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Año 19, t. 24, nº 91 (1914) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de la Universidad 229<br />

plimiento de sus deberes de educación moral. Los defectos<br />

de carácter <strong>del</strong> hijo, su temperamento violento, imponen<br />

al padre una mayor vigilancia y pueden ser tomados<br />

en consideración para hacer atenuar la responsabilidad<br />

de éste, siempre que demuestre que ha tomado las medidas<br />

necesarias, posibles, para combatir las inclinaciones<br />

culpables de su hijo acusado de robo. . . La prueba de la<br />

irresponsabilidad de los padres puede resultar de un conjunto<br />

de circunstancias que acrediten que el <strong>del</strong>ito cometido<br />

por el hijo, lejos de la presencia <strong>del</strong> padre, no tiene<br />

su origen en ninguna negligencia imputable á este último.<br />

«Por ejemplo, si un padre, no tuviera otros recursos<br />

para educar su numerosa familia, que su trabajo, y se<br />

encontrara retenido fuera de su casa por las necesidades<br />

de su profesión,—y si en estas circunstancias él hubiera<br />

tomado para asegurar la buena educación de sus hijos<br />

todas las precauciones necesarias, y hubiera vigilado continuamente<br />

la conducta de éstos, en cuanto se lo permitían<br />

sus medios, ordenándoles asistir al colegio, y, tomando<br />

las medidas convenientes para que su conducta fuera<br />

correcta, si un padre acreditara todos estos extremos, no<br />

podría ser declarado responsable, siempre que además de<br />

lo que antecede su conducta fuera de una honestidad<br />

irreprochable. Se invoca á menudo como excusa la ausencia.<br />

. . . Esta circunstancia, podrá, sin duda, ejercer una<br />

cierta influencia sobre la decisión á tomarse,—y—según<br />

los casos, podrá hacer desaparecer la responsabilidad de<br />

los padres cuando estos puedan demostrar, no solamente<br />

que no estaban presentes en el momento <strong>del</strong> <strong>del</strong>ito, sino,<br />

que su ausencia era legítima y que no habían descuidado<br />

las medidas indicadas para que su hijo no cometiera actos<br />

que pudieran causar perjuicio á terceros. Es evidente, que<br />

habrá que juzgar con más severidad la ausencia para un<br />

viaje de recreo que la motivada por un viaje necesario.<br />

Y, nunca habrá que olvidar la educación dada al hijo, la<br />

buena disciplina doméstica, la constante dirección en las

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