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Informe Anual 2011 - Ono

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<strong>Informe</strong> de gobierno corporativo<br />

Gobierno corporativo<br />

Datos a 31 de diciembre<br />

Los accionistas vendedores tendrán diez (10) días naturales desde la recepción de la notificación de la oferta de la Sociedad<br />

para aceptar o rechazar la misma. En el supuesto de que los accionistas vendedores rechacen total o parcialmente la oferta de<br />

la Sociedad, entonces el presidente notificará a los accionistas no vendedores el número de acciones ofertadas que queden<br />

a disposición de éstos. A su vez, los accionistas no vendedores tendrán diez (10) días naturales desde la recepción de la<br />

notificación del presidente para manifestar los términos en los que están dispuestos a adquirir todas las acciones ofertadas. La<br />

falta de respuesta en el plazo indicado será considerada como renuncia al derecho a adquirir las Acciones Ofertadas que les<br />

hubieran sido ofrecidas.<br />

Si más de un accionista no vendedor desease adquirir las acciones ofertadas, el presidente notificará a los accionistas<br />

vendedores la oferta más favorable hecha por las acciones ofertadas. Los accionistas vendedores tendrán un plazo de diez (10)<br />

días naturales para notificar al presidente si aceptan o no la oferta.<br />

Si ningún accionista no vendedor desease ejercer su derecho a adquirir las Acciones ofertadas en la oferta anual o, si los<br />

accionistas vendedores rechazasen la oferta de los accionistas no vendedores notificada por el presidente, los accionistas<br />

vendedores tendrán el derecho a vender las acciones ofertadas a un tercero en el plazo máximo de sesenta (60) días naturales<br />

a contar desde la recepción de la notificación efectuada por el presidente a que se refiere este párrafo, siempre que el precio<br />

de venta no sea más bajo y los términos no sean más favorables que aquéllos que se hubiesen ofertado a los accionistas<br />

vendedores, en caso de haberse realizado oferta de compra por la Sociedad o por los restantes accionistas. Transcurrido el plazo<br />

a que se refiere este apartado, aquellas acciones que no se hubiesen transmitido bajo el procedimiento de la correspondiente<br />

oferta anual no podrán serlo, acogiéndose al régimen dispuesto en este apartado 6.2, hasta el año natural siguiente.<br />

<strong>Informe</strong> <strong>Anual</strong> <strong>2011</strong><br />

ONO en <strong>2011</strong><br />

Información de la<br />

compañía<br />

<strong>Informe</strong> de actividades<br />

Análisis financiero<br />

<strong>Informe</strong> de<br />

responsabilidad<br />

corporativa<br />

<strong>Informe</strong> de gobierno<br />

corporativo<br />

Nuestras cifras<br />

Alcance del informe<br />

Información de contacto<br />

6.3. Reglas comunes al 6.1 y 6.2<br />

En el supuesto de que cualquier transmisión de acciones a que se refiere este artículo esté sujeta a autorización administrativa,<br />

los plazos establecidos se prorrogarán en la medida necesaria.<br />

El régimen de transmisión regulado en este artículo 6 se aplicará, mutatis mutandis, a la transmisión de cualesquiera derechos<br />

para suscribir o adquirir acciones.<br />

6.4. Derecho de acompañamiento<br />

6.4.1 Si algún accionista, de forma individual o en concierto con otros accionistas que han pactado ejercitar de forma<br />

coordinada sus derechos de voto en la Sociedad, (en adelante denominado el “Accionista Mayoritario”), adquiere directa o<br />

indirectamente acciones, derechos de voto o cualquier otro derecho similar que permita al Accionista Mayoritario ejercer<br />

control sobre más de un tercio de las acciones de la Sociedad (la “Adquisición de Control”), dicho accionista deberá realizar<br />

una oferta (la “Oferta de Adquisición”) a todos los demás accionistas (los “Accionistas Minoritarios”) para adquirir todas las<br />

acciones de dichos Accionistas Minoritarios por el valor mayor de los siguientes:<br />

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