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Acceso al documento - OIT/Cinterfor

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En las minas donde se exploten miner<strong>al</strong>es que originen<br />

polvos con capacidad de generar mezclas explosivas<br />

con el aire, deberán aplicarse las medidas adecuadas<br />

para controlar el riesgo, entre otras:<br />

• control periódico y sistemático del aire en los lugares<br />

de trabajo,<br />

• ventilar de manera t<strong>al</strong> que la concentración del polvo en<br />

el aire se encuentre por debajo de los niveles de riesgo,<br />

• humedecer los frentes de trabajo antes y luego de<br />

cada voladura.<br />

• usar explosivos adecuados para este tipo de mina,<br />

• colocar arrest<strong>al</strong>lamas en los escapes de los equipos<br />

que utilicen motores de combustión interna.<br />

Los ventiladores princip<strong>al</strong>es deberían estar:<br />

• provistos de sistemas de <strong>al</strong>arma inmediata que indique disminución de velocidad o parada imprevista 17 .<br />

• <strong>al</strong>imentados por dos fuentes independientes de energía eléctrica<br />

• ubicados de t<strong>al</strong> forma que se encuentren protegidos contra derrumbes, golpes, explosiones, y otros riesgos.<br />

• provistos de los dispositivos de seguridad que la autoridad competente juzgue necesarios.<br />

FORTIFICACIONES<br />

La fortificación de las labores mineras comprende las<br />

acciones, dispositivos aislados o estructuras de<br />

cu<strong>al</strong>quier natur<strong>al</strong>eza que sirven para mantener los<br />

espacios abiertos de la mina con una sección<br />

suficiente para la circulación del person<strong>al</strong>, del aire<br />

y el tránsito de equipos, evitando el derrumbe de<br />

techos, la caída de rocas de cu<strong>al</strong>quier dimensión y<br />

manteniendo la cohesión de los terrenos.<br />

En toda mina se deberán adoptar las medidas necesarias a fin de controlar los desplazamientos de los estratos,<br />

fortificar el techo y los hasti<strong>al</strong>es de las g<strong>al</strong>erías para la seguridad de los trabajos. Podrán quedar sin fortificación<br />

los sectores en los cu<strong>al</strong>es las mediciones, los ensayos y el análisis de las capas geológicas hayan demostrado su<br />

condición de autoportante 18 .<br />

Deberá dictarse una norma de procedimientos de fortificación que indique la técnica en uso y sus innovaciones y<br />

las distancias máximas para cada trabajo 19 .<br />

17 El art. 63 del Decreto indica esta medida de seguridad para los ventiladores princip<strong>al</strong>es nuevos que se incorporen a la explotación<br />

18 Art.170, Dec.249/2007 19 Art.172, Ibíd..<br />

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