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Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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252 Anales de la Universidad<br />

talles, pero, sería igualmente injusto sostener en todos los<br />

casos la responsabilidad de los ricos, porque se encuentran<br />

en condiciones de soportar las consecuencias de una<br />

sentencia que los condene á reparar el daño. Larombiere<br />

reconoce que esta responsabilidad es la consecuencia de<br />

una presunción de culpa en la elección ó en la vigilancia<br />

de las personas que se emplean.<br />

Cuando se habla de vigilancia se reconoce el derecho<br />

de dar instrucciones y órdenes, sin los cuales la vigilancia<br />

sería ilusoria. Y es precisamente esta distinción la que<br />

se hace para saber si hay ó no hay responsabilidad '^\<br />

Cuando una compañía celebra un convenio con un contratista,—<br />

no es responsable de los perjuicios que puede<br />

causar este último ó sus dependientes, siempre que el<br />

papel de la compañía se limitara á vigilar el exacto cumplimiento<br />

de lo convenido.<br />

Ni el salario, ni la duración de las funciones ejercen<br />

influencia sobre la calidad de dependiente: esta se determina<br />

por las relaciones de subordinación y no por consideraciones<br />

extrañas á ella.<br />

2.0 ELEMENTO. — QiiB lüpersona sometida día dependencia<br />

de otra haija cansado el daño en el ejercicio de las funciones<br />

que le han sido confiadas, ó mejor dicho, dentro de las<br />

relaciones de dependencia en que se halla.—Este segundo<br />

elemento es consecuencia <strong>del</strong> anterior, — y fácilmente se<br />

comprende la razón en que se funda. Los empleados,<br />

obreros y sirvientes dependen de sus patronos mientras<br />

ejercen sus funciones ó desempeñan sus obligaciones;<br />

pero, fuera de sus servicios ellos conservan su libertad<br />

individual y su independencia y escapan á la vigilancia<br />

y dirección de sus patronos de los cuales no tienen porque<br />

recibir ni órdenes ni instrucciones. No se puede presumir<br />

que el patrono ó empresa hayan dado á sus subordinados<br />

la orden ó el mandato de cometer <strong>del</strong>itos fuera<br />

de las funciones que ellos desempeñan.<br />

(1) Soiirdat, II, núm. 890,

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