oct. 1986 - Publicaciones Periódicas del Uruguay
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tienen la debilidad <strong>del</strong> deseo independientista ante las fuerzas centrípetas<br />
que seguían llevando a los orientales de 1825, como a los<br />
de 1811, a preferir su unión con ''las provincias hermanas", expresión<br />
de época y reveladora de por sí.<br />
Para ellos, las revoluciones de 1811 y 1825 se propusieron, en<br />
esencia, los mismos objetivos: la liberación de ''la región" de los poderes<br />
"extraños" de turno -España, Portugal, Brasil-, y su unión<br />
con el resto <strong>del</strong> Virreinato mediante lazos que el artiguismo definió<br />
con cuidado extremo y que los hombres de 1825 trataron un tanto<br />
desaprensivamente, al menos si atendemos a la voz historiográfica<br />
mayoritaria de esta posición, protagonizada por Eduardo Acevedo y<br />
Ariosto González.<br />
En la opinión de este bando, la lucha de puertos no fue mucho<br />
más que una querella de campanario, y el nexo con Buenos Aires,<br />
lejos dé reducirse a los 32 años de duración <strong>del</strong> Virreinato, se remontó<br />
a un largo siglo, puesto que antes dependíamos de su Gobernación.<br />
En este marco se entiende mejor la verdadera obsecación de<br />
Artigas por defender la salida federal y negar el separatismo, así<br />
como la Ley de Unión <strong>del</strong> 25 de agosto de 1825, simples desarrollos<br />
lógicos de un proceso histórico que sólo pudieron torcer factores<br />
exógenos: la ambición luso-brasileña, que obligó a las Provincias<br />
Unidas a ceder primero e independizarluego a la Provincia Oriental, y<br />
la influencia británica que por motivos comerciales deseaba dividir<br />
las costas <strong>del</strong> Río de la Plata entre dos banderas para internacionalizar<br />
la navegación de la más importante ruta de penetración al<br />
corazón de América <strong>del</strong> Sur.<br />
Los testimonios de época que esta posición historiográfica<br />
brinda llegan a ser imponentes, variadísimos y, sobre todo, algunos<br />
parecen especialmente escritos por los hombres de 1825 para refutar<br />
particularmente la endeble tesis de Pablo Blanco Acevedo.<br />
Este insistió en su Informe parlamentario de 1922 en más de<br />
una oportunidad en cuán diferente había sido la actitud de los orientales<br />
el 25 de agosto de 1825 al establecer con las provincias "un<br />
pacto de unión, de alianza", de la <strong>del</strong> Congreso Constituyente de<br />
esas provincias reunido en Buenos Aires cuando el 25 de <strong>oct</strong>ubre de<br />
ese año, nos "incorporó", término totalmente opuesto al oriental<br />
puesto que afirmaba el derecho argentino a nuestro territorio aun<br />
prescindiendo de la voluntad oriental.<br />
Pero, ¿y la Proclama <strong>del</strong> jefe de los Treinta y Tres, Lavalleja,<br />
a los pueblos orientales comunicándoles la aceptación argentina de<br />
nuestra "unión" no dice acaso: "¡Pueblos! Ya están cumplidos vuestros<br />
más ardientes deseos: ya estamos incorporados a la gran Nación<br />
argentina; ya estamos arreglados y armados"? (2)<br />
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