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Completo - Ekonomia eta Ogasun Saila

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ACTUALIDAD FISCAL<br />

20<br />

dos en el artículo 11, en base a los cuales los municipios<br />

podrán incrementar las cuotas fijadas en<br />

las tarifas del Impuesto.<br />

Asimismo, se modifica el artículo 15 del Decreto<br />

Foral Normativo 1/1993 con el propósito de declarar<br />

de forma expresa la competencia de los<br />

Ayuntamientos para la calificación de las actividades<br />

y el señalamiento de cuotas resultantes de<br />

actuaciones de comprobación efectuadas por<br />

los mismos, y por último, se introduce una corrección<br />

técnica en el cuadro I de la letra d) del elemento<br />

tributario “F) Superficie de los locales” del<br />

apartado 1 de la regla 14ª de su Anexo II.<br />

NORMA FORAL 5/2012, de 28 de setiembre, sobre<br />

modificación de la Norma Foral 14/1989, de 5 de<br />

julio, del Impuesto Sobre Vehículos de Tracción<br />

Mecánica.Gipuzkoa.<br />

En el ámbito normativo foral, la Norma Foral<br />

14/1989, del impuesto sobre vehículos de tracción<br />

mecánica permite que los municipios opten<br />

en sus correspondientes ordenanzas por diferentes<br />

bonificaciones en función de las características<br />

de los diferentes vehículos y su incidencia en<br />

el medio ambiente y en los elementos que componen<br />

la biosfera.<br />

Siendo en la actualidad la citada bonificación<br />

de hasta el 75% resulta del todo pertinente que<br />

la misma pueda ser de hasta el 95% en el caso de<br />

los vehículos de motor eléctrico, a la vista de las<br />

mejoras que los mismos generan en el impacto<br />

ambiental general derivado del transporte, junto<br />

a la activación de sectores tecnológicos innovadores<br />

que vienen trabajando con éxito en este<br />

tipo de tecnologías sostenibles.<br />

La propuesta se sustenta en una política activa<br />

de fomento de los medios de transporte menos<br />

contaminantes en el contexto de una lucha institucional<br />

contra el fenómeno del cambio climático,<br />

así como en una medida de fomento y<br />

apoyo positivo a la innovación aplicada a las<br />

tecnologías de transporte sostenible en nuestro<br />

contexto más cercano.<br />

DECRETO FORAL-NORMA 4/2012, de 28 de agosto,<br />

por el que se modifican el Impuesto sobre el<br />

Valor Añadido y el Impuesto Especial sobre las<br />

Labores del Tabaco, RESOLUCIÓN de 19 de setiembre<br />

de 2012, de la Presidencia de las Juntas<br />

Generales de Gipuzkoa, por la que se ordena la<br />

publicación del acuerdo de derogación del Decreto<br />

Foral-Norma 4/2012, de 28 de agosto, por<br />

el que se modifican el Impuesto Sobre el Valor<br />

Añadido y el Impuesto Especial Sobre las Labores<br />

del Tabaco y ORDEN FORAL 886/2012, de 3 octubre,<br />

interpr<strong>eta</strong>tiva y aclaratoria de la normativa<br />

relativa al Impuesto sobre el Valor<br />

El Decreto Foral Norma 4/2012, de 28 de agosto,<br />

fue aprobado en Consejo de Diputados, al objeto<br />

de adaptar la normativa guipuzcoana, a las modificaciones<br />

introducidas por el Real Decreto-ley<br />

20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar<br />

la estabilidad presupuestaria y de fomento de<br />

la competitividad, que entre otros asuntos regulaba<br />

la elevación, desde el 1 de septiembre de<br />

2012, tanto del tipo impositivo general del IVA,<br />

que pasaba del 18% al 21%, como del tipo impositivo<br />

reducido, que pasaba de un 8% al 10%.<br />

No obstante lo anterior, las Juntas Generales de<br />

Gipuzkoa no lo convalidaron y por RESOLUCIÓN<br />

de 19 de setiembre de 2012, ordenaron la publicación<br />

del acuerdo de derogación del Decreto<br />

Foral-Norma 4/2012, de 28 de agosto.<br />

Al objeto de aclarar la normativa aplicable en el<br />

Territorio Histórico de Gipuzkoa a partir de la publicación<br />

en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa de<br />

la resolución de la Presidencia de las Juntas Generales<br />

de derogación del Decreto Foral Norma<br />

4/2012, con fecha 5 de octubre de 2012 se publicó<br />

en el Boletín Oficial de Gipuzkoa la Orden<br />

Foral 886/2012, de 3 e octubre, interpr<strong>eta</strong>tiva y<br />

aclaratoria de la normativa relativa al Impuesto<br />

sobre el Valor Añadido.<br />

DECRETO FORAL 35/2012, de 28 de agosto, por el<br />

que se modifica el Reglamento del Impuesto<br />

sobre la Renta de las Personas Físicas.<br />

Mediante la Norma Foral 5/2011, de 26 de diciembre,<br />

de modificación del Impuesto sobre la<br />

GACETA TRIBUTARIA DEL PAÍS VASCO

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