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Completo - Ekonomia eta Ogasun Saila

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ACTUALIDAD FISCAL<br />

las condiciones necesarias para el buen funcionamiento<br />

del sistema actual del IVA y de reducir<br />

con ello los costes y las cargas administrativas. En<br />

su seno han de debatirse los problemas prácticos<br />

reales derivados de la gestión de ese sistema, así<br />

como las propuestas para su posible solución.<br />

a los profesionales del sector fiscal. El Foro estará<br />

presidido por un representante de la Comisión.<br />

Decisión de la Comisión de 3 de julio de 2012 por<br />

la que se crea el Foro de la UE sobre el IVA<br />

(2012/C 198/05):<br />

38<br />

El foro debe estar presidido por la Comisión e integrado<br />

por las autoridades tributarias de los Estados<br />

miembros y por organizaciones que<br />

representen a las empresas o a los profesionales<br />

del sector fiscal.<br />

Sus funciones serán las siguientes:<br />

a) crear una plataforma en la que los expertos<br />

de las empresas y de las autoridades tributarias<br />

nacionales puedan discutir de modo<br />

informal los problemas a los que, en un contexto<br />

transfronterizo, se estén enfrentando<br />

actualmente ambas partes en el ámbito<br />

de la gestión del IVA;<br />

b) debatir las ideas prácticas apuntadas por<br />

las autoridades tributarias y por los expertos<br />

de las empresas y reflexionar sobre las posibles<br />

formas de gestionar con más eficacia,<br />

en interés de ambas partes, el sistema actual<br />

del IVA —incluida la lucha contra el<br />

fraude— a fin de lograr un mejor funcionamiento<br />

de dicho sistema;<br />

c) ayudar a la Comisión a promover aquellas<br />

buenas prácticas, incluido el uso de las tecnologías<br />

de la información, que puedan<br />

conducir a un sistema del IVA más eficiente,<br />

seguro, equitativo y rentable en interés<br />

de ambas partes;<br />

d) colaborar, en caso necesario, con otros organismos<br />

o comités que tengan competencias<br />

en el ámbito del IVA y de la<br />

cooperación administrativa fiscal.<br />

En cuanto a su funcionamiento, el Foro estará<br />

compuesto por un máximo de 45 miembros: un<br />

representante de cada uno de los Estados miembros<br />

y los delegados de un máximo de 15 organizaciones<br />

que representen al sector empresarial y<br />

http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C<br />

:2012:198:0004:0006:ES:PDF<br />

4.2 Consulta pública sobre tipos reducidos de IVA<br />

y eficiencia del sistema<br />

La Comisión Europea ha abierto una consulta pública<br />

sobre la legislación existente sobre los tipos<br />

reducidos del IVA con la finalidad de recabar<br />

datos e información de los interesados para ayudar<br />

a la Comisión a desarrollar su planteamiento<br />

en este ámbito.<br />

En diciembre de 2011, la Comisión adoptó una<br />

Comunicación sobre el futuro del IVA, en la que<br />

exponía las principales características que debe<br />

reunir el nuevo régimen del IVA, así como las actuaciones<br />

prioritarias necesarias para crear un sistema<br />

más simple, eficiente y sólido en la UE.<br />

Una de las actuaciones prioritarias identificadas<br />

es una revisión de la actual estructura de tipos del<br />

IVA, basada en una evaluación de impacto que<br />

abarque todos los aspectos y en los siguientes<br />

principios rectores:<br />

• Supresión de los tipos reducidos que supongan<br />

un obstáculo para el correcto funcionamiento<br />

del mercado interior. Los tipos<br />

reducidos que en el pasado estaban justificados<br />

pueden provocar hoy falseamientos<br />

debido a los cambios que entre tanto se<br />

han producido en el entorno económico,<br />

empresarial y jurídico.<br />

• Supresión de los tipos reducidos aplicados a<br />

bienes y servicios cuyo consumo desalienten<br />

otras políticas de la UE. Este podría ser el<br />

caso, en especial, de los bienes y servicios<br />

perjudiciales para el medio ambiente, la<br />

salud y el bienestar.<br />

GACETA TRIBUTARIA DEL PAÍS VASCO

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