19.05.2014 Views

Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Anales de la Universidad 479<br />

Ampliación al artículo 35 <strong>del</strong> Reglamento General<br />

(Licencia á los Profesores)<br />

MlNlSTKllIO DE iNSTRUCCtÓN<br />

PÚBLICA.<br />

Montevideo, 5 de Marzo de lOli.<br />

Vistos: Estos antecedentes relacionados con la ampliación<br />

<strong>del</strong> artículo 35 <strong>del</strong> Reglamento Universitario;<br />

Resultando: Que las autoridades universitarias por iniciativa<br />

<strong>del</strong> Consejo de Medicina, proponen que los profesores<br />

titulares que hayan desempeñado con regularidad<br />

sus funciones durante seis años podrán disponer hasta de<br />

un año de licencia con goce de sueldo para trasladarse<br />

al extranjero en viajes de estudios;<br />

Considerando: Que la ampliación propuesta es de gran<br />

importancia para el mejoramiento de la enseñanza universitaria,<br />

porque los profesores podrán aumentar sus conocimientos<br />

en sus visitas á los principales centros científicos<br />

;<br />

Que, no obstante lo que precede conviene introducir<br />

las siguientes modificaciones á dicho proyecto:<br />

1.0 Que ese beneficio sólo sea acordado por ahora á los<br />

profesores de medicina, ingeniería y arquitectura;<br />

2.0 Que el profesor, al regresar, deberá presentar un<br />

trabajo ó un informe relacionado con la materia que enseña<br />

;<br />

Que la primera modificación tiende á evitar que se<br />

recarguen excesivamente las rentas universitarias, lo que<br />

indudablemente ocurriría si las licencias, en la forma proyectada,<br />

se acordaran á todos los profesores, tanto de las<br />

enseñanzas secundarias y preparatorias como de las superiores<br />

;<br />

Que, sin perjuicio de dar á esa forma la amplitud deseada<br />

á medida que lo permita el mejoramiento de las

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!