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Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de la Universidad 483<br />

MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA.<br />

Montevideo, <strong>19</strong> de Mayo de 1£14.<br />

Vista la resolución referente á la concesión de matrículas<br />

condicionales, propuesta por el Consejo Directivo<br />

de la Facultad de Matemáticas;<br />

Resultando que^ según la misma resolución, sólo podrán<br />

matricularse en dicha Facultad los alumnos á quienes<br />

falte rendir dos asignaturas para terminar sus estudios<br />

preparatorios, siempre que ellos no sean otros que Literatura,<br />

Filosofía ó Mineralogía y Geología;<br />

Considerando que la limitación de dicho beneficio á las<br />

materias indicadas colocan á los estudiantes que aspiran á<br />

ingresar á la referida Facultad en situación desventajosa<br />

con relación á los que cursan Derecho y Medicina, que<br />

se hallan habilitados para matricularse condicionalmente^<br />

sean cuales fueren las dos asignaturas que deben rendir;<br />

Considerando que si se autoriza á matricularse en primer<br />

año de Derecho á quien deba completar el Bachillerato<br />

mediante aprobación en Filosofía y Literatura y á<br />

matricularse en primer año de Medicina á quien tenga<br />

pendiente el examen de Física, Química é Historia Natural^<br />

no sería justo, ya que no se aducen motivos que justifiquen<br />

satisfactoriamente la diferencia, aplicar distinto criterio<br />

á los que aspiran á ingresar á la Facultad de Matemáticas,<br />

sobre todo si se tiene presente que las materias<br />

exceptuadas por el Consejo, consideradas como elemento<br />

de preparación previa, no poseen para los últimos una<br />

trascendencia superior á los que cursen en las otras Facultades<br />

;<br />

Por tales fundamentos,<br />

SE EESUELVE:<br />

Apruébase la resolución antedicha, con excepción de la<br />

parte relativa á las matrículas exceptuadas.

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