19.05.2014 Views

Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Anales de la Universidad 449<br />

comprobar que dichos trabajos tengan un fin científico y<br />

no un interés comercial que hiciese competencia al Instituto<br />

en la ejecución de los ensayos.<br />

Saluda al señor Decano atentamente.<br />

F. Iglesias Eijes,<br />

Director.<br />

REGLAMENTACIÓN DEL CARGO DE AGREGADO<br />

DEL INSTITUTO DE ENSAYO DE MATERIALES<br />

HONORARIO<br />

Artículo 1.0 Los aspirantes al cargo de Agregados Honorarios<br />

<strong>del</strong> Instituto de Ensayo de Materiales, deben solicitar<br />

por escrito su nombramiento al señor Decano de la<br />

Facultad de Matemáticas y comprobar que reúnen las<br />

•condiciones que se exigen en el artículo 2.o.<br />

Art. 2.0 Para poder aspirar al cargo de Agregado Honorario,<br />

se requiere la posesión <strong>del</strong> título de Ingeniero ó<br />

haber rendido examen <strong>del</strong> curso de Ensayo de Materiales<br />

con una clasificación mínima de muy bueno por unanimidad.<br />

Art. 3.0 Los nombramientos de Agregados Honorarios se<br />

extienden por el término de un año y sólo puede ser<br />

prorrogado este plazo en los casos justificados que sean<br />

informados favorablemente por la Dirección <strong>del</strong> Instituto.<br />

Art. 4.0 Los Agregados Honorarios quedan sujetos, desde<br />

8u nombramiento, á los reglamentos y disposiciones internas<br />

<strong>del</strong> Instituto, con excepción <strong>del</strong> cumplimiento <strong>del</strong><br />

horario.<br />

Art. 5.0 Los trabajos que efectúen los Agregados Honorarios<br />

en el Instituto, estarán sujetos al control de la<br />

Dirección y deben tener un carácter de práctica ó de<br />

investigación.<br />

Art. 6.0 La Dirección <strong>del</strong> Instituto podrá suspender en<br />

sus funciones á los Agregados Honorarios siempre que<br />

estos cometan faltas respecto al Instituto ó por cualquier<br />

29.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!