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Acceso al documento - OIT/Cinterfor

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En nuestro país se reconocen como enfermedades profesion<strong>al</strong>es a aquellas que cumplen los siguientes requisitos:<br />

• La presencia en el ambiente de trabajo de un AGENTE que pueda producir daños a la s<strong>al</strong>ud<br />

• La EXPOSICIÓN del trabajador a dicho agente<br />

• El desarrollo de una ENFERMEDAD que esté claramente definida y<br />

• Las pruebas que se re<strong>al</strong>izan a través de exámenes médicos adecuados que determinan una RELACION DE<br />

CAUSALIDAD entre los factores antes mencionados.<br />

ACCIONES NECESARIAS<br />

Las prevención de los riesgos labor<strong>al</strong>es tiene que ser entendida como una actividad permanente que debe estar<br />

integrada <strong>al</strong> conjunto de todas las actuaciones de la empresa y en todos lo niveles jerárquicos de la misma.<br />

El empleador minero debe elaborar y ejecutar un Programa de S<strong>al</strong>ud y Seguridad en el Trabajo, de acuerdo<br />

a las normas vigentes, con el objetivo de:<br />

“Eliminar o, si esto no es posible, reducir el riesgo a niveles que aseguren la protección de<br />

la s<strong>al</strong>ud y seguridad de los trabajadores”.<br />

Para ello deberá:<br />

1. Incorporar las medidas técnicas necesarias que permitan controlar los riesgos en su fuente.<br />

2. Ev<strong>al</strong>uar los riesgos que no se puedan evitar.<br />

3. Reducir los riesgos <strong>al</strong> mínimo utilizando métodos, procesos y equipos de trabajo seguros.<br />

4. Adoptar medidas que prioricen la protección colectiva antes que la individu<strong>al</strong>.<br />

5. Incorporar medidas de prevención y/ protección acordes con los mejores principios que aconsejen los<br />

medios técnicos disponibles.<br />

6. Proveer los equipos y elementos de protección person<strong>al</strong> acordes <strong>al</strong> riesgo, en tanto se mantenga la situación<br />

de riesgo, o cuando sea inevitable por el tipo de riesgo emergente de la explotación minera, o con<br />

el fin de complementar la seguridad que brinden las protecciones colectivas.<br />

7. Proveer los recursos humanos, físicos y económicos necesarios fin de asegurar el adecuado cumplimiento<br />

del Programa de S<strong>al</strong>ud y Seguridad,<br />

Cuidar que los equipos, las inst<strong>al</strong>aciones, las máquinas, herramientas, Materi<strong>al</strong>es y otros elementos de trabajo,<br />

permanezcan en óptimas condiciones de mantenimiento y seguridad.<br />

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