Completo - Ekonomia eta Ogasun Saila
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ACTUALIDAD FISCAL<br />
las posiciones seguían sin cambios y que no era<br />
posible avanzar en esta fase.<br />
Finalmente, en el ECOFIN de 4 de diciembre, los<br />
Ministros aprobaron un informe 7 sobre el estado<br />
de los temas legislativos fiscales para presentarlo<br />
en el Consejo Europeo de 13 y 14 de diciembre.<br />
Entre los temas, se trata la reforma de la Directiva<br />
sobre la fiscalidad del ahorro.<br />
2.2 Obstáculos transfronterizos derivados de los<br />
impuestos sobre sucesiones en la UE<br />
La Comisión presentó, el 15 de diciembre de<br />
2011, una Comunicación 8 , una Recomendación 9<br />
y un documento de trabajo 10 sobre los problemas<br />
relacionados con el impuesto sobre sucesiones<br />
transfronterizas en la UE.<br />
La Comisión no propone ninguna armonización<br />
de las normas relativas al impuesto sobre sucesiones<br />
de los Estados miembros. En su lugar, recomienda<br />
una aplicación más amplia y flexible de<br />
las disposiciones nacionales en materia de supresión<br />
de la doble imposición, de manera que faciliten<br />
una solución práctica, ágil y rentable a las<br />
considerables cargas fiscales que soportan muchos<br />
ciudadanos. Asimismo, la Recomendación<br />
sugiere la manera en que los Estados miembros<br />
podrían mejorar las disposiciones nacionales vigentes<br />
para velar por que la supresión de la<br />
doble imposición sea la adecuada y formula soluciones<br />
en los casos en que son varios los Estados<br />
miembros que tienen potestad tributaria. La Comisión<br />
insta a los Estados miembros a que incorporen<br />
las soluciones apropiadas a su Derecho<br />
nacional o sus prácticas administrativas.<br />
34<br />
La Comunicación señala los dos problemas principales<br />
en relación con el impuesto sobre sucesiones<br />
transfronterizas: la doble imposición o<br />
múltiple, y la discriminación. El primer caso de<br />
produce cuando más de un Estado miembro reclama<br />
el derecho a gravar una misma herencia.<br />
La divergencia de las normas nacionales, la escasez<br />
de acuerdos bilaterales en materia de impuestos<br />
sobre sucesiones y la inadecuación de<br />
las disposiciones nacionales de supresión de la<br />
doble imposición pueden tener como resultado<br />
el doble o múltiple gravamen de una misma herencia<br />
en detrimento del ciudadano. Los Estados<br />
miembros son libres de aplicar sus normas nacionales<br />
sobre sucesiones como crean oportuno,<br />
siempre que se ajusten a las normas de la UE en<br />
materia de no discriminación y libre circulación.<br />
7<br />
http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/d<br />
ocs/pressdata/en/ecofin/134037.pdf<br />
8<br />
COM (211) 864 de 15.12.2011<br />
http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2011:<br />
0864:FIN:ES:PDF<br />
http://ec.europa.eu/taxation_customs/taxation/personal_tax/inheritance/index_en.htm<br />
9<br />
http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/taxation/personal_tax/inheritance/c_2011_88<br />
19_en.pdf<br />
10<br />
http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/taxation/personal_tax/inheritance/working_p<br />
aper_en.pdf<br />
El segundo problema es la discriminación. Algunos<br />
Estados miembros aplican un tipo más elevado si<br />
los activos, la persona fallecida y/o el legatario se<br />
encuentran fuera de su territorio. El Derecho de la<br />
UE es claro a este respecto: los Estados miembros<br />
están obligados a resp<strong>eta</strong>r los principios básicos<br />
de no discriminación y libre circulación establecidos<br />
en los Tratados. El documento de trabajo<br />
sienta los principios de una fiscalidad sobre sucesiones<br />
y donaciones no discriminatoria con ejemplos<br />
ilustrativos basados en la jurisprudencia.<br />
La Comisión entablará debates con los Estados<br />
miembros para velar por el correcto seguimiento<br />
de la Recomendación. En un plazo de tres años,<br />
la Comisión presentará un informe de evaluación<br />
en que se explicará la evolución de la situación<br />
y se decidirá sobre esa base si resultan necesarias<br />
nuevas medidas a escala nacional o de la UE.<br />
El Comité Económico y Social Europeo (CESE)<br />
emitió su Dictamen 11 en septiembre sobre la Comunicación.<br />
El CESE valora positivamente la Comunicación,<br />
sin embargo considera que la<br />
Comisión puede ser más eficaz a la hora de alcanzar<br />
los objetivos finales de esta acción, si ésta:<br />
11<br />
http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2012:<br />
351:0042:0044:ES:PDF<br />
GACETA TRIBUTARIA DEL PAÍS VASCO