, t. 11, 5a. entrega (1901) - Publicaciones Periódicas del ...

Año 9, t. 11, 5a. entrega (1901) - Publicaciones Periódicas del ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Anales de la Universidad 813<br />

el sistema por el cual debe pagar el Estado al químico ó farmacéutico<br />

su trabajo, en los casos forenses de análisis químico-físicos, y no hacerle<br />

correr el albur de perder todo su honorario ó no lograrlo, á causa<br />

de la pobreza en que generalmente están sumidos los procesados<br />

en los juicios que se les sigue de oficio. El Estado podrá reembolsarse<br />

de lo gastado, si éstos fuesen condenados por <strong>del</strong>ito ó falta y<br />

llegasen á ser ricos ó tuviesen bienes de su exclusiva propiedad.<br />

Si fuesen absueltos, hay una razón de justicia por la cual ellos no<br />

deben reembolsar esos gastos, sino que éstos sean de cuenta <strong>del</strong><br />

Estado, á cuyo exclusivo servicio se han verificado. Entiéndase bien<br />

que se trata aquí de análisis hechos de oficio ó por mandato oficioso<br />

<strong>del</strong> Juez, no á solicitud de la parte <strong>del</strong> reo ó <strong>del</strong> querellante particular;<br />

de no, serían de cargo de los que loa hubiesen solicitado, sin perjuicio<br />

de las indemnizaciones que puedan deberse.<br />

Es prudente que las sustancias que deban analizarse anatómicamente,<br />

sean puestas en envases que resistan su acción química y física, sobre<br />

todo la primera, y que á su vez no las modifiquen alterando su composición<br />

elemental. Es indispensable que su conservación sea lo más<br />

perfecta que se pueda, ya sea por enfriamiento ó ya por la calefacción<br />

más adecuada. La ciencia proporciona los medios conducentes<br />

á estos fines y están en el deber los jueces de asesorarse en los<br />

casos que ocurran, cuando tuviesen dudas sobre qué precauciones<br />

adoptar.<br />

Como el análisis químico legal irroga gastos y absorbe tiempo, pudiendo<br />

dilatar la conclusión <strong>del</strong> sumario ó <strong>del</strong> plenario, según sea,<br />

siempre que no fuese fundamental, para el esclarecimiento de la<br />

verdad, los jueces no ordenarán ni autorizarán su ejecución,<br />

Art. 98—Ea ningún caso se resolverán durante el sumario,<br />

reclamaciones ni tercerías que tengan por objeto la<br />

devolución de los efectos que constituyen el cuerpo <strong>del</strong> <strong>del</strong>ito,<br />

cualquiera que sea su clase y la persona que los redame.<br />

Concluido el sumario, los Jueces juzgarán si hay ó<br />

no conveniencia en hacer la devolución antes de estar conclusa<br />

definitivamente la causa.<br />

Conc. : art. 367 de Ja Ley de Enj. Crira. Española.<br />

Esta disposición tiene su razón de ser en que el cuerpo <strong>del</strong> <strong>del</strong>ito<br />

puede ser objeto de estudio en todos los estados de un proceso, tanto<br />

en el sumario como en el plenaiio, durante el cual puede ser discutida<br />

su identidad, naturaleza y caracteres.<br />

La ley española de enjuiciamiento sólo establece la negativa de de-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!